Departamento de Justicia y Derechos Humanos

Documentación administrativa de personas trans

El Gobierno Vasco emite documentación administrativa acorde con su sexo sentido, a las personas transexuales que tengan residencia efectiva en la CAPV.

Una vez emitida, las administraciones públicas vascas quedarán obligadas a adoptar las medidas administrativas y de cualquier índole para garantizar que, en todos los casos y procedimientos en los que participen, las personas que cuenten con la documentación administrativa establecida en este decreto sean tratadas de acuerdo con su identidad de género libremente determinada.

La obtención de la documentación se notificará a las administraciones públicas vacas que se indiquen en la solicitud.

 

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Junto con la solicitud (PDF) debidamente cumplimentada se ha de presentar:

  1.  Documentación acreditativa de la identidad: documento Nacional de Identidad, pasaporte, permiso de conducir, tarjeta de identidad de extranjero o cualquier documento oficial expedido por autoridad competente de su país de origen que sirva a efectos de identificación, lo que se certificará en caso de duda por la autoridad consular correspondiente. En todo caso, el documento utilizado deberá contener fotografía y firma del otorgante.
  2. Una fotografía reciente en color del rostro de la persona solicitante.
  3. Certificado de empadronamiento del Ayuntamiento donde la persona solicitante tenga su domicilio, expedido con una antelación máxima de tres meses a la fecha de la solicitud de la documentación.
  4. En su caso, documentación acreditativa de la representación de la persona solicitante. En el caso de menores representados por sus padres o madres, se presentará el libro de familia o documento equivalente.

 Las solicitudes podrán presentarse en las oficinas del Servicio de Atención Ciudadana –Zuzenean– del Gobierno Vasco (https://www.euskadi.eus/zuzenean-atencion-presencial/web01-a2zuzen/es/ ), o ante los órganos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

NORMATIVA REGULADORA

Fecha de última modificación: