Dirección de Gabinete

ÁREAS / FUNCIONES

Artículo 4.– La Dirección de Gabinete.

Corresponde a la Dirección de Gabinete el ejercicio de las siguientes atribuciones:

  1. Prestar al consejero la asistencia y asesoramiento necesario para el ejercicio de sus funciones institucionales y generales atribuidas al departamento.
  2. Definir, dirigir y coordinar la política de comunicación del departamento y, en este sentido, desarrollar y atender las relaciones con los medios de comunicación social para facilitar la difusión y divulgación de las actividades, decisiones y políticas vinculadas al departamento.
  3. Apoyo directo, planificación y seguimiento del programa de trabajo (Agenda) del consejero, con especial atención a los actos de representación institucional.
  4. Programar los actos públicos y las actividades externas de los órganos del departamento, así como el protocolo.
  5. Ser el órgano de relación del departamento, en las áreas de su competencia, con el resto de los departamentos; así como con los órganos de coordinación interdepartamental constituidos en relación a dicho ámbito material.
  6. Coordinar y atender, a través del órgano competente, las relaciones del departamento con el Parlamento Vasco.
  7. Canalizar las relaciones del departamento con el Ararteko a través del órgano competente del Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno.
  8. Canalizar la interlocución y, en general, las relaciones que desde el departamento se mantengan con las distintas Administraciones, Instituciones y organizaciones, tanto de la Comunidad Autónoma de Euskadi, como estatales o comunitarias, con la salvedad de las específicamente asignadas a otros órganos.
  9. Coordinar las publicaciones del departamento.
  10. Coordinar la organización de jornadas, congresos, presentaciones y otras actuaciones divulgativas del departamento.
  11. Conceder las subvenciones asignadas nominativamente en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco en sus áreas de actuación.

Corresponde al Director o Directora de Gabinete autorizar el gasto derivado de los expedientes incluidos en su área de actuación, salvo que dicha autorización sea competencia de otro órgano.

Datos de contacto

Dirección

Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
Álava
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CARGOS

Iñigo Arana Medina
(11/12/2024 - ) Director de Gabinete

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Entidades superiores

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  2. Definir, dirigir y coordinar la política de comunicación del departamento y, en este sentido, desarrollar y atender las relaciones con los medios de comunicación social para facilitar la difusión y divulgación de las actividades, decisiones y políticas vinculadas al departamento.
  3. Apoyo directo, planificación y seguimiento del programa de trabajo (Agenda) del consejero, con especial atención a los actos de representación institucional.
  4. Programar los actos públicos y las actividades externas de los órganos del departamento, así como el protocolo.
  5. Ser el órgano de relación del departamento, en las áreas de su competencia, con el resto de los departamentos; así como con los órganos de coordinación interdepartamental constituidos en relación a dicho ámbito material.
  6. Coordinar y atender, a través del órgano competente, las relaciones del departamento con el Parlamento Vasco.
  7. Canalizar las relaciones del departamento con el Ararteko a través del órgano competente del Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno.
  8. Canalizar la interlocución y, en general, las relaciones que desde el departamento se mantengan con las distintas Administraciones, Instituciones y organizaciones, tanto de la Comunidad Autónoma de Euskadi, como estatales o comunitarias, con la salvedad de las específicamente asignadas a otros órganos.
  9. Coordinar las publicaciones del departamento.
  10. Coordinar la organización de jornadas, congresos, presentaciones y otras actuaciones divulgativas del departamento.
  11. Conceder las subvenciones asignadas nominativamente en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco en sus áreas de actuación.

Corresponde al Director o Directora de Gabinete autorizar el gasto derivado de los expedientes incluidos en su área de actuación, salvo que dicha autorización sea competencia de otro órgano.

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