Dirección de Recursos Humanos

ÁREAS / FUNCIONES

Artículo 12.– Dirección de Recursos Humanos.

La Dirección de Recursos Humanos tiene encomendada la gestión del régimen estatutario del personal de la Ertzaintza y el desarrollo de las políticas de recursos humanos en la misma, así como la gestión del personal laboral de los servicios auxiliares de la Administración de Seguridad, salvo en lo referente al personal laboral de la Academia Vasca de Policía y Emergencias.

Con relación al personal de la Ertzaintza, le corresponde la dirección y administración de las políticas de recursos humanos y la gestión de su régimen estatutario, cuando no esté atribuido a otros, y, en particular:

  1. La relación con las organizaciones sindicales representativas del colectivo de la Ertzaintza y la negociación colectiva con las mismas.
  2. Elaborar la relación de puestos de trabajo y gestionar los procedimientos de provisión de puestos de trabajo. Igualmente, le corresponde convocar y resolver la concesión de comisiones de servicios por el sistema de concurso de méritos y su revocación, cuando tales facultades no correspondan a otros órganos.
  3. La previsión y control de los gastos del personal de la Ertzaintza en coordinación con la Dirección de Gestión Económica.
  4. Gestionar el Registro de Personal y certificar sobre las circunstancias laborales, situaciones y derechos reconocidos al personal de la Ertzaintza.
  5. Control de presencia y concesión de licencias y permisos que precisen resolución expresa.
  6. Resolver los expedientes de compatibilidad.
  7. Declarar las diferentes situaciones administrativas, el reingreso al servicio activo, la jubilación forzosa y voluntaria y por incapacidad.
  8. Gestionar y aplicar el régimen jurídico y retributivo y de las condiciones de empleo del personal de la Ertzaintza, incluyendo la concesión de préstamos y beneficios sociales, reconocimiento de trienios y servicios prestados, así como el estudio, informe, negociación y seguimiento de los calendarios laborales de la Ertzaintza.
  9. Participar en la elaboración de la organización de la Ertzaintza y su posterior evaluación, así como participar en el diseño, planificación y evaluación de la política de formación del personal de la Ertzaintza.
  10. Analizar, planificar y evaluar el proceso de normalización lingüística de la Ertzaintza, en el marco definido por la Unidad de Euskera departamental.
  11. Organizar la función de prevención de riesgos laborales y dirigir y gestionar un servicio de prevención propio que atienda al personal de la Ertzaintza.
  12. Emitir directrices e instrucciones para la adecuada gestión de los recursos humanos.
  13. La asistencia letrada al personal de la Ertzaintza y el ejercicio del resto de las funciones previstas en el Decreto 250/1995, de 25 de abril, sobre habilitación para representación y defensa ante las jurisdicciones penal y civil de los miembros de la Ertzaintza.

En relación con el personal de los servicios auxiliares de la Administración de Seguridad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del texto refundido de la Ley de Policía del País Vasco, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2020, de 22 de julio, le corresponde la gestión de los mismos, de conformidad con los principios generales aplicables al conjunto de la función pública, y, en particular:

  1. Planificar y aplicar la política de recursos humanos de dicho personal, así como emitir las directrices e instrucciones necesarias para una gestión más eficiente del personal.
  2. La relación con las organizaciones sindicales representativas del colectivo y la negociación colectiva con las mismas.
  3. Proponer las relaciones de puestos de trabajo.
  4. Contratar al personal laboral temporal, así como configurar y gestionar las bolsas de trabajo para ello.
  5. Elaborar las bases, programas y contenido de las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal laboral fijo, el nombramiento de los tribunales calificadores de las mismas, y la organización y gestión del proceso selectivo.
  6. Elaborar las bases de los procedimientos de provisión de puestos del personal, convocarlos, gestionar su desarrollo y resolverlos. Tramitar y autorizar la asignación al desempeño de funciones y otros supuestos de movilidad o modificación de las condiciones de trabajo.
  7. Organizar la función de prevención de riesgos laborales y dirigir y gestionar un servicio de prevención.
  8. Analizar, planificar y evaluar el proceso de normalización lingüística de este personal en el marco definido por la Unidad de Euskera departamental.
  9. Promover y preparar planes y programas de formación y perfeccionamiento del personal, sin perjuicio de las competencias del IVAP.
  10. Gestionar el Registro de Personal y certificar sobre las circunstancias laborales, situaciones y derechos reconocidos al mismo.
  11. La gestión ordinaria de este personal, que incluye la resolución de los expedientes de compatibilidad; la declaración de jubilaciones forzosas, parciales, voluntarias y por incapacidad física; el ejercicio de las potestades disciplinarias, excepto el despido; la concesión de licencias y permisos; así como la gestión y control de la nómina, excluyendo al personal de la Academia Vasca de Policía y Emergencias.
  12. La declaración de situaciones administrativas, así como la concesión del reingreso al servicio activo.
  13. Reconocer los servicios prestados en la Administración pública a efectos de antigüedad y el perfeccionamiento de trienios.

Le corresponde a la Dirección de Recursos Humanos dirigir, representar y coordinar al Departamento y a su Organismo Autónomo con respecto a las aplicaciones horizontales del Gobierno Vasco dedicadas a la gestión de personal, así como la responsabilidad de los datos de carácter personal que se gestionen a través de dichas aplicaciones pertenecientes al personal del ámbito de su competencia.

