Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno

Conoce la Dirección de Tecnologías de la Información y la Comunicación del Gobierno Vasco

La nueva Dirección de Tecnologías de la Información y la Comunicación del Gobierno Vasco (DTIC) [anteriormente, Dirección de Informática y Telecomunicaciones —DIT—] forma parte de la nueva estructura definida en el Modelo de Gestión de las Tecnologías de la Información y la Comunicación en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, siendo sus funciones más significativas las siguientes:

  1. Asistencia y apoyo a la Comisión Estratégica TIC.
  2. Elaborar la proposición de Plan Estratégico TIC que deba ser remitida al Consejo de Gobierno conforme a las reglas de elaboración y plazos establecidos por la Comisión Estratégica TIC.
  3. Recabar las necesidades y expectativas de las diferentes partes interesadas, así como las cuestiones internas y externas pertinentes para la planificación estratégica TIC y realizar su seguimiento y evaluación continuos, realizando el análisis de los riesgos y oportunidades que es necesario abordar para asegurar el logro y mejora continua.
  4. Recabar de los diferentes departamentos y entidades del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi la relación de servicios TIC utilizados para su clasificación según su oportunidad de convergencia.
  5. Aprobar un acuerdo de estandarización de bienes y servicios TIC que responda a las necesidades del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, identificando las condiciones técnicas uniformes y racionalizando la inversión en infraestructuras tecnológicas y servicios.
  6. Definir y aprobar la estrategia en cuanto a almacenamiento, gestión, valorización y utilización de los datos.
  7. Proponer al Consejo de Gobierno el Acuerdo por el que se aprueba el Encargo para la gestión y prestación unificada de los servicios TIC recurrentes, así como sus contraprestaciones económicas; y gestionar los programas presupuestarios multidepartamentales que se hayan previsto, así como el seguimiento y control de los niveles de servicio requeridos.
  8. Suscribir los encargos a celebrar con los medios propios personificados de las entidades integrantes del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi de cualquier otro servicio TIC de interés estratégico y prioritario de informatización y digitalización de los servicios de la Administración de la Comunidad Autónoma de acuerdo al Plan Estratégico TIC.

Para más información, pueden consultar el siguiente Decreto:

“DECRETO 36/2020, de 10 de marzo, por el que se regula el Modelo de Gestión de las Tecnologías de la Información y la Comunicación en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de Euskadi”
[BOPV Nº 51 – viernes, 13 de marzo de 2020]
Texto del Decreto 36/2020 en formato PDF
Texto del Decreto 36/2020 en Legegunea

CORRECCIÓN DE ERRORES del Decreto 36/2020, de 10 de marzo, por el que se regula el Modelo de Gestión de las Tecnologías de la Información y la Comunicación en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
[BOPV Nº 93 - lunes, 18 de mayo de 2020]
Corrección de errores en formato PDF

 

Fecha de última modificación: