Conoce la DAEM

¿Qué es la Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología (DAEM)?

La Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología (DAEM) nace como consecuencia del proceso de fusión de las Direcciones de Atención de Emergencias y Protección Civil, por un lado, y Meteorología y Climatología, por otro, culminado en el año 2010 tras la incorporación de esta última al Departamento de Interior, actualmente Departamento de Seguridad.

Actualmente, la mayor vulnerabilidad de las sociedades, sobre todo las avanzadas, se centra en su gran dependencia meteorológica, debido fundamentalmente a su creciente número de infraestructuras y a un sistema de vida "just in time" en el que los fenómenos meteorológicos adversos ostentan un protagonismo negativo. Dicho protagonismo aumenta día a día, lo que provoca que el ratio de inversión en meteorología/beneficio a la sociedad, sea uno de los más elevados y conocidos en las inversiones públicas, siendo mayor cuanto más extremo sea el fenómeno adverso en cuestión.

El motivo por el que ambas direcciones se han fusionado responde a la necesidad de aunar esfuerzos con el fin de disminuir el negativo impacto de los citados fenómenos meteorológicos adversos para lo cual se trabaja conjuntamente en la prevención de sus efectos mediante la mejora de los sistemas de alerta temprana, modelización y seguimiento.

Desde un punto de vista meteorológico, la DAEM ha continuado con el desarrollo de sistemas de captación de datos en tiempo real (estaciones meteorológicas, oceano-meteorológicas, hidro-meteorológicas, radares meteorológicos, radares de aire limpio, radares costeros, sensores de detección de rayos...) ya que disponer de información al instante de lo que está ocurriendo en el momento preciso constituye una herramienta fundamental tanto para abordar las situaciones de meteorología adversa, como a la hora de ofrecer información de interés general a todo tipo de usuarios.

Toda esta información en tiempo real se pone a disposición de Instituciones y Usuarios públicos y privados para que pueda ser utilizada por toda la Sociedad a través de la web www.euskalmet.euskadi.eus, una de las más visitadas de toda la Comunidad autónoma del País Vasco. Además, es importante destacar que la visibilidad meteorológica y climática de la DAEM hacia el exterior se realiza a través de la marca "Euskalmet".

Además, desde la DAEM, se sigue fomentando tanto la investigación, como la colaboración con otras instituciones, entre las que se pueden citar las Diputaciones Forales, URA, EVE, Ayuntamientos, Consorcios de Aguas, etc.

Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología

ÁREAS / FUNCIONES

  1. Corresponde a la Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología, en el ámbito de la protección civil y emergencias, la ejecución y el cumplimiento de las misiones y competencias del Departamento de Seguridad en tales materias. Concretamente, le corresponde:
    1. Elaborar, implantar, revisar y actualizar los planes de protección civil de la competencia del Gobierno Vasco, así como cooperar con otras administraciones, a través de los instrumentos previstos en el ordenamiento, en el impulso y redacción de otros planes de emergencia que afecten al territorio de Euskadi.
    2. Elaborar y mantener el inventario y mapa de riesgos presentes en Euskadi.
    3. Coordinar la red de información y alerta de protección civil.
    4. Gestionar el registro de planes de autoprotección de Euskadi; promover y divulgar la autoprotección, y realizar, en colaboración con otras instituciones, programas de información a la población sobre riesgos y formas de responder ante emergencias.
    5. Realizar prácticas y simulacros de emergencia dentro del marco de las competencias del Gobierno Vasco.
    6. Gestionar el Centro de Coordinación de Emergencias de Euskadi y el servicio telefónico de atención de urgencias 1-1-2.
    7. Elaborar las tácticas operativas y dirigir las actuaciones para su tratamiento y la coordinación de los recursos operativos.
    8. Fomentar la disponibilidad de medios y recursos de respuesta a situaciones de emergencia.
    9. Promocionar la creación de redes de apoyo a los servicios de emergencias y protección civil mediante la colaboración ciudadana en organizaciones de voluntariado.
    10. Impulsar el desarrollo de los currículos formativos de los diferentes niveles profesionales de la gestión de emergencias, así como promover su cualificación profesional mediante la creación recursos didácticos y la colaboración con la Academia Vasca de Policía y Emergencias.
    11. Desarrollar las medidas necesarias para garantizar la atención ante incidentes en aguas territoriales correspondientes al litoral marítimo, y la ejecución de la legislación en materia de salvamento marítimo.
    12. Ejercer la potestad sancionadora en materia de protección civil y emergencias en los términos previstos en dicha normativa.
  2. En el ámbito de la meteorología le corresponde, a través de la agencia vasca de meteorología adscrita a esta Dirección:
    1. Planificar y coordinar los servicios meteorológicos de titularidad propia y sus infraestructuras, así como la red océano-hidro-meteorológica y de la calidad de información de la red.
    2. Vigilar el tiempo atmosférico y efectuar el análisis y predicción meteorológica.
    3. Elaborar y gestionar la información meteorológica oficial y desarrollar productos de información meteorológica destinados a servicios públicos como protección civil o seguridad vial, u otros productos específicos para sectores y actividades económicas específicas en los que la meteorología tenga especial relevancia.

