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DECRETO 231/2015, de 22 de diciembre, de segunda modificación del Decreto por el que se establece la estructura orgánica y funcional de Lehendakaritza.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Decreto
  • Órgano emisor: Lehendakaritza
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 247
  • Nº orden: 5462
  • Nº disposición: 231
  • Fecha de disposición: 22/12/2015
  • Fecha de publicación: 29/12/2015

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa
  • Submateria: Gobierno y Administración Pública; Departamentos

Texto legal

Por Decreto 187/2013, de 9 de abril, se establece la estructura orgánica y funcional de Lehendakaritza. Una estructura que se ha visto modificada por el Decreto 12 /2014, de 11 de febrero.

Con posterioridad, mediante la Ley 4/2014, de 27 de noviembre, se ha creado el Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos, como un organismo autónomo de carácter administrativo integrado en la Administración institucional de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que está dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, para la realización en régimen de descentralización de la actuación administrativa correspondiente al desarrollo de la política pública consistente en la garantía, impulso y desarrollo de los derechos humanos, promoción de la memoria y en el progreso y desarrollo de la convivencia democrática.

El artículo 1.3 de la precitada Ley establece que el Instituto se adscribe al Departamento de la Administración General que tenga atribuida la responsabilidad y funciones relativas al impulso de la política pública de memoria y convivencia, en la forma que determine el Decreto que establezca su estructura orgánica.

Atendiendo al actual reparto competencial fijado por el Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, y al contenido del Decreto 187/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional de Lehendakaritza, el área de impulso de la política de memoria y convivencia se encuentra atribuida a la Secretaría General para la Paz y la Convivencia, de Lehendakaritza.

En consecuencia, procede acometer la modificación del Decreto 187/2013, de 9 de abril, a los efectos de adscribir el Instituto a Lehendakaritza, a través de la citada Secretaría General. Asimismo, resulta necesaria la supresión de las competencias hasta ahora atribuidas a la Dirección de Víctimas y Derechos Humanos en materia de memoria histórica a los efectos de evitar duplicidades entre las competencias de la citada Dirección y del Instituto.

En su virtud, a propuesta de Lehendakaritza, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 22 de diciembre de 2015,

  1. El organismo autónomo administrativo Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos está adscrito a Lehendakaritza-Presidencia del Gobierno a través de la Secretaría General para la Paz y la Convivencia, en los términos establecidos por la Ley 4/2014, de 27 de noviembre, de creación del mismo. A este organismo corresponde la actuación administrativa referida al desarrollo de la política pública consistente en la garantía, impulso y desarrollo de los derechos humanos, promoción de la memoria y en el progreso y desarrollo de la convivencia democrática.

  1. Promover la solidaridad con las víctimas y su reconocimiento público y social, extendiendo la cultura a favor de la paz, el respeto a los derechos humanos y las libertades.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 22 de diciembre de 2015.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

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