Departamento de Cultura y Política Lingüística

Normativa

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CORRECCIÓN DE ERRORES del Decreto 57/2015, de 5 de mayo, de la composición y régimen de funcionamiento de las Comisiones de coordinación policial de ámbito local.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Decreto
  • Órgano emisor: Seguridad
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 92
  • Nº orden: 2181
  • Nº disposición: 57
  • Fecha de disposición: 05/05/2015
  • Fecha de publicación: 20/05/2015

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa; Seguridad y justicia
  • Submateria: Gobierno y Administración Pública; Interior; Institucional

Texto legal

El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, sobre el Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Dirección de la Secretaria del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.

Advertido un error de dicha índole en el texto en euskera del Decreto 57/2015, de 5 de mayo, de la composición y régimen de funcionamiento de las Comisiones de coordinación policial de ámbito local, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 85, de 11 de mayo de 2015, se procede a su corrección:

En la página 2015/2023 (4/2), en los apartados e) y f) del artículo 4.1, donde dice:

  1. artikulua. Eskualdeko polizia-koordinaziorako batzordeen osaera.

  1. Eskualdeko polizia-koordinaziorako batzordeek kide hauek izango dituzte:

    (...)

    1. Ertzain-etxeko Herritarren Babeserako burua. Ordezkoa: Ertzainetxeko Ikerketako burua.

    2. Titularra: Ertzainetxeko Ikerketako burua.

debe decir:

  1. artikulua. Eskualdeko polizia-koordinaziorako batzordeen osaera.

  1. Eskualdeko polizia-koordinaziorako batzordeek kide hauek izango dituzte:

    (...)

    1. Ertzain-etxeko Herritarren Babeserako burua.

    2. Ertzainetxeko Ikerketako burua.

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