Voto por correo residentes permanentemente en el extranjero (VCERA)
¿Quién puede votar desde el extranjero?
En las Elecciones Generales pueden votar desde el extranjero los ciudadanos y ciudadanas nacidas en cualquier Municipio del País Vasco y sus descendientes que, poseyendo la nacionalidad española y siendo mayores de edad residan permanentemente en el extranjero y soliciten personalmente votar mediante esta modalidad, ya que este voto es rogado.
¿Qué se hace para votar desde el extranjero?
Solicitar el voto:
Rellenar el impreso oficial de solicitud del voto. Este impreso dirigido a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral (DPOCE) se puede obtener:
En el Consulado de su ciudad a partir del 27 de octubre de 2015.
En la web del Ministerio del Interior o en la del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación (www.maec.es) a partir del 27 de octubre de 2015.
Cuando la DPOCE lo remita a su domicilio en el extranjero antes del 22 de noviembre de 2015.
Envío de la solicitud
Una vez cumplimentado dicho impreso se adjuntará al mismo, fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o Pasaporte español o, en su defecto, Certificación de nacionalidad o de inscripción como residente en el Registro de Matrícula Consular expedidos por el Consulado de España en su país. Dicha solicitud se enviará a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral por fax, por correo o vía internet (sede.ine.gob.es) entre el día 27 de octubre y el 21 de noviembre de 2015 (según la Resolución de 9 de marzo de 2015 de la OCE, por la que se establece el procedimiento para solicitar el voto de los electores residentes-ausentes en el extranjero, publicada en BOE nº 63 de 14 de marzo).
Remisión de la documentación
Recibida la citada solicitud en la DPOCE, ésta le remitirá por correo certificado, antes del 1 de diciembre de 2015 (en aquellos Territorios Históricos donde se hubiera impugnado alguna candidatura se hará antes del 9 de diciembre de 2015) a la dirección de la ciudad que figure en el Censo Electoral de Residentes Ausentes en el Extranjero:
las papeletas y 2 sobres de votación para las Elecciones al Congreso de Diputados y para el Senado
2 certificados idénticos de inscripción del electorado en el CERA
un sobre con la dirección de la Junta Electoral Provincial (JEP) competente
un sobre con la dirección de la Oficina Consular (OC) para enviar el voto por correo al Consulado
un impreso para la devolución de los gastos postales del envío del voto por correo al Consulado.
Entrega del voto
El electorado del Censo Electoral de Residentes Ausentes en el Extranjero (CERA) puede optar por dos vías:
1ª vía: Por correo. En este caso deberá incluir, en el sobre dirigido a la Junta Electoral Provincial:
El sobre de votación cerrado con la papeleta seleccionada.
Fotocopia del pasaporte o del DNI expedidos por las autoridades españolas o, en su defecto, certificación de nacionalidad o certificación de inscripción en el registro de Matrícula Consular expedidas por el Consulado de España en el país de residencia, el primer certificado de su inscripción en el censo y, si así lo desea, el impreso rellenado para la devolución de los gastos de franqueo.
Este sobre junto con el segundo certificado de su inscripción en el censo se introducirán en otro que va dirigido a la Oficina Consular de Carrera o Sección Consular de la Misión Diplomática a la que el elector o electora esté adscrita, y se enviará por correo certificado antes del 16 de diciembre de 2015.
2ª vía: Depositando el voto en la urna habilitada en la Oficina Consular, entre el 16 y el 18 de diciembre de 2015, ambos inclusive, plazo ampliado a los días 19 y 20 de diciembre hasta las 20 horas (Acuerdo JEC 18-12-2015). La electora o elector para depositar personalmente en la urna el sobre dirigido a la JEP en aquellas Oficinas o Secciones Consulares en las que estén inscritos o en los lugares que a tal efecto se habiliten para ello, deberá exhibir y entregar uno de los certificados de inscripción en el CERA que previamente ha recibido. Además deberá acreditar su identidad ante el personal funcionario consular mediante:
el pasaporte o
el DNI o
la certificación de nacionalidad o de inscripción en el Registro de Matrícula Consular.
Traslado de los votos al Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación
Finalizado el plazo para el depósito del voto en la urna, el persona funcionario del consulado expedirá un acta que deberá remitir a la Oficina que a estos efectos se constituya en el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación y que contendrá el nº de certificaciones de inscripción en el censo recibidas así como el nº de sobres recibidos por correo y, en su caso, las incidencias que hubieran podido producirse.
El día de reflexión (19 de diciembre de 2015) todos los votos recibidos por correo o depositados en la urna del Consulado y la citada acta Consular deberán ser remitidos mediante envío electoral a la citada Oficina del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación que procederá a su envío urgente a las JEPs para su escrutinio antes del 23 de diciembre de 2015.
