Dirección de Gabinete
- Titular: Nekane Zeberio Ganzarain
- Periodo del mandato: Legislatura XIII
- Entidades superiores: Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco > Lehendakaritza
ÁREAS / FUNCIONES
Artículo 8.– Funciones.
Corresponden a la Dirección de Gabinete, además de las funciones atribuidas en el artículo 7, las siguientes funciones:
- Prestar la asistencia y el asesoramiento necesario al Lehendakari para la ejecución de sus competencias y funciones en su ámbito de actuación.
- Asistir al Lehendakari en aquellos asuntos de Gobierno que exijan el conocimiento y la actuación del Lehendakari y recabar de los departamentos la información que se precise para ello.
- Dirigir y gestionar la agenda del Lehendakari y realizar el seguimiento del programa de trabajo del Lehendakari.
- Dirigir y coordinar la Secretaría del Lehendakari.
- Establecer los criterios generales, facilitar y promover las relaciones del Lehendakari con los agentes sociales, la ciudadanía y con las distintas Instituciones, llevar a cabo las acciones precisas para ello y realizar el seguimiento de las mismas.
- Dirigir y coordinar las relaciones públicas de Lehendakaritza.
- Dirigir, organizar y garantizar el adecuado desarrollo de los actos y eventos oficiales en los que participe el Lehendakari, en coordinación con la Secretaría General de Comunicación e Innovación Social.
- Coordinar a las personas titulares de los departamentos y sus respectivos gabinetes en aquellos aspectos relacionados con las relaciones institucionales, presencias públicas, etc.
- Establecer el protocolo en todos aquellos actos en los que participe el Lehendakari.
- Prestar la cobertura logística oportuna a los viajes del Lehendakari al exterior, en coordinación con la Secretaría General de Acción Exterior y Euskadi Global.
- Prestar la cobertura logística oportuna a los viajes de personalidades del exterior a Euskadi, en coordinación con la Secretaría General de Acción Exterior y Euskadi Global.
Artículo 7.– De las Direcciones.
Corresponden a cada una de las direcciones que conforman la estructura de Lehendakaritza, sin perjuicio de las áreas específicas detalladas en los siguientes capítulos del presente Decreto las siguientes funciones genéricas:
- Actuar como órganos de contratación en las materias propias de las áreas de actuación que tengan asignadas, cuando tengan el carácter de contratos menores conforme a la legislación vigente.
- Realizar las autorizaciones y aprobaciones de gastos precisas de los contratos tipificados como menores en la legislación vigente en los expedientes correspondientes a sus áreas de actuación.
- Realizar las autorizaciones y aprobaciones de gastos de importe igual o inferior a 15.000 euros, impuestos excluidos.
- Definir en el área de su competencia, en coordinación con la Secretaría General de Comunicación e Innovación Social, los objetivos establecidos en el Plan para la normalización del uso del euskera y desarrollar las iniciativas precisas para su implantación y evaluación.
- Definir en su ámbito los objetivos del Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de Lehendakaritza, así como promover, ejecutar y evaluar las acciones e iniciativas para alcanzar dichos objetivos, llevando a cabo una gestión integrada de las políticas en materia de igualdad de mujeres y hombres; todo ello, bajo la coordinación de la Unidad para la igualdad de la Dirección de Régimen Jurídico y en colaboración con Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.
CARGOS
Dirección de Gabinete
- Titular: Nekane Zeberio Ganzarain
- Periodo del mandato: Legislatura XIII
- Entidades superiores: Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco > Lehendakaritza
ÁREAS / FUNCIONES
Artículo 8.– Funciones.
Corresponden a la Dirección de Gabinete, además de las funciones atribuidas en el artículo 7, las siguientes funciones:
- Prestar la asistencia y el asesoramiento necesario al Lehendakari para la ejecución de sus competencias y funciones en su ámbito de actuación.
- Asistir al Lehendakari en aquellos asuntos de Gobierno que exijan el conocimiento y la actuación del Lehendakari y recabar de los departamentos la información que se precise para ello.
- Dirigir y gestionar la agenda del Lehendakari y realizar el seguimiento del programa de trabajo del Lehendakari.
- Dirigir y coordinar la Secretaría del Lehendakari.
- Establecer los criterios generales, facilitar y promover las relaciones del Lehendakari con los agentes sociales, la ciudadanía y con las distintas Instituciones, llevar a cabo las acciones precisas para ello y realizar el seguimiento de las mismas.
- Dirigir y coordinar las relaciones públicas de Lehendakaritza.
- Dirigir, organizar y garantizar el adecuado desarrollo de los actos y eventos oficiales en los que participe el Lehendakari, en coordinación con la Secretaría General de Comunicación e Innovación Social.
- Coordinar a las personas titulares de los departamentos y sus respectivos gabinetes en aquellos aspectos relacionados con las relaciones institucionales, presencias públicas, etc.
- Establecer el protocolo en todos aquellos actos en los que participe el Lehendakari.
- Prestar la cobertura logística oportuna a los viajes del Lehendakari al exterior, en coordinación con la Secretaría General de Acción Exterior y Euskadi Global.
- Prestar la cobertura logística oportuna a los viajes de personalidades del exterior a Euskadi, en coordinación con la Secretaría General de Acción Exterior y Euskadi Global.
Artículo 7.– De las Direcciones.
Corresponden a cada una de las direcciones que conforman la estructura de Lehendakaritza, sin perjuicio de las áreas específicas detalladas en los siguientes capítulos del presente Decreto las siguientes funciones genéricas:
- Actuar como órganos de contratación en las materias propias de las áreas de actuación que tengan asignadas, cuando tengan el carácter de contratos menores conforme a la legislación vigente.
- Realizar las autorizaciones y aprobaciones de gastos precisas de los contratos tipificados como menores en la legislación vigente en los expedientes correspondientes a sus áreas de actuación.
- Realizar las autorizaciones y aprobaciones de gastos de importe igual o inferior a 15.000 euros, impuestos excluidos.
- Definir en el área de su competencia, en coordinación con la Secretaría General de Comunicación e Innovación Social, los objetivos establecidos en el Plan para la normalización del uso del euskera y desarrollar las iniciativas precisas para su implantación y evaluación.
- Definir en su ámbito los objetivos del Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de Lehendakaritza, así como promover, ejecutar y evaluar las acciones e iniciativas para alcanzar dichos objetivos, llevando a cabo una gestión integrada de las políticas en materia de igualdad de mujeres y hombres; todo ello, bajo la coordinación de la Unidad para la igualdad de la Dirección de Régimen Jurídico y en colaboración con Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.