Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca

Publicidad y comunicación

Obligaciones de las personas beneficiarias

Las personas beneficiarias de las intervenciones financiadas por el FEADER distintas de las relacionadas con superficies y animales deberán dar a conocer la ayuda del PEPAC:

a) en el sitio web oficial de la persona beneficiaria, cuando dicho sitio web exista, y en sus cuentas oficiales en las redes sociales harán una breve descripción de la operación, de manera proporcionada al nivel de la ayuda, indicarán sus objetivos y resultados, y destacarán la ayuda financiera de la Unión Europea.

b) facilitarán una declaración que destaque la ayuda de la Unión Europea de manera visible en documentos y materiales de comunicación relacionados con la ejecución de la operación, destinados al público o a los participantes;

c) en el caso de operaciones consistentes en la financiación de infraestructuras o de actividades de construcción, cuyo gasto público total supere los 500.000 euros, exhibirán placas o vallas publicitarias resistentes en un lugar bien visible para el público, en las que se presente el emblema de la Unión Europea, de conformidad con las características técnicas que figuran en el anexo II de este decreto, tan pronto como comience la ejecución física de las operaciones o se instalen los equipos adquiridos;

d) en el caso de operaciones consistentes en inversiones en activos físicos no incluidos en la letra c) cuya ayuda pública total supere los 50.000 euros, colocarán una placa explicativa o una pantalla electrónica equivalente con información sobre el proyecto, que destaque la ayuda financiera de la Unión Europea.

e) en el caso de operaciones consistentes en apoyo a operaciones LEADER, servicios básicos e infraestructuras no incluidos en las letras c) y d) cuya ayuda pública total supere los 10.000 euros, exhibirán en un lugar bien visible para el público al menos un cartel de tamaño mínimo A3 o una pantalla electrónica equivalente con información sobre la operación que destaque la ayuda de la Unión Europea. También se colocará una placa explicativa en las instalaciones de los grupos de acción local financiados por LEADER.

f) en el caso de las ayudas concedidas en virtud de la intervención 7161 a los grupos operativos de la asociación europea para la innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas (en adelante, AEI), tales grupos deberán poner a disposición de la Autoridad de gestión y del público en general un resumen de sus planes y de los resultados de sus proyectos, a poder ser en sus sitios web, y en cualquier caso deberán presentar junto a la solicitud de ayuda el siguiente modelo cumplimentado ("common format"), siguiendo las indicaciones recogidas en esta guía, al objeto de que la Autoridad de gestión notifique en plazo a la Comisión Europea los proyectos de grupos operativos creados en Euskadi.

Fecha de última modificación: