Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico

Dirección de Innovación Social y Agenda 2030

ÁREAS / FUNCIONES

Artículo 23.– Dirección de Innovación Social y Agenda 2030.

Corresponden a la Dirección de Innovación Social y Agenda 2030, además de las funciones atribuidas en el artículo 7, las siguientes funciones:

  1. Formular propuestas de innovación social y política.
  2. Promover proyectos e iniciativas en innovación social y política, impulsando la experimentación y el aprendizaje.
  3. Promover el conocimiento avanzado y procesos de reflexión en las materias relacionadas a la dirección.
  4. Tejer redes de colaboración con universidades y otras organizaciones sociales y culturales.
  5. Promover la calidad y la cultura democrática en Euskadi.
  6. Promover la colaboración con otras instituciones y agentes para fortalecer la gobernanza colaborativa, la participación ciudadana y la acción comunitaria.
  7. Promover y llevar a cabo programas de sensibilización y formación tanto para la ciudadanía como para el personal a su servicio, en orden a fomentar el asociacionismo entre la ciudadanía, la participación ciudadana y las prácticas colaborativas privadas o público-privadas para el desarrollo comunitario.
  8. Impulsar procesos de deliberación ciudadana, y evaluar y elaborar informes sobre el grado de participación ciudadana de los diferentes procesos, con el fin de proponer los mecanismos de mejora que fuesen necesarios.
  9. Realizar el seguimiento de los debates públicos y temas emergentes.
  10. Impulsar estrategias de coordinación y seguimiento entre los departamentos, orientadas hacia una acción conjunta de Gobierno en materia de transición social y Agenda 2030.
  11. Dinamizar la colaboración interdepartamental, interinstitucional y social del Programa Vasco de Prioridades de la Agenda 2030, y realizar su seguimiento.
  12. Impulsar procesos de formación y reflexión.
  13. Definir, en coordinación con la Dirección de Servicios de Lehendakaritza, los objetivos establecidos en el Plan para la normalización del uso del euskera y desarrollar las iniciativas precisas para su implantación y evaluación.
  14. Coordinar, en colaboración con la Dirección de Servicios de Lehendakaritza, el proceso de euskaldunización y normalización lingüística del personal al servicio de Lehendakaritza-Presidencia del Gobierno, así como fomentar el uso del euskera, a través de la correspondiente unidad de euskera, en colaboración con los órganos centrales que tengan atribuida la competencia en materia de normalización lingüística.

Artículo 7.– De las Direcciones.

Corresponden a cada una de las direcciones que conforman la estructura de Lehendakaritza, sin perjuicio de las áreas específicas detalladas en los siguientes capítulos del presente Decreto las siguientes funciones genéricas:

  1. Actuar como órganos de contratación en las materias propias de las áreas de actuación que tengan asignadas, cuando tengan el carácter de contratos menores conforme a la legislación vigente.
  2. Realizar las autorizaciones y aprobaciones de gastos precisas de los contratos tipificados como menores en la legislación vigente en los expedientes correspondientes a sus áreas de actuación.
  3. Realizar las autorizaciones y aprobaciones de gastos de importe igual o inferior a 15.000 euros, impuestos excluidos.
  4. Definir en el área de su competencia, en coordinación con la Secretaría General de Comunicación e Innovación Social, los objetivos establecidos en el Plan para la normalización del uso del euskera y desarrollar las iniciativas precisas para su implantación y evaluación.
  5. Definir en su ámbito los objetivos del Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de Lehendakaritza, así como promover, ejecutar y evaluar las acciones e iniciativas para alcanzar dichos objetivos, llevando a cabo una gestión integrada de las políticas en materia de igualdad de mujeres y hombres; todo ello, bajo la coordinación de la Unidad para la igualdad de la Dirección de Régimen Jurídico y en colaboración con Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.

Datos de contacto

Dirección

Navarra, 2
01007 Vitoria-Gasteiz
Álava
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CARGOS

Asier Aranbarri Urzelai
(03/12/2024 - ) Director de Innovación Social y Agenda 2030

ENTIDADES RELACIONADAS

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Artículo 23.– Dirección de Innovación Social y Agenda 2030.