Funciones de carácter general para todas las Direcciones del Departamento

Al frente de cada una de las Direcciones del Departamento habrá un Director o Directora, a los que, con carácter general, les corresponderá:

  1. Desarrollar las políticas de gestión pública correspondientes a sus áreas de actuación, acometiendo los planes y programas a realizar.
  2. Desplegar los objetivos asignados a sus áreas de actuación, asignando actividades y responsabilidades, controlando logros y estableciendo las correcciones necesarias en la gestión.
  3. Proponer la organización operativa de sus áreas de actuación y definir los sistemas internos de trabajo.
  4. Programar, impulsar, dirigir, coordinar y supervisar las actividades de sus áreas de actuación.
  5. Mantener las relaciones necesarias para articular la concurrencia de sus áreas de actuación con otras en un procedimiento.
  6. La resolución de los recursos en los supuestos previstos en la normativa vigente.
  7. Definir, en su ámbito, los objetivos del Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de la Comunidad Autónoma de Euskadi, así como ejecutar y evaluar las acciones e iniciativas para alcanzar dichos objetivos, llevando a cabo una gestión integrada de las políticas en materia de igualdad de mujeres y hombres en colaboración con las jefaturas de servicio de su Dirección; todo ello, bajo la coordinación de las funciones atribuidas a la Dirección de Gabinete del Vicelehendakari Primero y Consejero de Seguridad y en colaboración con Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.
  8. Definir, en su ámbito, los objetivos del Plan de Normalización Lingüística en vigor, así como desarrollar y evaluar las iniciativas para alcanzar dichos objetivos, llevando a cabo una gestión integrada del euskera en colaboración con las jefaturas de servicio de su Dirección; todo ello, bajo la coordinación de la Viceconsejería de Administración y Servicios y en colaboración con la Viceconsejería de Política Lingüística.
  9. Analizar y proponer criterios lingüísticos en las convocatorias de subvenciones, en el marco de las medidas de promoción del uso del euskera que correspondan al Departamento y hacer seguimiento de los mismos en los campos de actuación de la Dirección, tales como: criterios de traducción, formación general continua del personal, nombramientos oficiales y eventos públicos organizados por el Departamento.
    La contratación pública ha de desarrollarse de acuerdo con las instrucciones y principios aprobados por Consejo de Gobierno en el Acuerdo de fecha 26 de abril de 2016, por el que se aprueban las Instrucciones por las que se establecen los principios generales para la incorporación del uso y del conocimiento del euskera en la contratación incluida en el ámbito de la legislación de contratos del sector público que se lleve a cabo por la Administración Pública de la CAE.
  10. No obstante las facultades que corresponden al Director/a de Gestión Económica y Recursos Generales en materia de autorización de gasto y contratación, los Directores o Directoras serán competentes, dentro del régimen de fondos anticipados vigente, para la autorización y aprobación de los gastos de funcionamiento necesarios que en sus correspondientes áreas procedan.
  11. Cualesquiera otras funciones que les atribuya el ordenamiento jurídico vigente o tengan el carácter de comunes por venir atribuidas con carácter general a los Directores o las Directoras del Gobierno.

