Comunicación de apertura o reanudación de actividad en centro de trabajo.
Descripción
Aviso de incidencias ya subsanadas en la tramitación de expedientes (PDF, 162 KB)
La comunicación de apertura de un centro de trabajo o de reanudación de la actividad después de efectuar alteraciones, ampliaciones o transformaciones de importancia, que el empresario debe efectuar y cumplimentar de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.1 del Real Decreto-ley 1/1986, de 14 de marzo, de medidas urgentesadministrativas, financieras, fiscales y laborales.
La obligación de efectuar la comunicación incumbe al empresario, cualquiera que sea la actividad que realice, con independencia de las comunicaciones que deban efectuarse o de las autorizaciones que deban otorgarse por otras autoridades, de conformidad con el anexo del Real Decreto-ley 1/1986, de 14 de marzo, o con la normativa vigente en cada caso.
La comunicación de apertura o de reanudación de la actividad se cumplimentará por el empresario, previamente, o dentro de los treinta días siguientes al hecho que la motiva, conforme a la
parte A del modelo oficial.
En las obras de construcción incluidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción, la comunicación de apertura del centro de trabajo deberá ser previa al comienzo de los trabajos, deberá exponerse en la obra en lugar visible, se mantendrá permanentemente actualizada en el caso de que se produzcan cambios no identificados inicialmente y se efectuará únicamente por los empresarios que tengan la condición de contratistas conforme al indicado real decreto. A tal efecto el promotor deberá facilitar a los contratistas los datos que sean necesarios para el cumplimiento de dicha obligación. La comunicación se cumplimentará según el modelo oficial, partes A y B.
Normativa aplicable
Organismos
Organismo que gestiona
.
- Delegación Territorial de Trabajo y Seguridad Social del Territorio Histórico correspondiente al Centro de Trabajo
Procedimiento Apertura de Centros de Trabajo
Organismo que convoca
- Trabajo y Empleo / Viceconsejería de Trabajo y Seguridad Social > Dirección de Trabajo y Seguridad Social
Información de contacto
Datos de contacto
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ALAVA
C/Samaniego, 2-2ª planta
01008 VITORIA-GASTEIZ
Tf.: 945017030
Fax: 945017031
Email: trabajoaraba@euskadi.eus
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE BIZKAIA
C/ Gran Vía, 85-7ª planta
48011 BILBAO
Tf.: 944031220
Fax: 944031212
Email: ordenacionbizkaia@euskadi.eus
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE GIPUZKOA
C/ Intxaurrondo, 70-2ª planta
20015 DONOSTIA-SAN SEBASTIAN
Tf.:943023224
Fax:
943023201
Email: ordenacion-gipuzkoa@euskadi.eus
Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía
Código(s)
- Procedimiento Apertura de Centros de Trabajo : 0072401
Comunicación a la Administración
La comunicación de la apertura del centro de trabajo, si implica obra de construcción, se realizará con antelación al inicio de las obras. En el resto de los casos, antes del inicio o dentro de los treinta primeros días del hecho causante.
La unidad tramitadora analizará la comunicación recibida.
Si la comunicación de apertura se refiere a centro de trabajo permanente la persona o empresa interesada cumplimentará los modelos.
Tanto Osalan, Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales como la Inspección de Trabajo realizarán el seguimiento del expediente a través de la aplicación informática.
Las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2, Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas deberán realizar la comunicación de forma electrónica a través de la aplicación informática existente para este fin.
Para realizar la Comunicación a la Administración, deberá:
- disponer de un medio de identificación electrónica,
- preparar toda la documentación necesaria, escanearla en formato PDF (o en uno de los formatos admitidos) y guardarla en el ordenador,
- rellenar los formularios, si los hubiera, y guardarlos en el ordenador,
- acceder al servicio electrónico. Se mostrarán cuatro pasos:
- cumplimentar la comunicación,
- adjuntar los documentos y formularios preparados,
- firmar la comunicación,
- enviar la comunicación y la documentación aportada.
Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo.
Observaciones:
- Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Para poder ejercer este derecho, en el apartadoDocumentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
- La continuación de la tramitación y el seguimiento del estado del expediente se realizará a través de Mi carpeta.
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
DELEGACIÓN
TERRITORIAL DE ALAVA
C/ Samaniego, 2-2ª planta
01008 VITORIA-GASTEIZ
Tf.: 945017030
Fax: 945017031
Email: trabajoaraba@euskadi.eus
DELEGACIÓN
TERRITORIAL DE BIZKAIA
C/ Gran Vía, 85-7ª planta
48011 BILBAO
Tf.: 944031218 / 944031243
Fax: 944031212
Email: trabajobizkaia@euskadi.eus
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE GIPUZKOA
C/ Intxaurrondo, 70-2ª planta
20015 DONOSTIA-SAN SEBASTIAN
Tf.:943023224
Fax: 943023201
Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía
Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
Son las oficinas del Gobierno Vasco para informar, para tramitar con ayuda y para registrar documentación (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos).
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La documentación necesaria será remitida a la autoridad laboral competente.
Para realizar la Comunicación a la Administración, deberá:
- preparar toda la documentación necesaria,
- rellenar los formularios, si los hubiera,
- cumplimentar la comunicación,
- presentar la comunicación y toda la documentación en los lugares de presentación señalados.
Observaciones:
- Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Para poder ejercer este derecho, en el apartado Documentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
- El seguimiento del estado del expediente se podrá realizar a través de Mi carpeta.