¿Cuáles son los plazos más importantes de este tipo de voto?
Solicitar el voto (del 27 octubre al 21 noviembre 2015).
Remisión al elector/a de la documentación para votar (del 24 al 30 noviembre 2015).
Dos opciones para enviar el voto:
Por correo al Consulado de España en el país en el que resida (del 25 noviembre al 15 diciembre 2015.
Votando personalmente y de forma anticipada en la Oficina Consular más próxima a su domicilio (entre el 16 y el 18 diciembre 2015), plazo ampliado a los días 19 y 20 de diciembre hasta las 20 horas (Acuerdo JEC 18-12-2015).
En el Congreso de Diputados la ley electoral fija una barrera electoral a partir de la cual las candidaturas pueden acceder al reparto de los escaños. La barrera es del 3% de los votos válidos emitidos en cada circunscripción = votos a candidaturas + votos en blanco. Sin embargo, en las elecciones al Senado la normativa legal no establece barrera alguna, ya que en el Senado se eligen a candidatos o candidatas (un máximo de 3 candidatos/as en cada provincia) y no a listas cerradas y bloqueadas de candidaturas.
Para constituir Grupo Parlamentario en el Congreso es necesario tener 15 Diputados o bien tener 5 y haber obtenido el 15% de los votos en las circunscripciones en las que se haya presentado candidatura.
El sistema electoral para distribuir los escaños en las Elecciones al Congreso de Diputados y al Senado es diferente. Los Diputados se distribuyen en proporción a los votos conseguidos por cada candidatura aplicando el sistema proporcional D’Hondt y para los Senadores el sistema es el mayoritario: son elegidos/as quienes obtengan mayor número de votos hasta completar el número de Senadores/as de cada circunscripción.
Laasignación del número de Diputados al Congreso en las elecciones de 2015 no ha sufrido alteración en Álava desde las primeras elecciones de 1977. Sin embargo, en Bizkaia se asignaron 10 Diputados en las cuatro primeras Elecciones Generales de 1977, 1979, 1982 y 1986, también se eligieron 9 Diputados en las cinco Elecciones Generales de 1989, 1993, 1996, 2000 y 2004 y 8 Diputados en las últimas tres Elecciones Generales 2008, 2011 y 2015. En Gipuzkoa se asignaron siete Diputados en las primeras cinco Elecciones Generales, 1977, 1979, 1982, 1986 y 1989, y seis Diputados en las siete últimas Elecciones Generales 1993, 1996, 2000, 2004, 2008, 2011 y 2015.
En Irlanda existe un Senado, que no tiene la función de representar a los territorios y que no es elegido por sufragio universal sino entre los diferentes sectores económicos y académicos. El Gobierno propuso su abolición mediante referéndum el año 2013, pero el 51,7% de los electores/as rechazaron tal medida.
En las Elecciones Generales de 2015, solo pueden votar y ser elegidos/as las personas inscritas en el censo electoral vigente que tengan la nacionalidad española y la mayoría de edad. No pueden votar ni ser elegidos/as las personas extranjeras mayores de edad con residencia en España miembros de alguno de los 27 Estados de la Unión Europea o de Países Extracomunitarios con acuerdos internacionales de reciprocidad con España, para votar Elecciones Municipales.
Al conjunto del Congreso de los Diputados y el Senado se le denomina Cortes Generales. Este es un nombre tradicional en España en cuanto que las asambleas medievales de diversos Reinos peninsulares se denominaban Cortes. Y éste es también el nombre que se mantuvo en la mayoría de las constituciones del siglo XIX y el que han adoptado diversos Parlamentos Autonómicos. Este es el caso de Aragón, Castilla y León, Castilla-La Mancha y Valencia.
A diferencia de las pasadas Elecciones Municipales y a Juntas Generales 2015 en las que solo se exigía la recogida de firmas a las agrupaciones de electores/as que quisieran concurrir en dichos comicios, en las Elecciones Generales de 2015 (que necesitan el 1% de firmas del electorado de la circunscripción en la que se presentan). También se exige la recogida del 0,1% de del electorado de cada circunscripción a aquellas candidaturas que no concurrieron a las Elecciones Generales de 2011 o que habiendo concurrido no obtuvieron escaño.
Elcenso electoral vigente en las Elecciones Generales 2015 será el cerrado el día primero del segundo mes anterior a la convocatoria electoral, es decir, a 01-08-2015. Sin embargo, en las siete Elecciones Generales celebradas de 1986 a 2008 el censo vigente era el cerrado el día primero del primer mes anterior a la convocatoria.
