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Guías paso a paso

Voto correo de enfermos e incapacitados

Las personas enfermas o incapacitadas pueden solicitar el voto por correo por medio de una persona autorizada notarial o consularmente. El documento notarial sólo puede incluir una persona representada y una persona representante.
En esta presentación le mostramos

  1. ¿Cómo se solicita el voto?
  2. ¿Qué documentación recibirá?
  3. ¿Cómo se vota?

¿Cómo solicitar el voto?

  1. Una persona por usted autorizada deberá presentar en una notaría:
    • Original del DNI de la persona imposibilitada.
    • Certificado médico que acredite la imposibilidad de acudir personalmente a la oficina de correos.
    • Original del DNI de la persona representante.
    • Impreso de solicitud de voto por correo rellenado con los datos de la persona imposibilitada, de su representante, y firmado por este último. Indicar como domicilio de entrega de documentación la dirección de la persona por usted autorizada.
    • La notaría realizará una visita a la persona imposibilitada para certificar la situación y extender el poder notarial a favor de quien le representa.

    El impreso de solicitud de voto por correo deberá solicitarlo la persona representante previamente en una Oficina de Correos.

  2. La persona por usted autorizada deberá entregar en una oficina de correos:
    • La solicitud del voto por correo.
    • El certificado médico.
    • El poder notarial.
    • La citada persona deberá presentar el original de su DNI.
  3. El plazo para solicitar el voto por correo es del 28 de agosto al 11 de octubre, ambos inclusive.
  • La persona representante debe presentar el original de su DNI ante el funcionario de Correos.

¿Qué documentación recibirá?

Antes del 15 de octubre la Oficina del Censo le enviará a su domicilio:

  • Una hoja de instrucciones.
  • Un certificado de inscripción en el censo.
  • Un sobre dirigido a la Mesa electoral donde le corresponde votar.
  • Un sobre de votación.
  • Una papeleta de cada candidatura proclamada.

¿Cómo se vota?

  • Introduzca la papeleta seleccionada en el sobre de votación y cierre el sobre.
  • Introduzca el sobre de votación y el certificado de inscripción censal en el sobre dirigido a la Mesa electoral.
  • Remita dicho sobre por correo certificado gratuito antes del 18 de octubre.

Para realizar el envío certificado puede acudir cualquier persona en su nombre a la Oficina de Correos.

 

Dirección de Régimen Jurídico, Servicios y Procesos Electorales Última actualización 26/12/2013
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