Departamento de Cultura y Política Lingüística

Normativa

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DECRETO 37/2016, de 8 de marzo, de modificación del Decreto por el que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo del Instituto Vasco de Medicina Legal.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Decreto
  • Órgano emisor: Administración Pública y Justicia
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 62
  • Nº orden: 1396
  • Nº disposición: 37
  • Fecha de disposición: 08/03/2016
  • Fecha de publicación: 04/04/2016

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa
  • Submateria: Departamentos; Función pública

Texto legal

Con fecha 27 de noviembre de 2012, se publica en el Boletín Oficial del País Vasco Decreto 237/2012, de 21 de noviembre, por el que se aprueba las relaciones de puestos de trabajo del Instituto Vasco de Medicina Legal.

La sentencia número 604/2014, de 5 de noviembre de 2014, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (sección tercera) del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el recurso contencioso-administrativo número 1071/2012 interpuesto por la representación de la Confederación Sindical de CC.OO. de Euskadi, declara la disconformidad a derecho del Decreto 237/2012 exclusivamente en lo que atañe a la creación en el Anexo I de dos puestos de trabajo «médico forense/a experta en anatomía patológica», conocimiento específico clave 009.

Mediante auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo se inadmite el recurso de casación interpuesto por la representación de la Confederación Sindical de CC.OO. de Euskadi contra la sentencia 604/2014; resolución que se declara firme.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Administración Pública y Justicia, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 8 de marzo de 2016,

Contra el presente Decreto que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación.

El presente Decreto entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 8 de marzo de 2016.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

El Consejero de Administración Pública y Justicia,

JOSU IÑAKI ERCORECA GERVASIO.

(Véase el .PDF)