Datos de contacto

Dirección

Portal de Foronda, 41
01010 Vitoria-Gasteiz
Álava

Teléfono/s

Correo/s electrónico/s

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CARGOS

Joseba M. Zorrilla Ibañez
(20/01/2024 - 26/06/2024) Director de Atención de Emergencias y Meteorología

ENTIDADES RELACIONADAS

Entidades superiores

Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología

ÁREAS / FUNCIONES

  1. Corresponde a la Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología, en el ámbito de la protección civil y emergencias, la ejecución y el cumplimiento de las misiones y competencias del Departamento de Seguridad en tales materias. Concretamente, le corresponde:
    1. Elaborar, implantar, revisar y actualizar los planes de protección civil de la competencia del Gobierno Vasco, así como cooperar con otras administraciones, a través de los instrumentos previstos en el ordenamiento, en el impulso y redacción de otros planes de emergencia que afecten al territorio de Euskadi.
    2. Elaborar y mantener el inventario y mapa de riesgos presentes en Euskadi.
    3. Coordinar la red de información y alerta de protección civil.
    4. Gestionar el registro de planes de autoprotección de Euskadi; promover y divulgar la autoprotección, y realizar, en colaboración con otras instituciones, programas de información a la población sobre riesgos y formas de responder ante emergencias.
    5. Realizar prácticas y simulacros de emergencia dentro del marco de las competencias del Gobierno Vasco.
    6. Gestionar el Centro de Coordinación de Emergencias de Euskadi y el servicio telefónico de atención de urgencias 1-1-2.
    7. Elaborar las tácticas operativas y dirigir las actuaciones para su tratamiento y la coordinación de los recursos operativos.
    8. Fomentar la disponibilidad de medios y recursos de respuesta a situaciones de emergencia.
    9. Promocionar la creación de redes de apoyo a los servicios de emergencias y protección civil mediante la colaboración ciudadana en organizaciones de voluntariado.
    10. Impulsar el desarrollo de los currículos formativos de los diferentes niveles profesionales de la gestión de emergencias, así como promover su cualificación profesional mediante la creación recursos didácticos y la colaboración con la Academia Vasca de Policía y Emergencias.
    11. Desarrollar las medidas necesarias para garantizar la atención ante incidentes en aguas territoriales correspondientes al litoral marítimo, y la ejecución de la legislación en materia de salvamento marítimo.
    12. Ejercer la potestad sancionadora en materia de protección civil y emergencias en los términos previstos en dicha normativa.
  2. En el ámbito de la meteorología le corresponde, a través de la agencia vasca de meteorología adscrita a esta Dirección:
    1. Planificar y coordinar los servicios meteorológicos de titularidad propia y sus infraestructuras, así como la red océano-hidro-meteorológica y de la calidad de información de la red.
    2. Vigilar el tiempo atmosférico y efectuar el análisis y predicción meteorológica.
    3. Elaborar y gestionar la información meteorológica oficial y desarrollar productos de información meteorológica destinados a servicios públicos como protección civil o seguridad vial, u otros productos específicos para sectores y actividades económicas específicas en los que la meteorología tenga especial relevancia.

Funciones de carácter general para todas las Direcciones del Departamento

Al frente de cada una de las Direcciones del Departamento habrá un Director o Directora, a los que, con carácter general, les corresponderá:

