Dirección de Planificación y Organización

ÁREAS / FUNCIONES

Artículo 19.– Dirección de Planificación y Organización.

Además de las funciones genéricas correspondientes a las direcciones del departamento, la Dirección de Planificación y Organización tiene atribuidas las siguientes funciones y áreas de actuación:

  1. Planificar y establecer las acciones necesarias para el desarrollo e implantación de los diferentes grados de formación profesional del sistema educativo, a excepción de la formación profesional inicial de grado básico.
  2. Planificar y establecer las acciones necesarias para el desarrollo e implantación de dobles titulaciones e itinerarios integrados.
  3. El desarrollo de programas de especialización a la carta con apoyo y en colaboración con el Instituto Vasco de Aprendizajes Futuros en la Formación Profesional (IVAF).
  4. Elaborar propuestas normativas que ordenen y regulen en el ámbito de nuestras competencias todo lo referido a la formación profesional.
  5. Elaborar las propuestas normativas de desarrollo de los diseños curriculares que conforman los diferentes Grados del Sistema de Formación Profesional.
  6. La iniciación y tramitación de los procedimientos de creación, transformación y supresión de unidades y centros docentes públicos y privados de formación profesional.
  7. Promover la participación de los distintos sectores educativos y productivos en la vida de los centros de formación profesional.
  8. Definir los módulos básicos de espacios, instalaciones y equipamiento precisos para la formación profesional asociada a cada acreditación, certificado, título y máster de formación profesional.
  9. Establecer los instrumentos que permitan la constante adecuación de la oferta formativa a las demandas cambiantes de cualificación del entorno productivo y social.
  10. Fomentar la corresponsabilidad de los agentes sociales para que colaboren en la implantación de una oferta de formación dual en régimen general y en régimen intensivo en sus empresas u organismos equiparados, así como en el impulso y desarrollo de la acreditación de las competencias profesionales, generando una cultura de coparticipación en la formación profesional que relacione el sistema de formación profesional en su conjunto y el sistema productivo.
  11. Articular un sistema de seguimiento y evaluación de la formación profesional dual en régimen general y en régimen intensivo a desarrollar en las empresas u organismos equiparados.
  12. Asegurar una estructura organizativa de los centros públicos de formación profesional, que permita dar respuesta a todas las funciones y tareas encomendadas.
  13. Informar sobre la propuesta de planificación de los centros privados de formación profesional para la convocatoria de conciertos educativos.
  14. Elaborar la relación de puestos de trabajo de personal docente de formación profesional en función de las necesidades y prioridades de la Viceconsejería de Formación Profesional y atendiendo a las dotaciones previstas presupuestariamente.
  15. Planificar las acciones para el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, en coordinación con el Departamento de Economía, Trabajo y Empleo.

En las materias referidas en el apartado anterior, las Delegaciones Territoriales del Departamento de Educación tendrán una dependencia funcional de la Dirección de Planificación y Organización.

Datos de contacto

Dirección

Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
Álava
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CARGOS

Nicolas Sagarzazu Alzua
(27/06/2024 - ) Director de Planificación y Organización

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Además de las funciones genéricas correspondientes a las direcciones del departamento, la Dirección de Planificación y Organización tiene atribuidas las siguientes funciones y áreas de actuación:

  1. Planificar y establecer las acciones necesarias para el desarrollo e implantación de los diferentes grados de formación profesional del sistema educativo, a excepción de la formación profesional inicial de grado básico.
  2. Planificar y establecer las acciones necesarias para el desarrollo e implantación de dobles titulaciones e itinerarios integrados.
  3. El desarrollo de programas de especialización a la carta con apoyo y en colaboración con el Instituto Vasco de Aprendizajes Futuros en la Formación Profesional (IVAF).
  4. Elaborar propuestas normativas que ordenen y regulen en el ámbito de nuestras competencias todo lo referido a la formación profesional.
  5. Elaborar las propuestas normativas de desarrollo de los diseños curriculares que conforman los diferentes Grados del Sistema de Formación Profesional.
  6. La iniciación y tramitación de los procedimientos de creación, transformación y supresión de unidades y centros docentes públicos y privados de formación profesional.
  7. Promover la participación de los distintos sectores educativos y productivos en la vida de los centros de formación profesional.
  8. Definir los módulos básicos de espacios, instalaciones y equipamiento precisos para la formación profesional asociada a cada acreditación, certificado, título y máster de formación profesional.
  9. Establecer los instrumentos que permitan la constante adecuación de la oferta formativa a las demandas cambiantes de cualificación del entorno productivo y social.
  10. Fomentar la corresponsabilidad de los agentes sociales para que colaboren en la implantación de una oferta de formación dual en régimen general y en régimen intensivo en sus empresas u organismos equiparados, así como en el impulso y desarrollo de la acreditación de las competencias profesionales, generando una cultura de coparticipación en la formación profesional que relacione el sistema de formación profesional en su conjunto y el sistema productivo.
  11. Articular un sistema de seguimiento y evaluación de la formación profesional dual en régimen general y en régimen intensivo a desarrollar en las empresas u organismos equiparados.
  12. Asegurar una estructura organizativa de los centros públicos de formación profesional, que permita dar respuesta a todas las funciones y tareas encomendadas.
  13. Informar sobre la propuesta de planificación de los centros privados de formación profesional para la convocatoria de conciertos educativos.
  14. Elaborar la relación de puestos de trabajo de personal docente de formación profesional en función de las necesidades y prioridades de la Viceconsejería de Formación Profesional y atendiendo a las dotaciones previstas presupuestariamente.
  15. Planificar las acciones para el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, en coordinación con el Departamento de Economía, Trabajo y Empleo.

En las materias referidas en el apartado anterior, las Delegaciones Territoriales del Departamento de Educación tendrán una dependencia funcional de la Dirección de Planificación y Organización.

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Nicolas Sagarzazu Alzua
(27/06/2024 - ) Director de Planificación y Organización

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