Ayudas económicas para mujeres como tú, que has sufrido daño por parte de tu pareja o expareja (versión lectura fácil)
Información básica
¿Qué objetivo tienen estas ayudas?
Darte una ayuda económica por ser una mujer
que has sufrido daño físico o emocional
por parte de un hombre que ha sido tu pareja o tu expareja,
para que puedas superar el daño sufrido,
ser independiente y no tener que seguir con él por falta de dinero,
y puedas llevar así una vida nueva
y sentirte parte de la sociedad.
¿Qué condiciones tienes que cumplir para tener derecho a las ayudas?
- No tener ya ninguna relación de pareja
con la persona que te ha hecho el daño. - Tener un documento donde un juez o jueza
te conceda una orden de protección o una sentencia.
En ese documento tiene que poner
que ese hombre no se te puede acercar
ni ponerse en contacto contigo;
es decir, no puede hablarte, estar cerca de ti,
enviarte mensajes o WhatsApps o llamarte por teléfono.
Este documento no puede estar caducado
y no puede tener más de 1 año de antigüedad
desde la fecha en la que comienza. - Tienes que vivir y estar empadronada
en un municipio de Euskadi
por lo menos durante los últimos 6 meses seguidos. - Estar desempleada, no tener contrato de trabajo
¿Cuándo no se puede recibir esta ayuda?
- Si ya has cobrado esta ayuda en otra ocasión.
- Si has cobrado o estás cobrando
la Renta Activa de Inserción (RAI)
para mujeres que han sufrido violencia de su pareja o expareja
que da el SEPE (Servicio de Empleo Público Estatal). - Si tienes deudas con la hacienda foral.
- Si tienes deudas con la Seguridad Social.
- Si tienes más ingresos
que lo que equivale al 75% al Salario Mínimo Interprofesional,
(actualmente el SMI son 675 euros por persona).
Si tienes personas que dependen económicamente de ti
(hijas e hijos sobre todo)
los ingresos de todas esas personas
se sumarán a los tuyos.
Si esa cantidad la dividimos
entre el número de personas de la familia
y el resultado es mayor a 750 euros,
no tendrás derecho a la ayuda.
Si alguna persona de tu familia
tiene ingresos superiores a 1.000 euros
no se contará como personas a tu cargo.
- Cobrarás más ayuda si tienes personas a cargo.
- Cobrarás más ayuda si tú misma o las personas a tu cargo
tenéis una discapacidad reconocida
por la diputación foral que te corresponde.
|
Mujer sin personas a cargo |
Mujer con 1 familiar o menor a su cargo |
Mujer con 2 o más familiares o menores a su cargo |
Mujer sin discapacidad |
2.556 € |
5.112 € |
7.668 € |
Mujer con 1 familiar o menor a su cargo con discapacidad Igual o superior al 33 % |
|
7.668 € |
10.224 € |
Mujer con discapacidad igual o superior al 33 % |
5.112 € |
7.668 € |
10.224 € |
Mujer con discapacidad igual o superior al 33 % y con un familiar o menor a su cargo con una discapacidad igual o superior |
|
10.224 € |
10.224 € |
Mujer con discapacidad igual o superior al 65 % o con un familiar o menor a su cargo con una discapacidad igual o superior |
|
10.224 € |
10.224 € |
¿Cómo se hace el pago de la ayuda?
- El pago de la ayuda se ingresará de una sola vez.
- El pago se realizará a los pocos días de que hayas recibido la resolución.
La resolución es el certificado donde se te comunica
que se te va a conceder la ayuda económica
y la cantidad que vas a cobrar. - El ingreso se te hará en la cuenta que escogiste
cuando solicitaste la ayuda.
Por lo tanto, esa cuenta deberá estar activa
al menos hasta que se realice tal ingreso.
- El pago de la ayuda se ingresará de una sola vez.
- El pago se realizará a los pocos días de que hayas recibido la resolución.
La resolución es el certificado donde se te comunica
que se te va a conceder la ayuda económica
y la cantidad que vas a cobrar. - El ingreso se te hará en la cuenta que escogiste
cuando solicitaste la ayuda.
Por lo tanto, esa cuenta deberá estar activa
al menos hasta que se realice tal ingreso.