Departamento de Salud

Comunicaciones relativas a Áreas Recreativas de Agua

Descripción


Procedimientos para las comunicaciones relativas a Áreas Recreativas de Agua, incluyendo la comunicación de apertura, reapertura/modificación y cierre definitivo. Se consideran Áreas Recreativas de Agua (ARA) los elementos constructivos con o sin vaso, con recirculación y sistema de tratamiento de agua que tienen por objeto un uso lúdico donde el agua entra en contacto con la persona usuaria. Podrán ser de uso público o privado. Pueden ser fuentes de chorros que surgen del suelo en una zona abierta en la vía pública o bien instalaciones con juegos de agua. Se denominan conjuntos de juegos de agua (CJA) todos los elementos o juegos acuáticos que forman parte de un solo circuito de tratamiento del agua.


  • Real Decreto 487/2022, de 21 de junio, por el que se establecen los requisitos sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis.
    • Artículo 3. Ámbito de aplicación.
      • 1. Las medidas contenidas en este real decreto se aplicarán a las instalaciones que puedan ser susceptibles de convertirse en focos de exposición humana a la bacteria y, por tanto, de propagación de la enfermedad de la legionelosis durante su funcionamiento, pruebas de servicio o mantenimiento, tales como las descritas en el anexo I.
        • ANEXO I Relación no exhaustiva de instalaciones y equipos
          • 7. Sistemas de agua climatizada o con temperaturas similares a las climatizadas (≥ 24 ºC) y aerosolización con/sin agitación y con/sin recirculación a través de chorros de alta velocidad o la inyección de aire, vasos de piscinas polivalente con este tipo de instalaciones, vasos de piscinas con dispositivos de juego, zonas de juegos de agua, setas, cortinas, cascadas, entre otras.
          • 15. Cualquier otra instalación que utilice agua en su funcionamiento y produzca o sea susceptible de producir aerosoles que puedan suponer un riesgo para la salud de la población.

A quién va dirigido


Titulares y gestores de instalaciones de Áreas Recreativas de agua (o sus representantes)

Información de contacto


Datos de contacto

ALAVA

BIZKAIA

GIPUZKOA

 

 

 

Subdirección de Salud Pública de Alava

Subdirección de Salud Pública de Bizkaia

Subdirección de Salud Pública de Gipuzkoa

C/ Santiago, 11. 01004 VITORIA-GASTEIZ

C/ Alameda Rekalde, 39 A 48008 BILBAO

Avda. Navarra, 4. 20013 DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN

Tfno.: 945-01.71.68

Tfno: 944 031 539

Tfno.: 943 022 738 Fax.: 943 022 701

 

 

 

 Centro Comarcal Araba Rural

Centro Comarcal Uribe Costa

Centro Comarcal Tolosa/Goierri

 

C/ Santiago, 11 01004 Vitoria-Gasteiz

Plaza Ikeabarri, 1-2ª 48940 LEIOA (BIZKAIA)

Avda. Navarra, 6. 20400 TOLOSA (GIPUZKOA)

 Tfno: 945-01.71.66 

Tlfno.: 944 032 921

Tlfno.: 943 024 024 . Fax: 943 024 023

 

 

 

 Centro Comarcal Ayala

Centro Comarcal Lea-Artibai

Centro Comarcal Urola

 

Motxotekale, 6 01400 Laudio/Llodio

C/ Udetxea Jauregia Iturburu 4. 48300 GERNIKA (BIZKAIA)

C/ Salbide 10, sotano. 20800 ZARAUTZ (GIPUZKOA)

 Tfno: 945-06.22.20 

Tlfno.: 944 032 880

Tlfno.: 943 023 147 / 943 023 156

 

 

 

 Centro Comarcal Rioja Alavesa

Comarca Interior de Salud Pública

Centro Comarcal Alto Deba

 

C/ Fueros, 6 01320 Oyón-Oion

C/ Alameda Rekalde, 39 A 48008 BILBAO

Otaola hiribidea 6, sótano 1. EIBAR  (Hospital Eibar)(GIPUZKOA)

 Tfno: 945-06.22.18 

Tfno: 944 032 820

Tlfno.: 943 024 059 Fax.: 943 024 059

 

 

