¿A qué hora se debe acudir al Colegio electoral para constituir la Mesa?
a. A las 7:30. b. A las 8.00. c. A las 8:30. La Mesa electoral estará compuesta por:
a. El titular de la presidencia, dos vocalías y los suplentes respectivos. b. El titular de la presidencia y una vocalía. c. El titular de la presidencia y dos vocalías. ¿En qué estado deberá estar la urna para la votación?
a. Precintada a fin de impedir su apertura. b. Abierta para que los electores o electoras puedan introducir su papeleta. c. Cerrada pero sin necesidad de estar precintada. ¿Qué se indica en el Acta de la Constitución de la Mesa?
a. Las personas que conforman definitivamente la Mesa así como los Interventores e Interventoras acreditadas. b. Las personas que pasan por el Colegio Electoral. c. Todas las personas que van a votar y que quieran apuntarse en el Acta. Si faltan papeletas de alguna candidatura o hay un número inferior de éstas respecto del resto ¿qué tiene que hacer la Mesa?
a. La Presidencia lo comunicará inmediatamente a la Ertzaintza correspondiente para su reposición. b. La Presidencia solicitará a los Interventores e Interventoras de las candidaturas que las repongan. c. No hará nada. Si una Interventora o Interventor se presenta en la Mesa después de las 8:30 de la mañana ¿cómo actúa la Mesa?
a. Le acepta como Interventor o Interventora y le permite votar en la Mesa. b. Le acepta como Interventor o Interventora y no le permite votar en la Mesa. c. No le acepta como Interventor o Interventora y le permite votar en la Mesa, siempre que sea elector/a en la circunscripción a la que pertenece la Mesa en la que ejerce sus funciones. Si un Interventor o Interventora se presenta en la Mesa sin su credencial y la Mesa ha recibido la copia de su nombramiento ¿cómo deberá actuar la Mesa?
a. Le acepta como Interventor o Interventora y le permite votar en la Mesa, siempre que sea elector/a en la circunscripción a la que pertenece la Mesa en la que ejerce sus funciones. b. No le acepta como Interventor o Interventora y le permite votar en la Mesa. c. No le acepta como Interventor o Interventora y no le permite votar en la Mesa. ¿Qué hará la Mesa si se presenta un Interventor o Interventora con su credencial de nombramiento pero la Presidencia de la Mesa no ha recibido la copia de su nombramiento?
a. No le acepta como Interventor o Interventora y le permite votar en la Mesa, siempre que sea elector/a en la circunscripción a la que pertenece la Mesa en la que ejerce sus funciones. b. Le acepta como Interventor o Interventora y no le permite votar en la Mesa. c. Le acepta como Interventor o Interventora y le permite votar en la Mesa. ¿Cuántas Interventoras o Interventores por cada candidatura pueden estar acreditados en una Mesa electoral?
a. Uno. b. Dos. c. Las personas que designe la candidatura. Los cargos de Presidencia, Vocalías y sus respectivos suplentes ¿qué carácter tienen?
a. Es un cargo voluntario. b. Es un cargo obligatorio, ya que si no comparecen para constituir la Mesa sin causa justificada, pueden ser castigados por la comisión de un delito electoral. c. Es un cargo obligatorio pero el que no puede acudir a la Mesa puede delegar en otra persona. ¿Los componentes de la Mesa tienen derecho a percibir algún tipo de dieta?
a. No, sólo se les provee de la comida. b. Sí, a una dieta de 75 € que está exenta del IRPF. c. Sí, a una dieta de 30 € que no está exenta del IRPF. Los miembros de la Mesa y los suplentes que acudan a las 8 h. de la mañana el día de la votación para constituir la Mesa ¿qué derechos tienen en caso de accidente?
a. Ninguno. Si tuvieran un accidente éste será cubierto por la Seguridad Social o por su seguro particular. b. Están cubiertos frente a cualquier accidente por un seguro del Gobierno Vasco. c. Están protegidos por el sistema de la Seguridad Social. Dichas personas tendrán durante la jornada de votación los mismos derechos que los trabajadores por cuenta ajena en el caso de que tengan un accidente laboral.