Corresponden a la Dirección de Innovación Social y Agenda 2030, además de las funciones atribuidas en el artículo 7, las siguientes funciones:

  1. Formular propuestas de innovación social y política.
  2. Promover proyectos e iniciativas en innovación social y política, impulsando la experimentación y el aprendizaje.
  3. Promover el conocimiento avanzado y procesos de reflexión en las materias relacionadas a la dirección.
  4. Tejer redes de colaboración con universidades y otras organizaciones sociales y culturales.
  5. Promover la calidad y la cultura democrática en Euskadi.
  6. Promover la colaboración con otras instituciones y agentes para fortalecer la gobernanza colaborativa, la participación ciudadana y la acción comunitaria.
  7. Promover y llevar a cabo programas de sensibilización y formación tanto para la ciudadanía como para el personal a su servicio, en orden a fomentar el asociacionismo entre la ciudadanía, la participación ciudadana y las prácticas colaborativas privadas o público-privadas para el desarrollo comunitario.
  8. Impulsar procesos de deliberación ciudadana, y evaluar y elaborar informes sobre el grado de participación ciudadana de los diferentes procesos, con el fin de proponer los mecanismos de mejora que fuesen necesarios.
  9. Realizar el seguimiento de los debates públicos y temas emergentes.
  10. Impulsar estrategias de coordinación y seguimiento entre los departamentos, orientadas hacia una acción conjunta de Gobierno en materia de transición social y Agenda 2030.
  11. Dinamizar la colaboración interdepartamental, interinstitucional y social del Programa Vasco de Prioridades de la Agenda 2030, y realizar su seguimiento.
  12. Impulsar procesos de formación y reflexión.
  13. Definir, en coordinación con la Dirección de Servicios de Lehendakaritza, los objetivos establecidos en el Plan para la normalización del uso del euskera y desarrollar las iniciativas precisas para su implantación y evaluación.
  14. Coordinar, en colaboración con la Dirección de Servicios de Lehendakaritza, el proceso de euskaldunización y normalización lingüística del personal al servicio de Lehendakaritza-Presidencia del Gobierno, así como fomentar el uso del euskera, a través de la correspondiente unidad de euskera, en colaboración con los órganos centrales que tengan atribuida la competencia en materia de normalización lingüística.

Artículo 7.– De las Direcciones.

Corresponden a cada una de las direcciones que conforman la estructura de Lehendakaritza, sin perjuicio de las áreas específicas detalladas en los siguientes capítulos del presente Decreto las siguientes funciones genéricas:

  1. Actuar como órganos de contratación en las materias propias de las áreas de actuación que tengan asignadas, cuando tengan el carácter de contratos menores conforme a la legislación vigente.
  2. Realizar las autorizaciones y aprobaciones de gastos precisas de los contratos tipificados como menores en la legislación vigente en los expedientes correspondientes a sus áreas de actuación.
  3. Realizar las autorizaciones y aprobaciones de gastos de importe igual o inferior a 15.000 euros, impuestos excluidos.
  4. Definir en el área de su competencia, en coordinación con la Secretaría General de Comunicación e Innovación Social, los objetivos establecidos en el Plan para la normalización del uso del euskera y desarrollar las iniciativas precisas para su implantación y evaluación.
  5. Definir en su ámbito los objetivos del Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de Lehendakaritza, así como promover, ejecutar y evaluar las acciones e iniciativas para alcanzar dichos objetivos, llevando a cabo una gestión integrada de las políticas en materia de igualdad de mujeres y hombres; todo ello, bajo la coordinación de la Unidad para la igualdad de la Dirección de Régimen Jurídico y en colaboración con Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.

Datos de contacto

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Navarra, 2
01007 Vitoria-Gasteiz
Álava
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Asier Aranbarri Urzelai
(03/12/2024 - ) Director de Innovación Social y Agenda 2030

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