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Dirección de Empleo e Inclusión

ÁREAS / FUNCIONES

A la Dirección de Empleo e Inclusión le corresponde, además de las funciones de carácter general, el ejercicio de las siguientes funciones:

  1. Dirigir la planificación y diseño de los Planes e Iniciativas de Empleo, coordinar su implementación, realizar su seguimiento y evaluar sus resultados e impacto en el empleo.
  2. Realizar investigaciones, estudios, análisis e informes para la innovación en el empleo y la formación, y para la planificación estratégica en materia de formación y empleo, definiendo nuevas perspectivas de relación entre el mercado de trabajo, el empleo y la formación.
  3. Desarrollar proyectos de innovación en el empleo y la formación de forma trasversal con otros Departamentos, administraciones o entidades.
  4. Elaborar propuestas de normativa en materia de Empleo, Formación, Garantía de Ingresos e Inclusión Social.
  5. Coordinarse con el Servicio Vasco de Empleo-Lanbide y llevar a cabo, en su caso, actuaciones de coordinación con otros servicios públicos de empleo.
  6. Analizar y evaluar las tendencias del mercado de trabajo.
  7. Investigar fórmulas innovadoras en el campo del acceso al empleo de colectivos con dificultades como jóvenes, personas con discapacidad, mujeres, y personas perceptoras de renta de garantía de ingresos, estudiando fórmulas de colaboración con el mundo de la empresa.
  8.  nnovar en el diseño de políticas de empleabilidad, colaborando con Lanbide-Servicio Vasco de Empleo en la mejora de los canales de mediación y comunicación entre las personas trabajadoras y las empresas.
  9. Observar las políticas de las administraciones públicas en materia de empleo, formación, garantía de ingresos e inclusión social, con especial atención a la estrategia europea y analizando las tendencias del sector a nivel internacional.
  10. Colaborar con el mundo empresarial y educativo, para la investigación en materia de empleo y formación, apoyando la aplicación de soluciones innovadoras en este ámbito.
  11. Analizar la aplicación de los convenios de inclusión activa que las personas desempleadas establezcan con Lanbide-Servicio Vasco de Empleo e investigar sobre sus resultados.
  12. Analizar la coordinación entre el empleo y la formación con el resto de sistemas como la Educación, la Salud o los Servicios Sociales.
  13. Planificar, gestionar, controlar y evaluar las ayudas procedentes del Fondo Social Europeo y de otros fondos europeos relacionados con el empleo y la cohesión social.
  14. Cualquier otra función de naturaleza análoga que permita la planificación innovadora en materia de empleo y formación.

Funciones de carácter general para todas las Direcciones del Departamento

A Las Directoras y los Directores tendrán dependencia directa y jerárquica de la persona titular de la Viceconsejería correspondiente, excepto los Directores o las Directoras de Servicios, de Gabinete y de Comunicación, que la tendrán de la Consejera o del Consejero, correspondiéndoles, con carácter general, el ejercicio de las siguientes competencias:

  1. Ejecutar las resoluciones de la Consejera o del Consejero y de las Viceconsejeras y de los Viceconsejeros, así como ejercitar las competencias que les sean delegadas.
  2. Representar al Departamento por delegación de la Consejera o del Consejero.
  3. Programar, impulsar, dirigir, coordinar y controlar todas las actividades de la Dirección.
  4. Organizar los registros y archivos de expedientes así como los servicios internos y los sistemas de trabajo de la Dirección correspondiente, de acuerdo con las normas establecidas por los órganos competentes y sin perjuicio de las competencias generales atribuidas a la Dirección de Servicios.
  5. Realizar propuestas a los órganos superiores en materia de su competencia.
  6. El estudio y, en su caso, el informe técnico-jurídico de los proyectos de disposiciones normativas, propuestas de Acuerdo de Consejo de Gobierno o convenios a suscribir a iniciativa del Departamento.
  7. Resolver los recursos en los supuestos previstos en la normativa vigente.
  8. Remitir a la Dirección de Servicios la información pertinente sobre los datos estadísticos en materias propias de cada Dirección.
  9. Las funciones asignadas al Departamento en relación con el modelo de presencia de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi en Internet en las materias atribuidas a su Dirección.
  10. Ejercer la potestad sancionadora en el ámbito de su competencia respecto a las faltas tipificadas como leves y graves de acuerdo con la legislación aplicable, salvo atribución expresa a otro órgano.
  11. Definir en su ámbito los objetivos del Plan de Normalización Lingüística en vigor, así como desarrollar y evaluar las iniciativas para alcanzar dichos objetivos llevando a cabo una gestión integrada del euskera en colaboración con las jefaturas de servicio de su Dirección; todo ello bajo la coordinación de la Dirección de Servicios y en colaboración con la Viceconsejería de Política Lingüística.
  12.  Las que les atribuya expresamente el ordenamiento jurídico vigente o tengan el carácter de comunes por venir atribuidas con carácter general a las Directoras o a los Directores del Gobierno.
  13. Definir en su ámbito los objetivos del Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de la Comunidad Autónoma de Euskadi, así como ejecutar y evaluar las acciones e iniciativas para alcanzar dichos objetivos, llevando a cabo una gestión integrada de las políticas en materia de igualdad de mujeres y hombres en colaboración con las jefaturas de servicio de su Dirección; todo ello, bajo la coordinación de la Dirección de Servicios y en colaboración con Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.

Datos de contacto

Dirección

Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
Álava
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CARGOS

Enrique Jose Ramos Vispo
(29/07/2023 - 26/06/2024) Director de Empleo e Inclusión
Francisco Pedraza Moreno
(13/02/2021 - 28/07/2023) Director de Empleo e Inclusión

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A la Dirección de Empleo e Inclusión le corresponde, además de las funciones de carácter general, el ejercicio de las siguientes funciones:

  1. Dirigir la planificación y diseño de los Planes e Iniciativas de Empleo, coordinar su implementación, realizar su seguimiento y evaluar sus resultados e impacto en el empleo.
  2. Realizar investigaciones, estudios, análisis e informes para la innovación en el empleo y la formación, y para la planificación estratégica en materia de formación y empleo, definiendo nuevas perspectivas de relación entre el mercado de trabajo, el empleo y la formación.
  3. Desarrollar proyectos de innovación en el empleo y la formación de forma trasversal con otros Departamentos, administraciones o entidades.
  4. Elaborar propuestas de normativa en materia de Empleo, Formación, Garantía de Ingresos e Inclusión Social.
  5. Coordinarse con el Servicio Vasco de Empleo-Lanbide y llevar a cabo, en su caso, actuaciones de coordinación con otros servicios públicos de empleo.
  6. Analizar y evaluar las tendencias del mercado de trabajo.
  7. Investigar fórmulas innovadoras en el campo del acceso al empleo de colectivos con dificultades como jóvenes, personas con discapacidad, mujeres, y personas perceptoras de renta de garantía de ingresos, estudiando fórmulas de colaboración con el mundo de la empresa.
  8.  nnovar en el diseño de políticas de empleabilidad, colaborando con Lanbide-Servicio Vasco de Empleo en la mejora de los canales de mediación y comunicación entre las personas trabajadoras y las empresas.
  9. Observar las políticas de las administraciones públicas en materia de empleo, formación, garantía de ingresos e inclusión social, con especial atención a la estrategia europea y analizando las tendencias del sector a nivel internacional.
  10. Colaborar con el mundo empresarial y educativo, para la investigación en materia de empleo y formación, apoyando la aplicación de soluciones innovadoras en este ámbito.
  11. Analizar la aplicación de los convenios de inclusión activa que las personas desempleadas establezcan con Lanbide-Servicio Vasco de Empleo e investigar sobre sus resultados.
  12. Analizar la coordinación entre el empleo y la formación con el resto de sistemas como la Educación, la Salud o los Servicios Sociales.
  13. Planificar, gestionar, controlar y evaluar las ayudas procedentes del Fondo Social Europeo y de otros fondos europeos relacionados con el empleo y la cohesión social.
  14. Cualquier otra función de naturaleza análoga que permita la planificación innovadora en materia de empleo y formación.

Funciones de carácter general para todas las Direcciones del Departamento

A Las Directoras y los Directores tendrán dependencia directa y jerárquica de la persona titular de la Viceconsejería correspondiente, excepto los Directores o las Directoras de Servicios, de Gabinete y de Comunicación, que la tendrán de la Consejera o del Consejero, correspondiéndoles, con carácter general, el ejercicio de las siguientes competencias:

  1. Ejecutar las resoluciones de la Consejera o del Consejero y de las Viceconsejeras y de los Viceconsejeros, así como ejercitar las competencias que les sean delegadas.
  2. Representar al Departamento por delegación de la Consejera o del Consejero.
  3. Programar, impulsar, dirigir, coordinar y controlar todas las actividades de la Dirección.
  4. Organizar los registros y archivos de expedientes así como los servicios internos y los sistemas de trabajo de la Dirección correspondiente, de acuerdo con las normas establecidas por los órganos competentes y sin perjuicio de las competencias generales atribuidas a la Dirección de Servicios.
  5. Realizar propuestas a los órganos superiores en materia de su competencia.
  6. El estudio y, en su caso, el informe técnico-jurídico de los proyectos de disposiciones normativas, propuestas de Acuerdo de Consejo de Gobierno o convenios a suscribir a iniciativa del Departamento.
  7. Resolver los recursos en los supuestos previstos en la normativa vigente.
  8. Remitir a la Dirección de Servicios la información pertinente sobre los datos estadísticos en materias propias de cada Dirección.
  9. Las funciones asignadas al Departamento en relación con el modelo de presencia de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi en Internet en las materias atribuidas a su Dirección.
  10. Ejercer la potestad sancionadora en el ámbito de su competencia respecto a las faltas tipificadas como leves y graves de acuerdo con la legislación aplicable, salvo atribución expresa a otro órgano.
  11. Definir en su ámbito los objetivos del Plan de Normalización Lingüística en vigor, así como desarrollar y evaluar las iniciativas para alcanzar dichos objetivos llevando a cabo una gestión integrada del euskera en colaboración con las jefaturas de servicio de su Dirección; todo ello bajo la coordinación de la Dirección de Servicios y en colaboración con la Viceconsejería de Política Lingüística.
  12.  Las que les atribuya expresamente el ordenamiento jurídico vigente o tengan el carácter de comunes por venir atribuidas con carácter general a las Directoras o a los Directores del Gobierno.
  13. Definir en su ámbito los objetivos del Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de la Comunidad Autónoma de Euskadi, así como ejecutar y evaluar las acciones e iniciativas para alcanzar dichos objetivos, llevando a cabo una gestión integrada de las políticas en materia de igualdad de mujeres y hombres en colaboración con las jefaturas de servicio de su Dirección; todo ello, bajo la coordinación de la Dirección de Servicios y en colaboración con Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.

Datos de contacto

Dirección

Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
Álava
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CARGOS

Enrique Jose Ramos Vispo
(29/07/2023 - 26/06/2024) Director de Empleo e Inclusión
Francisco Pedraza Moreno
(13/02/2021 - 28/07/2023) Director de Empleo e Inclusión

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