Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico

Dirección de Aseguramiento y Contratación Sanitarias

ÁREAS / FUNCIONES

La Dirección de Aseguramiento y Contratación Sanitarias realizará, además de las previstas en el artículo 6, las siguientes funciones:

  1. La definición de la estrategia en el ámbito del aseguramiento sanitario público, incluyendo la definición y gestión de las especificaciones de la tarjeta individual sanitaria, como documento acreditativo del aseguramiento público, así como la gestión del registro central de aseguramiento sanitario público de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
  2. El desarrollo de las actuaciones administrativas relacionadas con la gestión de las prestaciones sanitarias.
  3. La elaboración de directrices y criterios generales, de acuerdo con la Viceconsejería de Salud, para el desarrollo de la función de contratación de los servicios sanitarios de acuerdo a su definición estratégica, proponiendo para ello, tanto criterios diferenciados para la asignación de objetivos y recursos económicos a las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, a través de los contratos programa y a otros agentes sanitarios a través de modelos de contratación, como estableciendo planes de contratación generales respecto a las prestaciones que así lo requieran.
  4. La propuesta de la política de precios básica aplicable a la contratación sanitaria.
  5. La ejecución y evaluación de la contratación pública de servicios sanitarios en el ámbito competencial del Departamento de Salud y en estrecha coordinación con el resto de los órganos del Departamento.
  6. El establecimiento de criterios y formulación de propuestas para la aprobación de la cartera de servicios y prestaciones sanitarias de carácter complementario.
  7. La elaboración de criterios para la gestión de pacientes desplazados, de pacientes de Comunidades Autónomas limítrofes y de pacientes transfronterizos o transfronterizas.
  8. Dirigir, impulsar, coordinar y evaluar, en el ámbito competencial del Departamento de Salud, la función de gestión de la Incapacidad Temporal y ser referencia del sistema sanitario público vasco en coordinación con el resto de las entidades y organismos también implicados en el control de esta prestación (Instituto Nacional de la Seguridad Social y Mutuas de Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional).
  9. El establecimiento de criterios y la coordinación de las funciones de la Inspección en relación con las prestaciones sanitarias, en coordinación con otros órganos competentes del Departamento y de Osakidetza/Servicio vasco de salud.
  10. La elaboración de protocolos de actuación y la coordinación con Osakidetza-Servicio vasco de salud para garantizar el cumplimiento de los plazos máximos previstos para el acceso a procedimientos quirúrgicos, consultas y pruebas complementarias.
  11. El establecimiento de criterios de interpretación y aplicación homogénea en materia de autorizaciones previas y reintegro de gastos por asistencia sanitaria.
  12. La tramitación de las solicitudes de reintegro de gastos por asistencia sanitaria y ortoprótesis, así como la resolución de aquellas solicitudes de un importe superior a 25.000 euros. Asimismo, le corresponde la resolución de las reclamaciones previas a la vía judicial en las cuestiones previstas en este apartado.
  13. La elaboración del Catálogo General de Material Ortoprotésico de la Comunidad Autónoma de Euskadi, el establecimiento de criterios de interpretación y aplicación homogénea en materia de prestación ortoprotésica, así como la elaboración de las propuestas de convenios de colaboración con el sector.
  14. La elaboración de informes periciales de los expedientes de Responsabilidad Patrimonial de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
  15. La elaboración de estudios y propuestas de actuación orientados a la mejora de la gestión de los recursos sanitarios adscritos al sistema sanitario de Euskadi.
  16. El estudio, propuesta de regulación y organización de los mecanismos para velar sobre el cumplimiento de los derechos y obligaciones de las personas usuarias del sistema sanitario público vasco respecto de los servicios sanitarios.
  17. La gestión del Registro Vasco de Voluntades Anticipadas, responsabilizándose de los procesos necesarios para la integración de las voluntades anticipadas expresadas por la ciudadanía en su historia clínica, así como de las actuaciones precisas tendentes a garantizar que las referidas voluntades anticipadas puedan ser consultadas por el personal médico que atienda a las personas en el proceso final de su vida, directamente desde el Registro Vasco de Voluntades Anticipadas.
  18. El ejercicio de la potestad inspectora y sancionadora en el ámbito de su competencia con la imposición de sanciones tipificadas como leves y graves, de acuerdo con la legislación aplicable.
  19. La gestión de las actuaciones dirigidas a la tramitación de lo dispuesto en el Decreto 447/2013, de 19 de noviembre por el que se regulan las ayudas destinadas a facilitar la adherencia a los tratamientos médicos prescritos por personal del sistema sanitario de Euskadi.