LaConstitución de la Segunda República de 1931 establecía un poder legislativo constituido por una sola Cámara. Esto supone una importante novedad en el constitucionalismo español en cuanto que en la mayoría de las constituciones que han estado en vigor se prevé la existencia de una segunda Cámara, normalmente denominada Senado.
En lasElecciones Generales del 2015 la candidatura, que con arreglo a la legislación vigente tenga derecho a percibir la subvención por mailing electoral, tendrá una reducción de un 20 % en la subvención por el envío directo de propaganda a los electores y electoras. Esto supone pasar de los 0,22 euros por elector/a de las Elecciones Generales de 2011 a 0,18 euros en las de 2015.
En laselecciones que se celebraron en 2011 al Congreso de Diputados se presentaron 10 candidaturas en Álava y Gipuzkoa y 11 en Bizkaia. Sin embargo, en las de 2008 fue notablemente superior el número de candidaturas presentadas: 20 en Álava, 19 en Gipuzkoa y 21 en Bizkaia.
En las Elecciones al Senado de 2015 se elegirán 208 Senadores: 4 Senadores por cada provincia, 16 en las circunscripciones insulares y 4 en Ceuta y Melilla. Sin embargo, a ese número hay que sumar los Senadores/as autonómicos designados por las Asambleas Legislativas de las 17 Comunidades Autónomas, en las que al comienzo de cada legislatura de sus Parlamentos, se designa un Senador/a por Comunidad Autónoma y otro/a más por cada millón de habitantes. En concreto, en el País Vasco, se eligen 12 Senadores/as en las Elecciones Generales de 2015 más 3 Senadores/as autonómicos.
En las Elecciones Generales las personas con discapacidad visual usuarias del sistema Braille podrán votar en su Mesa Electoral de forma personal y accesible mediante este sistema. Sin embargo, en las Elecciones Municipales y a Juntas Generales del 24 de mayo las personas ciegas no pudieron utilizar el sistema Braille y solo pudieron votar o por correo o de forma presencial en su Mesa electoral ayudados por una persona de su confianza.
El 15 de junio de 1977, tuvieron lugar las primeras elecciones a Cortes Generales desde el fin de la dictadura. En ellas se eligieron 350 Diputados/as y 207 Senadores. Además, 41 Senadores/as más fueron designados directamente por el Rey.
Las candidaturas que se presentan a las Elecciones al Congreso de Diputados deberán tener una composición equilibrada de hombre y mujeres, de forma que en el conjunto de la lista cada uno de los sexos suponga como mínimo el 40 %. Las candidaturas que concurran en las elecciones al Senado y que se agrupen en listas deberán tener una composición de forma que la proporción de unas y otros sea lo más cercana al equilibrio numérico. No obstante, en las elecciones al Parlamento Vasco celebradas desde el año 2005 la paridad en la composición de las listas de candidaturas ha sido más ambiciosa, ya que estarán integradas al menos con un 50 % de mujeres, manteniendo esta proporción en cada tramo de seis nombres.
En las Elecciones Generales de los años 2011 y 2015 el voto de los residentes que viven permanentemente en el extranjero es rogado: para poder votar en esta modalidad el elector/a debe solicitar votar desde el extranjero. Sin embargo, en las 7 Elecciones Generales celebradas de 1986 a 2008 este tipo de voto no era rogado y el electorado recibía en su domicilio en el extranjero la documentación para votar sin solicitarla previamente, solo por el hecho de estar inscrito/a en el censo de residentes ausentes en el extranjero.
En las elecciones legislativas francesas, se eligen 577 diputados a la Asamblea Nacional en circunscripciones uninominales. Iparralde tiene dos circunscripciones y otra más que comparte con el Bearn.
En las primeras Elecciones Generales después de la dictadura (1977, 1979 y 1982), no podía votar por correo el electorado que residía temporalmente en el extranjero y el personal embarcado. Tampoco podían votar en Braille las personas con discapacidad visual.
En las primeras Elecciones Generales tras el franquismo (1977), los trámites del voto por correo de los residentes en España eran muy diferentes a los de hoy día, ya que el voto por correo se solicitaba ante las Juntas Electorales de Zona que a su vez eran las competentes para expedir el certificado de inscripción en el censo una vez comprobado que el solicitante figuraba en el mismo. También las Juntas Electorales de Zona eran las encargadas de remitir al domicilio del solicitante toda la documentación para votar por correo.
Las elecciones al Congreso de los Diputados en las que la participación más alta en el País Vasco han sido las de 1982 en las que votó el 79,37%. Las de menor participación, las del año 2000 en las que fue del 63,84%.
Política de cookies
Este sitio web utiliza cookies para hacer el seguimiento de los visitantes en la web, para mejorar el rendimiento y la experiencia como usuario. Al usar este sitio web, usted acepta que podamos almacenar Política de Cookies en su dispositivo