Dirección de Juego y Espectáculos
- Titular:
- Periodo del mandato: Legislatura XIII
- Entidades superiores: Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco > Seguridad > Viceconsejería de Protección Civil
ÁREAS / FUNCIONES
Artículo 16.– Dirección de Juego y Espectáculos.
Corresponde a la Dirección de Juego y Espectáculos el ejercicio de las siguientes facultades y funciones:
- elaborar políticas públicas sobre juegos de azar y ejercer las facultades y funciones que el reglamento general de juego confiere a la autoridad reguladora del juego en la comunidad autónoma de euskadi, ya sean de autorización, informe, homologación, control, inspección o sanción, siempre que no correspondan a otros órganos.
- actuar como observatorio del juego en euskadi, realizando prospecciones sobre su evolución y elaborando una memoria anual del juego.
- promover la responsabilidad social corporativa en el sector del juego y llevar a cabo campañas públicas de sensibilización para fomentar la responsabilidad y las garantías de juego.
- elaborar políticas públicas en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas, incluyendo establecimientos y actividades de hostelería, y ejercer las facultades y funciones que la legislación confiere al departamento de seguridad, tales como autorización, informe, homologación, control, inspección o sanción, siempre que no correspondan a otros órganos.
- elaborar una memoria anual sobre la situación y evolución del sector de los espectáculos y actividades recreativas.
- ejercer la potestad sancionadora por infracciones leves y graves a la legislación estatal contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.
Los responsables territoriales dependientes de esta Dirección ejercerán, de acuerdo con las instrucciones del titular de la Dirección, las siguientes facultades y competencias dentro de su ámbito territorial:
- otorgar autorizaciones para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas, excepto cuando el aforo supere las 10.000 personas o se trate de espectáculos taurinos generales.
- tramitar autorizaciones para máquinas de tipo «b» y máquinas auxiliares de juego, excepto las autorizaciones para permisos de explotación y su transmisión.
- gestionar los establecimientos y locales de pública concurrencia bajo el control de la dirección de juego y espectáculos, así como actualizar su documentación y bases de datos.
- gestionar las hojas de reclamaciones, sin perjuicio de las competencias de kontsumobide.
- coordinarse con la inspección en su ámbito territorial.
- tramitar autorizaciones de juego.
- realizar todas las demás funciones y tareas que les encomiende el titular de la dirección de juego y espectáculos en el ámbito de sus competencias.
El personal funcionario de las oficinas territoriales, además de sus competencias propias, realizará las tareas encomendadas por la persona titular de la Dirección en el ejercicio de las facultades y funciones que corresponden a la Dirección de Juego y Espectáculos.
La instrucción de los expedientes sancionadores en materia de juego, espectáculos públicos y actividades recreativas, así como los relativos a la legislación estatal contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte se realizará por personal funcionario de la Dirección de Juego y Espectáculos.
CARGOS
Dirección de Juego y Espectáculos
- Titular:
- Periodo del mandato: Legislatura XIII
- Entidades superiores: Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco > Seguridad > Viceconsejería de Protección Civil
ÁREAS / FUNCIONES
Artículo 16.– Dirección de Juego y Espectáculos.
Corresponde a la Dirección de Juego y Espectáculos el ejercicio de las siguientes facultades y funciones:
- elaborar políticas públicas sobre juegos de azar y ejercer las facultades y funciones que el reglamento general de juego confiere a la autoridad reguladora del juego en la comunidad autónoma de euskadi, ya sean de autorización, informe, homologación, control, inspección o sanción, siempre que no correspondan a otros órganos.
- actuar como observatorio del juego en euskadi, realizando prospecciones sobre su evolución y elaborando una memoria anual del juego.
- promover la responsabilidad social corporativa en el sector del juego y llevar a cabo campañas públicas de sensibilización para fomentar la responsabilidad y las garantías de juego.
- elaborar políticas públicas en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas, incluyendo establecimientos y actividades de hostelería, y ejercer las facultades y funciones que la legislación confiere al departamento de seguridad, tales como autorización, informe, homologación, control, inspección o sanción, siempre que no correspondan a otros órganos.
- elaborar una memoria anual sobre la situación y evolución del sector de los espectáculos y actividades recreativas.
- ejercer la potestad sancionadora por infracciones leves y graves a la legislación estatal contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.
Los responsables territoriales dependientes de esta Dirección ejercerán, de acuerdo con las instrucciones del titular de la Dirección, las siguientes facultades y competencias dentro de su ámbito territorial:
- otorgar autorizaciones para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas, excepto cuando el aforo supere las 10.000 personas o se trate de espectáculos taurinos generales.
- tramitar autorizaciones para máquinas de tipo «b» y máquinas auxiliares de juego, excepto las autorizaciones para permisos de explotación y su transmisión.
- gestionar los establecimientos y locales de pública concurrencia bajo el control de la dirección de juego y espectáculos, así como actualizar su documentación y bases de datos.
- gestionar las hojas de reclamaciones, sin perjuicio de las competencias de kontsumobide.
- coordinarse con la inspección en su ámbito territorial.
- tramitar autorizaciones de juego.
- realizar todas las demás funciones y tareas que les encomiende el titular de la dirección de juego y espectáculos en el ámbito de sus competencias.
El personal funcionario de las oficinas territoriales, además de sus competencias propias, realizará las tareas encomendadas por la persona titular de la Dirección en el ejercicio de las facultades y funciones que corresponden a la Dirección de Juego y Espectáculos.
La instrucción de los expedientes sancionadores en materia de juego, espectáculos públicos y actividades recreativas, así como los relativos a la legislación estatal contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte se realizará por personal funcionario de la Dirección de Juego y Espectáculos.