Dirección de Planificación y Organización
- Titular: Nicolas Sagarzazu Alzua
- Periodo del mandato: Legislatura XIII
- Entidades superiores: Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco > Educación > Viceconsejería de Formación Profesional
ÁREAS / FUNCIONES
Artículo 19.– Dirección de Planificación y Organización.
Además de las funciones genéricas correspondientes a las direcciones del departamento, la Dirección de Planificación y Organización tiene atribuidas las siguientes funciones y áreas de actuación:
- Planificar y establecer las acciones necesarias para el desarrollo e implantación de los diferentes grados de formación profesional del sistema educativo, a excepción de la formación profesional inicial de grado básico.
- Planificar y establecer las acciones necesarias para el desarrollo e implantación de dobles titulaciones e itinerarios integrados.
- El desarrollo de programas de especialización a la carta con apoyo y en colaboración con el Instituto Vasco de Aprendizajes Futuros en la Formación Profesional (IVAF).
- Elaborar propuestas normativas que ordenen y regulen en el ámbito de nuestras competencias todo lo referido a la formación profesional.
- Elaborar las propuestas normativas de desarrollo de los diseños curriculares que conforman los diferentes Grados del Sistema de Formación Profesional.
- La iniciación y tramitación de los procedimientos de creación, transformación y supresión de unidades y centros docentes públicos y privados de formación profesional.
- Promover la participación de los distintos sectores educativos y productivos en la vida de los centros de formación profesional.
- Definir los módulos básicos de espacios, instalaciones y equipamiento precisos para la formación profesional asociada a cada acreditación, certificado, título y máster de formación profesional.
- Establecer los instrumentos que permitan la constante adecuación de la oferta formativa a las demandas cambiantes de cualificación del entorno productivo y social.
- Fomentar la corresponsabilidad de los agentes sociales para que colaboren en la implantación de una oferta de formación dual en régimen general y en régimen intensivo en sus empresas u organismos equiparados, así como en el impulso y desarrollo de la acreditación de las competencias profesionales, generando una cultura de coparticipación en la formación profesional que relacione el sistema de formación profesional en su conjunto y el sistema productivo.
- Articular un sistema de seguimiento y evaluación de la formación profesional dual en régimen general y en régimen intensivo a desarrollar en las empresas u organismos equiparados.
- Asegurar una estructura organizativa de los centros públicos de formación profesional, que permita dar respuesta a todas las funciones y tareas encomendadas.
- Informar sobre la propuesta de planificación de los centros privados de formación profesional para la convocatoria de conciertos educativos.
- Elaborar la relación de puestos de trabajo de personal docente de formación profesional en función de las necesidades y prioridades de la Viceconsejería de Formación Profesional y atendiendo a las dotaciones previstas presupuestariamente.
- Planificar las acciones para el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, en coordinación con el Departamento de Economía, Trabajo y Empleo.
En las materias referidas en el apartado anterior, las Delegaciones Territoriales del Departamento de Educación tendrán una dependencia funcional de la Dirección de Planificación y Organización.
CARGOS
Dirección de Planificación y Organización
- Titular: Nicolas Sagarzazu Alzua
- Periodo del mandato: Legislatura XIII
- Entidades superiores: Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco > Educación > Viceconsejería de Formación Profesional
ÁREAS / FUNCIONES
Artículo 19.– Dirección de Planificación y Organización.
Además de las funciones genéricas correspondientes a las direcciones del departamento, la Dirección de Planificación y Organización tiene atribuidas las siguientes funciones y áreas de actuación:
- Planificar y establecer las acciones necesarias para el desarrollo e implantación de los diferentes grados de formación profesional del sistema educativo, a excepción de la formación profesional inicial de grado básico.
- Planificar y establecer las acciones necesarias para el desarrollo e implantación de dobles titulaciones e itinerarios integrados.
- El desarrollo de programas de especialización a la carta con apoyo y en colaboración con el Instituto Vasco de Aprendizajes Futuros en la Formación Profesional (IVAF).
- Elaborar propuestas normativas que ordenen y regulen en el ámbito de nuestras competencias todo lo referido a la formación profesional.
- Elaborar las propuestas normativas de desarrollo de los diseños curriculares que conforman los diferentes Grados del Sistema de Formación Profesional.
- La iniciación y tramitación de los procedimientos de creación, transformación y supresión de unidades y centros docentes públicos y privados de formación profesional.
- Promover la participación de los distintos sectores educativos y productivos en la vida de los centros de formación profesional.
- Definir los módulos básicos de espacios, instalaciones y equipamiento precisos para la formación profesional asociada a cada acreditación, certificado, título y máster de formación profesional.
- Establecer los instrumentos que permitan la constante adecuación de la oferta formativa a las demandas cambiantes de cualificación del entorno productivo y social.
- Fomentar la corresponsabilidad de los agentes sociales para que colaboren en la implantación de una oferta de formación dual en régimen general y en régimen intensivo en sus empresas u organismos equiparados, así como en el impulso y desarrollo de la acreditación de las competencias profesionales, generando una cultura de coparticipación en la formación profesional que relacione el sistema de formación profesional en su conjunto y el sistema productivo.
- Articular un sistema de seguimiento y evaluación de la formación profesional dual en régimen general y en régimen intensivo a desarrollar en las empresas u organismos equiparados.
- Asegurar una estructura organizativa de los centros públicos de formación profesional, que permita dar respuesta a todas las funciones y tareas encomendadas.
- Informar sobre la propuesta de planificación de los centros privados de formación profesional para la convocatoria de conciertos educativos.
- Elaborar la relación de puestos de trabajo de personal docente de formación profesional en función de las necesidades y prioridades de la Viceconsejería de Formación Profesional y atendiendo a las dotaciones previstas presupuestariamente.
- Planificar las acciones para el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, en coordinación con el Departamento de Economía, Trabajo y Empleo.
En las materias referidas en el apartado anterior, las Delegaciones Territoriales del Departamento de Educación tendrán una dependencia funcional de la Dirección de Planificación y Organización.