Datos de contacto

Dirección

Camino Larrauri-Mendotza, 18
48950 Erandio
Bizkaia

Teléfono/s

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CARGOS

Miriam Anitua Aranzabal
(05/09/2024 - ) Directora de Recursos Humanos
Izaskun Urien Azpitarte
(27/06/2024 - 04/09/2024) Directora de Recursos Humanos

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La Dirección de Recursos Humanos tiene encomendada la gestión del régimen estatutario del personal de la Ertzaintza y el desarrollo de las políticas de recursos humanos en la misma, así como la gestión del personal laboral de los servicios auxiliares de la Administración de Seguridad, salvo en lo referente al personal laboral de la Academia Vasca de Policía y Emergencias.

Con relación al personal de la Ertzaintza, le corresponde la dirección y administración de las políticas de recursos humanos y la gestión de su régimen estatutario, cuando no esté atribuido a otros, y, en particular:

  1. La relación con las organizaciones sindicales representativas del colectivo de la Ertzaintza y la negociación colectiva con las mismas.
  2. Elaborar la relación de puestos de trabajo y gestionar los procedimientos de provisión de puestos de trabajo. Igualmente, le corresponde convocar y resolver la concesión de comisiones de servicios por el sistema de concurso de méritos y su revocación, cuando tales facultades no correspondan a otros órganos.
  3. La previsión y control de los gastos del personal de la Ertzaintza en coordinación con la Dirección de Gestión Económica.
  4. Gestionar el Registro de Personal y certificar sobre las circunstancias laborales, situaciones y derechos reconocidos al personal de la Ertzaintza.
  5. Control de presencia y concesión de licencias y permisos que precisen resolución expresa.
  6. Resolver los expedientes de compatibilidad.
  7. Declarar las diferentes situaciones administrativas, el reingreso al servicio activo, la jubilación forzosa y voluntaria y por incapacidad.
  8. Gestionar y aplicar el régimen jurídico y retributivo y de las condiciones de empleo del personal de la Ertzaintza, incluyendo la concesión de préstamos y beneficios sociales, reconocimiento de trienios y servicios prestados, así como el estudio, informe, negociación y seguimiento de los calendarios laborales de la Ertzaintza.
  9. Participar en la elaboración de la organización de la Ertzaintza y su posterior evaluación, así como participar en el diseño, planificación y evaluación de la política de formación del personal de la Ertzaintza.
  10. Analizar, planificar y evaluar el proceso de normalización lingüística de la Ertzaintza, en el marco definido por la Unidad de Euskera departamental.
  11. Organizar la función de prevención de riesgos laborales y dirigir y gestionar un servicio de prevención propio que atienda al personal de la Ertzaintza.
  12. Emitir directrices e instrucciones para la adecuada gestión de los recursos humanos.
  13. La asistencia letrada al personal de la Ertzaintza y el ejercicio del resto de las funciones previstas en el Decreto 250/1995, de 25 de abril, sobre habilitación para representación y defensa ante las jurisdicciones penal y civil de los miembros de la Ertzaintza.

En relación con el personal de los servicios auxiliares de la Administración de Seguridad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del texto refundido de la Ley de Policía del País Vasco, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2020, de 22 de julio, le corresponde la gestión de los mismos, de conformidad con los principios generales aplicables al conjunto de la función pública, y, en particular:

  1. Planificar y aplicar la política de recursos humanos de dicho personal, así como emitir las directrices e instrucciones necesarias para una gestión más eficiente del personal.
  2. La relación con las organizaciones sindicales representativas del colectivo y la negociación colectiva con las mismas.
  3. Proponer las relaciones de puestos de trabajo.
  4. Contratar al personal laboral temporal, así como configurar y gestionar las bolsas de trabajo para ello.
  5. Elaborar las bases, programas y contenido de las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal laboral fijo, el nombramiento de los tribunales calificadores de las mismas, y la organización y gestión del proceso selectivo.
  6. Elaborar las bases de los procedimientos de provisión de puestos del personal, convocarlos, gestionar su desarrollo y resolverlos. Tramitar y autorizar la asignación al desempeño de funciones y otros supuestos de movilidad o modificación de las condiciones de trabajo.
  7. Organizar la función de prevención de riesgos laborales y dirigir y gestionar un servicio de prevención.
  8. Analizar, planificar y evaluar el proceso de normalización lingüística de este personal en el marco definido por la Unidad de Euskera departamental.
  9. Promover y preparar planes y programas de formación y perfeccionamiento del personal, sin perjuicio de las competencias del IVAP.
  10. Gestionar el Registro de Personal y certificar sobre las circunstancias laborales, situaciones y derechos reconocidos al mismo.
  11. La gestión ordinaria de este personal, que incluye la resolución de los expedientes de compatibilidad; la declaración de jubilaciones forzosas, parciales, voluntarias y por incapacidad física; el ejercicio de las potestades disciplinarias, excepto el despido; la concesión de licencias y permisos; así como la gestión y control de la nómina, excluyendo al personal de la Academia Vasca de Policía y Emergencias.
  12. La declaración de situaciones administrativas, así como la concesión del reingreso al servicio activo.
  13. Reconocer los servicios prestados en la Administración pública a efectos de antigüedad y el perfeccionamiento de trienios.

Le corresponde a la Dirección de Recursos Humanos dirigir, representar y coordinar al Departamento y a su Organismo Autónomo con respecto a las aplicaciones horizontales del Gobierno Vasco dedicadas a la gestión de personal, así como la responsabilidad de los datos de carácter personal que se gestionen a través de dichas aplicaciones pertenecientes al personal del ámbito de su competencia.

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