Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad

Actividades Potencialmente Contaminadoras de la Atmósfera: Notificación

Descripción


Las instalaciones que desarrollen sólo actividades catalogadas en el grupo C o actividades sin grupo "-" cuya suma alcanza los umbrales para ser actividad C, que no son potencialmente tan contaminantes como las A y B, tienen que realizar una notificación de sus APCA, que incluye memoria comprobada por ECA y con una declaración responsable, y una medición de las emisiones en chimenea por una entidad de colaboración con la administración acreditada y registrada para asegurar que cumplen los límites de emisión a la atmósfera que les aplican.

En el caso de que en la instalación se desarrollen actividades de grupo "-" (2) o "-" (5), es posible que sea necesaria una notificación APCA. Se realizará una consulta previa para conocer el trámite requerido, facilitando la información necesaria para que el órgano ambiental establezca el régimen administrativo de la instalación.

En todo caso, la instalación deberá analizar si queda sometida a autorización ambiental única por el desarrollo de otras actividades del anexo I.B. de la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de administración ambiental. Si es así, deberá solicitar dicha AAU (Autorización ambiental única). Si no está sometida a Autoriazión Ambiental Única debe tramitar la notificación APCA.

Las instalaciones sujetas a notificación deben, cada cinco años, realizar controles de sus emisiones con una Entidad de Control Ambiental.

Una vez registradas, las ICM grupo C de instalaciones sometidas a notificación APCA deben controlar su emisiones al menos una vez cada 3 años, la periodicidad que establece el Real Decreto 1042/2017.

En el caso de que se incumpla algún límite de emisión, se deberá comunicar.

Hay ciertos casos en las que las instalaciones sujetas a notificación pueden estar exentas de realizar sus controles de emisiones (ni informe ECA inicial, ni informe ECA periódico):

  • ninguna de las actividades tenga foco canalizado o
  • todas las emisiones son no sistemáticas o
  • se tramite la modificación de una notificación anteriormente presentada, que no suponga la incorporación de un nuevo foco de emisión

Notificar una instalación que requiere informe ECA inicial

Los contaminantes a medir y los límites de aplicación para estas instalaciones son los indicados en el anexo al Decreto 833/1975 y en el documento Contaminantes a controlar en instalaciones sometidas a Notificación APCA (PDF, 51 KB) 


Notificar una instalación que no requiere informe ECA inicial o su modificación

Cuando no sea precisa la realización de controles de emisión de contaminantes o bien porque las actividades notificadas por la instalación no estén asociadas con focos confinados o bien porque están asociadas a focos confinados con un régimen de funcionamiento no sistemático, no será necesario presentar informe ECA inicial para la notificación. 


Presentar un informe ECA periódico

Las instalaciones APCA deben realizar los controles de sus emisiones a la atmósfera en la periodicidad establecida en su programa de vigilancia atmosférico.

En caso de que en la medición se detectase un incumplimiento de los valores límite de emisión, es responsabilidad de la instalación APCA comunicar el incumplimiento, junto con un plan de acciones correctoras a tomar (ver trámite “Comunicar un incumplimiento”)


Comunicar un incumplimiento y enviar el Plan de acción

Cuando el titular de una instalación detecte el incumplimiento de alguno de los valores límite de emisión establecidos en el PVA, deberá tomar las medidas correctoras necesarias sin demora y ponerlo en conocimiento inmmediato del órgano ambiental.

Organismos


Organismo que gestiona

  • Industria, Transición Energética y Sostenibilidad / Viceconsejería de Sostenibilidad Ambiental > Dirección de Calidad Ambiental y Economía Circular

Organismo que resuelve

  • Industria, Transición Energética y Sostenibilidad / Viceconsejería de Sostenibilidad Ambiental > Dirección de Calidad Ambiental y Economía Circular

Información de contacto


Datos de contacto

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código(s)

  • Notificar una instalación que requiere informe ECA inicial: 1036901
  • Notificar una instalación que no requiere informe ECA inicial o su modificación: 1036902
  • Presentar un informe ECA periódico: 0117604
  • Comunicar un incumplimiento y enviar el Plan de acción: 0117605
  • Realizar otra comunicación: 0117609

Comunicación a la Administración


  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital.
  3. Acceda al formulario online mediante el siguiente botón y rellene los datos de la solicitud.

Comunicación a la Administración


  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital.
  3. Acceda al formulario online mediante el siguiente botón y rellene los datos de la solicitud.

Comunicación a la Administración


  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital.
  3. Acceda al formulario online mediante el siguiente botón y rellene los datos de la solicitud.

Comunicación a la Administración


  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital.
  3. Acceda al formulario online mediante el siguiente botón y rellene los datos de la solicitud.

Comunicación a la Administración


  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital.
  3. Acceda al formulario online mediante el siguiente botón y rellene los datos de la solicitud.