  1. Desarrollar las políticas de gestión pública correspondientes a sus áreas de actuación, acometiendo los planes y programas a realizar.
  2. Desplegar los objetivos asignados a sus áreas de actuación, asignando actividades y responsabilidades, controlando logros y estableciendo las correcciones necesarias en la gestión.
  3. Proponer la organización operativa de sus áreas de actuación y definir los sistemas internos de trabajo.
  4. Programar, impulsar, dirigir, coordinar y supervisar las actividades de sus áreas de actuación.
  5. Mantener las relaciones necesarias para articular la concurrencia de sus áreas de actuación con otras en un procedimiento.
  6. La resolución de los recursos en los supuestos previstos en la normativa vigente.
  7. Definir, en su ámbito, los objetivos del Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres de la Comunidad Autónoma de Euskadi, así como ejecutar y evaluar las acciones e iniciativas para alcanzar dichos objetivos, llevando a cabo una gestión integrada de las políticas en materia de igualdad de mujeres y hombres en colaboración con las jefaturas de servicio de su Dirección; todo ello, bajo la coordinación de las funciones atribuidas a la Dirección de Gabinete del Vicelehendakari Primero y Consejero de Seguridad y en colaboración con Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer.
  8. Definir, en su ámbito, los objetivos del Plan de Normalización Lingüística en vigor, así como desarrollar y evaluar las iniciativas para alcanzar dichos objetivos, llevando a cabo una gestión integrada del euskera en colaboración con las jefaturas de servicio de su Dirección; todo ello, bajo la coordinación de la Viceconsejería de Administración y Servicios y en colaboración con la Viceconsejería de Política Lingüística.
  9. Analizar y proponer criterios lingüísticos en las convocatorias de subvenciones, en el marco de las medidas de promoción del uso del euskera que correspondan al Departamento y hacer seguimiento de los mismos en los campos de actuación de la Dirección, tales como: criterios de traducción, formación general continua del personal, nombramientos oficiales y eventos públicos organizados por el Departamento.
    La contratación pública ha de desarrollarse de acuerdo con las instrucciones y principios aprobados por Consejo de Gobierno en el Acuerdo de fecha 26 de abril de 2016, por el que se aprueban las Instrucciones por las que se establecen los principios generales para la incorporación del uso y del conocimiento del euskera en la contratación incluida en el ámbito de la legislación de contratos del sector público que se lleve a cabo por la Administración Pública de la CAE.
  10. No obstante las facultades que corresponden al Director/a de Gestión Económica y Recursos Generales en materia de autorización de gasto y contratación, los Directores o Directoras serán competentes, dentro del régimen de fondos anticipados vigente, para la autorización y aprobación de los gastos de funcionamiento necesarios que en sus correspondientes áreas procedan.
  11. Cualesquiera otras funciones que les atribuya el ordenamiento jurídico vigente o tengan el carácter de comunes por venir atribuidas con carácter general a los Directores o las Directoras del Gobierno.

Datos de contacto

Dirección

Portal de Foronda, 41
01010 Vitoria-Gasteiz
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Joseba M. Zorrilla Ibañez
(20/01/2024 - 26/06/2024) Director de Atención de Emergencias y Meteorología

ENTIDADES RELACIONADAS

Entidades superiores

Servicios que suministra la DAEM

Algunos de los servicios e información que la DAEM pone al servicio de la ciudadanía, empresas y administraciones son:

  • Servicio Web a través de wwww.euskalmet.euskadi.eus que incluye entre otras las siguientes informaciones:
    • Pronósticos generales, por comarcas y por pueblos actualizados cada 12 horas.
    • Pronóstico diario de mar.
    • Pronósticos a medio plazo.
    • Pronósticos automáticos por horas de rayos ultravioletas, estado de la mar, mapas de precipitación, temperatura...
    • Mapas de lluvia y temperaturas en tiempo real.
    • Información de precipitación en tiempo real, a partir de información de radar y de las estaciones meteorológicas..
    • Información de corrientes superficiales de la mar en tiempo real.
    • Información de parámetros meteorológicos y oceanográficos en boyas y plataformas costeras en tiempo real.
    • Rayos detectados mezclados con información del radar meteorológico también en tiempo real.
    • Otras muchas informaciones.
  • AVISOS, ALERTAS y ALARMAS por meteorología adversa.
  • Información radiofónica, con más de 50 intervenciones diarias en la práctica totalidad de las radios de la Comunidad.
  • Webs privadas y orientadas a usuarios de emergencias y relacionados (Vialidad invernal, inundaciones, riesgo meteorológico de incendios forestales, etc.).
  • Twitter a través de @Euskalmet informando con carácter general como en situaciones de emergencia.
  • Certificaciones a particulares, compañías de seguros, juzgados...
  • Suministro masivo de datos a estudiantes, fábricas, asesorías, consultoras...
  • Información masiva a través del Portal OpenData de Euskadi.eus.