Datos de contacto

Dirección

Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
Álava

Teléfono/s

Correo/s electrónico/s

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CARGOS

Jaime Ruiz de Eguino Langarica
(04/09/2024 - ) Director de Aseguramiento y Contratación Sanitarias
Frumencio Molinero Gutierrez
(27/06/2024 - 03/09/2024) Director de Aseguramiento y Contratación Sanitarias

ENTIDADES RELACIONADAS

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  1. La definición de la estrategia en el ámbito del aseguramiento sanitario público, incluyendo la definición y gestión de las especificaciones de la tarjeta individual sanitaria, como documento acreditativo del aseguramiento público, así como la gestión del registro central de aseguramiento sanitario público de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
  2. El desarrollo de las actuaciones administrativas relacionadas con la gestión de las prestaciones sanitarias.
  3. La elaboración de directrices y criterios generales, de acuerdo con la Viceconsejería de Salud, para el desarrollo de la función de contratación de los servicios sanitarios de acuerdo a su definición estratégica, proponiendo para ello, tanto criterios diferenciados para la asignación de objetivos y recursos económicos a las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, a través de los contratos programa y a otros agentes sanitarios a través de modelos de contratación, como estableciendo planes de contratación generales respecto a las prestaciones que así lo requieran.
  4. La propuesta de la política de precios básica aplicable a la contratación sanitaria.
  5. La ejecución y evaluación de la contratación pública de servicios sanitarios en el ámbito competencial del Departamento de Salud y en estrecha coordinación con el resto de los órganos del Departamento.
  6. El establecimiento de criterios y formulación de propuestas para la aprobación de la cartera de servicios y prestaciones sanitarias de carácter complementario.
  7. La elaboración de criterios para la gestión de pacientes desplazados, de pacientes de Comunidades Autónomas limítrofes y de pacientes transfronterizos o transfronterizas.
  8. Dirigir, impulsar, coordinar y evaluar, en el ámbito competencial del Departamento de Salud, la función de gestión de la Incapacidad Temporal y ser referencia del sistema sanitario público vasco en coordinación con el resto de las entidades y organismos también implicados en el control de esta prestación (Instituto Nacional de la Seguridad Social y Mutuas de Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional).
  9. El establecimiento de criterios y la coordinación de las funciones de la Inspección en relación con las prestaciones sanitarias, en coordinación con otros órganos competentes del Departamento y de Osakidetza/Servicio vasco de salud.
  10. La elaboración de protocolos de actuación y la coordinación con Osakidetza-Servicio vasco de salud para garantizar el cumplimiento de los plazos máximos previstos para el acceso a procedimientos quirúrgicos, consultas y pruebas complementarias.
  11. El establecimiento de criterios de interpretación y aplicación homogénea en materia de autorizaciones previas y reintegro de gastos por asistencia sanitaria.
  12. La tramitación de las solicitudes de reintegro de gastos por asistencia sanitaria y ortoprótesis, así como la resolución de aquellas solicitudes de un importe superior a 25.000 euros. Asimismo, le corresponde la resolución de las reclamaciones previas a la vía judicial en las cuestiones previstas en este apartado.
  13. La elaboración del Catálogo General de Material Ortoprotésico de la Comunidad Autónoma de Euskadi, el establecimiento de criterios de interpretación y aplicación homogénea en materia de prestación ortoprotésica, así como la elaboración de las propuestas de convenios de colaboración con el sector.
  14. La elaboración de informes periciales de los expedientes de Responsabilidad Patrimonial de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
  15. La elaboración de estudios y propuestas de actuación orientados a la mejora de la gestión de los recursos sanitarios adscritos al sistema sanitario de Euskadi.
  16. El estudio, propuesta de regulación y organización de los mecanismos para velar sobre el cumplimiento de los derechos y obligaciones de las personas usuarias del sistema sanitario público vasco respecto de los servicios sanitarios.
  17. La gestión del Registro Vasco de Voluntades Anticipadas, responsabilizándose de los procesos necesarios para la integración de las voluntades anticipadas expresadas por la ciudadanía en su historia clínica, así como de las actuaciones precisas tendentes a garantizar que las referidas voluntades anticipadas puedan ser consultadas por el personal médico que atienda a las personas en el proceso final de su vida, directamente desde el Registro Vasco de Voluntades Anticipadas.
  18. El ejercicio de la potestad inspectora y sancionadora en el ámbito de su competencia con la imposición de sanciones tipificadas como leves y graves, de acuerdo con la legislación aplicable.
  19. La gestión de las actuaciones dirigidas a la tramitación de lo dispuesto en el Decreto 447/2013, de 19 de noviembre por el que se regulan las ayudas destinadas a facilitar la adherencia a los tratamientos médicos prescritos por personal del sistema sanitario de Euskadi.

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Jaime Ruiz de Eguino Langarica
(04/09/2024 - ) Director de Aseguramiento y Contratación Sanitarias
Frumencio Molinero Gutierrez
(27/06/2024 - 03/09/2024) Director de Aseguramiento y Contratación Sanitarias

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