 

 

Centro Comarcal Margen Izquierda-Encartaciones

Centro Comarca Bidasoa

 

C/ Barrengoitia, 9-1º. 48920 PORTUGALETE(BIZKAIA)

Avda. Navarra, 41-3º . 20302 IRUN (GIPUZKOA)

 

Tlfno.: 944 032 450

Tlfno.: 943 024 030 Fax.: 943 024 031

Si tiene algún problema en la tramitación, usted puede:

  • Contactar con el servicio Zuzenean- Atención ciudadana a través del telefóno 012
  • Para problemas técnicos durante la tramitación electrónica, contactar con el centro de atención a personas usuarias a través del teléfono 945 01 68 38.

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código(s)

  • Comunicación para apertura de Áreas Recreativas de Agua : 0106506
  • Comunicación para reapertura / modificación de Áreas Recreativas de Agua : 0106507
  • Comunicación de cierre definitivo de Áreas Recreativas de Agua: 0106508

Para áreas recreativas de agua que se abren a los usuarios por primera vez


Para áreas recreativas de agua que se abren a los usuarios por primera vez y no tienen ningún Conjunto de juego de agua (CJA) censado.

“A través de este procedimiento se comunica a la autoridad sanitaria la APERTURA de una nueva instalación.

Para ello se rellenará el formulario con la descripción de los elementos principales de la instalación, la declaración responsable de cumplimiento de los preceptivos requisitos higiénico-sanitarios para su funcionamiento y se adjuntará el plan de autocontrol que se va a aplicar en la instalación.

Una vez comunicada su apertura, la instalación pasará a formar parte del censo de piscinas de la CAPV.”

Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Se mostrarán cuatro pasos:

  1. cumplimentar la comunicación,
  2. adjuntar los documentos y formularios preparados,
  3. firmar la comunicación,
  4. enviar la comunicación y la documentación aportada.

Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo

  • No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.
  • La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la comunicación se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Para áreas recreativas de agua que han estado abiertas en temporadas anteriores


Para áreas recreativas de agua que han estado abiertas en temporadas anteriores y ya tienen algún Conjunto de juego de agua (CJA) censado. Sirve tanto para comunicar la reapertura en la nueva temporada como para comunicar altas o modificaciones de CJAs.

A través de este procedimiento se comunica a la autoridad sanitaria la REAPERTURA de una instalación que ha permanecido cerrada durante más de dos semanas:

  1. - Por tratarse de una instalación de temporada 
  2. - Por causa de una modificación relevante de la instalación u otra razón que haya obligado al cierre.

Incluye las modificaciones relevantes, si se han producido, y la declaración responsable de cumplimiento de los preceptivos requisitos higiénico-sanitarios para su funcionamiento.

Se entiende por modificación relevante toda reforma que afecte a:

  • a. El origen del agua de alimentación (red, mar,..)
  • b. Los elementos de la instalación como:
    • i. Nº de elementos (apertura de nuevos conjuntos de juegos de agua o cierre de conjuntos de juegos de agua)
  • c. Sistema/s de tratamiento del agua:
    • i. Sistema de desinfección (hipoclorito sódico o cálcico, dióxido de cloro, cloraminas, ácido tricloroisocianúrico, biguanidas, bromoclorodimetilhidantoína, ozono, bromo, ultravioleta, electrolisis, otro)
    • ii. Sistema de filtración ( por arena, por diatomeas, por zeolitas, microfiltración, nanofiltración, ultrafiltración, ósmosis inversa, electrodiálisis reversible, resinas, otro tipo de filtración.
    • iii. Sistema de recirculación.

Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Se mostrarán cuatro pasos:

  1. cumplimentar la comunicación,
  2. adjuntar los documentos y formularios preparados,
  3. firmar la comunicación,
  4. enviar la comunicación y la documentación aportada.

Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo

  • No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.
  • La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la comunicación se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Comunicación de cierre definitivo de Áreas Recreativas de Agua


Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Se mostrarán cuatro pasos:

  1. cumplimentar la comunicación,
  2. adjuntar los documentos y formularios preparados,
  3. firmar la comunicación,
  4. enviar la comunicación y la documentación aportada.

Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo

  • No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.
  • La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la comunicación se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.