Algunas de las colaboraciones que tiene la DAEM:

  • Colaboraciones con las Diputaciones Forales de Bizkaia, de Gipuzkoa y de Álava en materia de una red hidro-meteorológica.
  • Colaboración con el Departamento de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente en materia de intercambio, incluyendo una colaboración muy estrecha con la Agencia Vasca del Agua (URA) en materia de redes hidro-meteorológicas, sistema de avisos tempranos por temas de inundaciones, minimización de afecciones por inundaciones...
  • Colaboración con el Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián, Puerto de Pasaia y Sociedad Oceanográfica de Donostia-San Sebastián en materia de plataformas océano-meteorológicas.
  • Colaboración con el Departamento de Industria del Gobierno Vasco en temas de I+D+i en meteorología, así como en la red radiológica.
  • Colaboración con Tráfico del Gobierno Vasco, Ertzaintza, Mantenimiento de Carreteras de las Diputaciones Forales, Autopistas… en materia de Vialidad Invernal.
  • Colaboración con Sanidad del Gobierno Vasco, Osakidetza, Bienestar Social de las Diputaciones Forales... en materia de canículas y calores persistentes para la tercera edad, pólenes, etc.
  • Colaboración con AZTI-Tecnalia, Tecnalia-Meteo, Empresas, Universidades... en materias de I+D+i (oceanografía, meteorología, cllimatología..).
  • Participación en proyectos transfronterizos y europeos, LOREA, IBI-Roos, MAREA, etc.

Algunas de las infraestructuras con las que cuenta la DAEM:

  • Red Hidro-Meteorológica del País Vasco, la cuál consta de más de 120 estaciones conectadas en tiempo real. Están gestionadas conjuntamente por las Diputaciones Forales, URA y la DAEM. Miden tanto parámetros meteorológicos, como alturas (caudales) de los ríos, así como parámetros fisico-químicos del agua de los ríos. El número de sensores conectados a cada estación es muy variable, habiendo desde estaciones que sólamente miden parámetros meteorológicos, hasta otras que miden parámetros hidrológicos.
  • Radar meteorológico de Kapildui. Es un radar Doppler y dual. Realiza volúmenes de escaneo de toda la atmósfera cada 10 minutos, uno con un radio de 100km y el otro de 300km. Su función principal es medir la distribución espacial y temporal de la precipitación.
  • Radar de alta frecuencia costero. Consta de dos estaciones (Matxitxako e Higer) y mide las corrientes superficiales marinas en el golfo de Bizkaia.
  • Plataformas océano-meteorológicas en seis puertos de la Comunidad Autónoma Vasca. Miden cada 10 minutos tanto parámetros oceanográficos, como meteorológicos. Miden cada 10 minutos tanto parámetros meteorológicos y cada hora parámetros oceanográficos.
  • Boyas de Aguas profundas. Fondeadas a 600 m de profundidad, miden cada hora parámetros oceanográficos y meteorológicos a la altura de Donostia-San Sebastián.
  • Red de detección de descargas eléctricas atmosféricas. Consta de cuatro estaciones repartidas por Euskadi que miden en el espectro de la muy baja frecuencia (VLF), en colaboración con la red europea de LINET. Nos dan en tiempo real información de rayos.
  • Lanzador de globosondas meteorológicas automático. Situado en Arteaga-Gautegiz, en el Bird International Center, tiene como función lanzar globosondas que miden a las distintas alturas de la atmósfera la temperatura, la humedad, la presión y el viento existente para mejorar el conocimiento meteorológico y la predicción meteorológica.
  • Red de disdrómetros. Sistema de medición de gotas, copos y granizos de forma que da la velocidad, la distribución de tamaños y sus velocidades en un punto determinado. Sirven para saber la precipitación, el tipo de la misma y para afinar los resultados del radar meteorológico.

Dirección de Atención de Emergencias y Meteorología

c/ Portal de Foronda, 41
01010 – Vitoria - Gasteiz
Tf: 945 06 44 77 – Fax: 945 06 44 49