Subvenciones de 2024 para estudiantes de euskera

Descripción


Objeto

Subvencionar a los alumnos y alumnas que hayan superado en el euskaltegi o centro homologado de autoaprendizaje del euskera la prueba de evaluación de dominio de la lengua o hayan acreditado un nivel de euskera de HABE o equivalente durante el curso 2023-2024.

Dotación presupuestaria

3.775.500 euro

Prestación económica

Dicha cantidad se distribuirá de la siguiente manera:

  • 3.725.500 euros para los niveles A1, A2, B1 y B2 dentro del periodo de la presente convocatoria, y para el alumnado nacido en el año 1994, o posterior, del nivel C1.
  • 50.000 euros para el alumnado nacido en el año 1993 o anterior del nivel C1, y para todos los del nivel C2.

El alumno o la alumna podrá obtener la cantidad abonada en concepto de matrícula durante los cursos 2022-2023 y 2023-2024, siendo el límite máximo, la que a continuación se detalla por cada nivel superado o acreditado:

  • Nivel A1 de HABE: 600 euros.
  • Nivel A2 de HABE: 800 euros.
  • Nivel B1 de HABE o equivalente: 900 euros.
  • Nivel B2 de HABE o equivalente: 1.000 euros.
  • Nivel C1 de HABE o equivalente, para alumnos y alumnas nacidos en 1994 o después: 700 euros.
  • Nivel C1 de HABE o equivalente, para alumnos y alumnas nacidos en 1993 o antes: 150 euros.
  • Nivel C2 de HABE o equivalente: 100 euros.
  • Las cantidades recibidas en concepto de subvención estarán exentas, a efectos del impuesto de la renta de las personas físicas, en los términos regulados por la normativa que resulte de aplicación.
  • Cada nivel superado o acreditado se subvencionará una sola vez a lo largo de toda la trayectoria de la alumna o del alumno. Asimismo, el importe de la matrícula necesaria para justificar una subvención tras la superación o acreditación de un nivel no se computará para justificar la ayuda por acreditación de otro nivel.

A quién va dirigido


Estudiantes de euskera

Alumnos y alumnas que hayan superado en el euskaltegi o centro homologado de autoaprendizaje del euskera la prueba de evaluación de dominio de la lengua o hayan acreditado un nivel de euskera de HABE o equivalente durante el curso 2023-2024.

Quedan excluidas de esta convocatoria:

  • Los alumnos y alumnas escolarizados con financiación de la Administración Pública.
  • El nivel o niveles acreditados en el periodo de la presente convocatoria, cuando ya estén previamente acreditados.
  • Los alumnos o alumnas que han superado y/o acreditado alguno de los niveles inferiores al nivel de partida de esta convocatoria.

Requisitos:

  • Matriculación

  • Superación del nivel o acreditación del nivel

  • No hallarse sancionada administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo o por incumplimiento de la normativa en materia de igualdad de mujeres y hombres, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres.
  • No hallarse incursa en ninguna de las circunstancias señaladas en el artículo 13 de la Ley Reguladora del Régimen de Subvenciones. En especial, estará al día en el pago de las obligaciones tributarias y de seguridad social y las de reintegro de subvención.

Organismos


Organismo que convoca

  • HABE - Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos > Dirección de HABE

Organismo que resuelve

  • HABE - Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos > Dirección de HABE

Información de contacto


  • Dirección: Vitoria-Gasteiz kalea 3, 6. (20018 DONOSTIA)
  • Teléfono: 943 022600
  • Email: ikasle-laguntzak@habe.eus

Código

1038708

Solicitud y aportación de documentación (Segundo turno)


  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital (ayuda para digitalizar documentos).
  3. Acceda al siguiente formulario online.
  1. Acceda al siguiente formulario online y rellene los datos (no es necesario disponer de un medio de identificación electrónica).
  2. Imprima la solicitud que ha cumplimentado y fírmela de forma manuscrita.
  3. Entregue la solicitud y la documentación requerida en el plazo y en los lugares de presentación establecidos en el procedimiento.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Las solicitudes integradas en el primer turno, serán resueltas antes del 30 de septiembre de 2024; y las del segundo turno, serán resueltas antes del 20 de diciembre de 2024.

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Otros trámites