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Planning y calendario Electoral



11.b.- Voto por correo del electorado residente temporalmente en el extranjero (que figure en el Censo Electoral de Residentes en territorio nacional) (1)

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  • Inscribirse en el Registro de Matrícula Consular como "no residente"
    • Base Legal

    • 75.6 LOREG RD 1621/2007
    • Calendario

    • Del 29 de marzo al 23 de abril 2011
    • Comentarios

    • El electorado que se encuentre temporalmente fuera del territorio nacional una vez convocadas las elecciones Locales y a Juntas Generales de 2011 y que prevean permanecer en esta situación hasta el día de la votación (22 de mayo), antes de solicitar este voto por correo, o en el momento de presentar dicha solicitud deberá inscribirse como "no residentes" en el Registro de Matrícula Consular de la Embajada o Consulado donde residan temporalmente. Para efectuar esta inscripción es necesario acudir al Consulado con el DNI o pasaporte.

     

  • Solicitud del voto por correo
    • Base Legal

    • 75.6 LOREG RD 1621/2007
    • Calendario

    • Del 29 de marzo al 23 de abril 2011
    • Comentarios

    • Para obtener el impreso de solicitud dirigirse a la Embajada o Consulado más cercana de su domicilio o descargarlo de la web www.maec.es en el apartado de participación electoral de los españoles en el extranjero. Una vez rellenado el citado impreso se entregará personalmente en el Consulado correspondiente.

     

  • Remisión por DPOCE a residentes temporalmente en el extranjero de la documentación para el voto por correo
    • Base Legal

    • 75.6 LOREG RD 1621/2007
    • Calendario

    • Del 26 de abril al 2 de mayo 2011 (2)

     

  • Envío residentes temporalmente en el extranjero a Mesa voto por correo
    • Base Legal

    • 75.6 LOREG RD 1621/2007
    • Calendario

    • Del 26 de abril al 18 de mayo 2011

(1) En las elecciones Municipales y a Juntas Generales es necesario recordar que quienes figuran en el censo electoral de residentes ausentes en el extranjero no podrán votar en dichas elecciones (art. 2.3 LOREG).

(2) Si hubiera impugnación por anular candidaturas el plazo se puede ampliar hasta el 10 de mayo 2011

Abrevituras

BOE = Boletín Oficial del Estado

BOB = Boletín Oficial de Bizkaia

BOG = Boletín Oficial de Gipuzkoa

BOTH = Boletín Oficial de Territorio Histórico

BOTHA = Boletín Oficial de Álava

CER = Censo Electoral de Residentes en España

CERE = Censo Electoral de Residentes Extranjeros (Paises de la Unión Europea, Noruega, Ecuador, Paraguay, Chile, Perú, Colombia y Nueva Zelanda)

DPOCE = Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral

JEC = Junta Electoral Central

JEP = Junta Electoral Provincial

JETH = Junta Electoral de Territorio Histórico

JEZ = Junta Electoral de Zona

JJGG = Juntas Generales

LEY 1/1987 = Ley de elecciones a Juntas Generales

ORDEN EHA = Orden del Ministerio de Economía y Hacienda.

LOREG = Ley Orgánica del Régimen Electoral General

RD = Real Decreto

TC = Tribunal Constitucional

TS = Tribunal Supremo

Dirección de Régimen Jurídico, Servicios y Procesos Electorales
Ultima actualización 07/11/2012
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