DIRECCIÓN DE LA ERTZAINTZA
- Titular:
- Periodo del mandato: Legislatura XIII
- Entidades superiores: Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco > Seguridad > Viceconsejería de Seguridad
ÁREAS / FUNCIONES
Artículo 13.– Dirección de la Ertzaintza.
Corresponde a la Dirección de la Ertzaintza el ejercicio de las siguientes funciones:
- Elaborar y proponer a la Viceconsejería de Seguridad medidas y dispositivos para la mejora de la seguridad ciudadana en Euskadi, así como promover estudios y proyectos orientados a la modernización y mejora en la organización policial. Esto incluirá el desarrollo de planes generales de actuación y la implementación de sistemas de gestión y control.
- Ejercer el mando directo de la Jefatura de la Ertzaintza, divisiones, unidades territoriales, unidades y secciones de la Ertzaintza que dependen de esta Dirección, conforme a lo establecido en la normativa reguladora de su estructura.
- El ejercicio de las facultades que correspondan al Departamento de Seguridad en relación con el desempeño del servicio público policial por las secciones de Miñones, Forales y Mikeletes de la Ertzaintza, en virtud de lo previsto en el texto refundido de la Ley de Policía del País Vasco.
- Instrumentar las directrices, circulares, instrucciones y objetivos formulados por la Dirección de Tráfico, integrándolos en los objetivos generales de la Ertzaintza.
- Dirigir las funciones de policía judicial e investigación criminal, así como atender, como responsable de policía judicial, las relaciones con el Ministerio Fiscal y las autoridades judiciales.
- Ejercer las funciones que corresponden a la autoridad gubernativa en el ejercicio de los derechos de reunión y manifestación, así como adoptar las medidas necesarias para preservar la seguridad ciudadana en eventos y actividades relevantes.
- Ejercer la potestad sancionadora en materia de seguridad ciudadana, incluyendo la imposición de multas de hasta 30.000 euros, así como las restantes sanciones previstas para la comisión de faltas.
- Determinar, junto con las direcciones correspondientes, las medidas de seguridad a implantar en los centros de la Ertzaintza e infraestructuras de comunicaciones del Departamento de Seguridad, así como asesorar sobre seguridad en edificios e instalaciones institucionales.
- Las funciones que, en materia de autorización y uso de videocámaras en espacios públicos por la Policía del País Vasco, le otorga el Decreto 168/1998, de 21 de julio.
- Ejercer las atribuciones propias de la Comunidad Autónoma en materia de seguridad privada no encomendadas a otros órganos del Departamento de Seguridad y llevar el Registro de Seguridad Privada de Euskadi. Así como cuantas otras le puedan corresponder bien por su especificidad o bien por su inherencia o complementariedad con las funciones o servicios atribuidos a la Ertzaintza.
- Ejercer la potestad sancionadora, imponiendo sanciones por infracciones graves y leves en materia de seguridad privada.
- Colaborar en actividades de comprobación e inspección con otros órganos del Departamento, cuando así lo soliciten.
- Proponer las plantillas orgánicas de las unidades policiales de la Ertzaintza y las necesidades formativas del personal.
- Gestionar las comunicaciones relativas a operaciones de vuelo con aeronaves pilotadas por control remoto.
CARGOS
Victoria de Jesus Landa Moñux
(27/06/2024 - ) Directora de la Ertzaintza
DIRECCIÓN DE LA ERTZAINTZA
- Titular:
- Periodo del mandato: Legislatura XIII
- Entidades superiores: Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco > Seguridad > Viceconsejería de Seguridad
Áreas / Funciones
Datos de contacto
Cargos
Entidades relacionadas
ÁREAS / FUNCIONES
Artículo 13.– Dirección de la Ertzaintza.
Corresponde a la Dirección de la Ertzaintza el ejercicio de las siguientes funciones:
- Elaborar y proponer a la Viceconsejería de Seguridad medidas y dispositivos para la mejora de la seguridad ciudadana en Euskadi, así como promover estudios y proyectos orientados a la modernización y mejora en la organización policial. Esto incluirá el desarrollo de planes generales de actuación y la implementación de sistemas de gestión y control.
- Ejercer el mando directo de la Jefatura de la Ertzaintza, divisiones, unidades territoriales, unidades y secciones de la Ertzaintza que dependen de esta Dirección, conforme a lo establecido en la normativa reguladora de su estructura.
- El ejercicio de las facultades que correspondan al Departamento de Seguridad en relación con el desempeño del servicio público policial por las secciones de Miñones, Forales y Mikeletes de la Ertzaintza, en virtud de lo previsto en el texto refundido de la Ley de Policía del País Vasco.
- Instrumentar las directrices, circulares, instrucciones y objetivos formulados por la Dirección de Tráfico, integrándolos en los objetivos generales de la Ertzaintza.
- Dirigir las funciones de policía judicial e investigación criminal, así como atender, como responsable de policía judicial, las relaciones con el Ministerio Fiscal y las autoridades judiciales.
- Ejercer las funciones que corresponden a la autoridad gubernativa en el ejercicio de los derechos de reunión y manifestación, así como adoptar las medidas necesarias para preservar la seguridad ciudadana en eventos y actividades relevantes.
- Ejercer la potestad sancionadora en materia de seguridad ciudadana, incluyendo la imposición de multas de hasta 30.000 euros, así como las restantes sanciones previstas para la comisión de faltas.
- Determinar, junto con las direcciones correspondientes, las medidas de seguridad a implantar en los centros de la Ertzaintza e infraestructuras de comunicaciones del Departamento de Seguridad, así como asesorar sobre seguridad en edificios e instalaciones institucionales.
- Las funciones que, en materia de autorización y uso de videocámaras en espacios públicos por la Policía del País Vasco, le otorga el Decreto 168/1998, de 21 de julio.
- Ejercer las atribuciones propias de la Comunidad Autónoma en materia de seguridad privada no encomendadas a otros órganos del Departamento de Seguridad y llevar el Registro de Seguridad Privada de Euskadi. Así como cuantas otras le puedan corresponder bien por su especificidad o bien por su inherencia o complementariedad con las funciones o servicios atribuidos a la Ertzaintza.
- Ejercer la potestad sancionadora, imponiendo sanciones por infracciones graves y leves en materia de seguridad privada.
- Colaborar en actividades de comprobación e inspección con otros órganos del Departamento, cuando así lo soliciten.
- Proponer las plantillas orgánicas de las unidades policiales de la Ertzaintza y las necesidades formativas del personal.
- Gestionar las comunicaciones relativas a operaciones de vuelo con aeronaves pilotadas por control remoto.
CARGOS
Victoria de Jesus Landa Moñux
(27/06/2024 - ) Directora de la Ertzaintza