HEZIBI-Centros de formación 2022. Programa HEZIBI de formación y trabajo en alternancia para jóvenes.
[HEZIBI-Centros de formación]
- Organismo:
- Lanbide - Servicio Vasco de Empleo
- Estado:
Descripción
Objeto
Establecer las bases reguladoras del programa HEZIBI de Formación y Trabajo, desarrollando un modelo de formación profesional en alternancia, dirigido a estudiantes de formación profesional inscritos como desempleados y a personas jóvenes desempleadas con el objetivo de mejorar sus competencias profesionales mediante la obtención de un certificado de profesionalidad o título de formación profesional inicial en régimen de alternancia con la actividad laboral retribuida en la empresa, contribuyendo a ajustar las necesidades de las empresas con las competencias adquiridas por los trabajadores y trabajadoras.
Apoyar la transformación de un Certificado de Profesionalidad en un Certificado de Profesionalidad en régimen de alternancia con la actividad retribuidad en la empresa con una prestación económica de 400 € por cada una de las personas en formación el alternancia.
Dotación presupuestaria
3.000.000 €Prestación económica
900.000 euros corresponden al crédito de pago de 2022 y 2.100.000 euros al crédito de compromiso de 2023.
Las solicitudes que reúnan los requisitos se resolverán a medida que el expediente se complete hasta el agotamiento de los recursos económicos.
Cada entidad beneficiaria recibirá una prestación económica de 400 € por cada una de las personas participantes que vayan a realizar el Certificado de profesionalidad en régimen de alternancia.
Forma de pago:
El pago de la subvención se hará efectivo tras su concesión en un único pago por el 100% de la subvención concedida.
900.000 euros corresponden al crédito de pago de 2022 y 2.100.000 euros al crédito de compromiso de 2023.
Las solicitudes que reúnan los requisitos se resolverán a medida que el expediente se complete hasta el agotamiento de los recursos económicos.
Cada entidad beneficiaria recibirá una prestación económica de 400 € por cada una de las personas participantes que vayan a realizar el Certificado de profesionalidad en régimen de alternancia.
El pago de la subvención se hará efectivo tras su concesión en un único pago por el 100% de la subvención concedida.
A quién va dirigido
Centros de formación de titularidad privada o pública radicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco, que impartan formación conducente a la obtención Certificados de Profesionalidad.
Requisitos
-
Centros de formación públicos o privados que impartan formación acreditados por Lanbide-SVE o del Servicio Público de Empleo Estatal.
Acreditación correspondiente
-
Disponer de un Proyecto Formativo aprobado por Lanbide para impartir un certificado de profesionalidad en alternancia con el empleo modalidad Hezibi
Resolución correspondiente
-
Solicitud de Transformación de la impartición del Certificado de profesionalidad a impartición en alternancia con la actividad
Anexo I de la ORDEN de 10 de diciembre de 2014
-
Para los centros no dependientes del Departamente de Educación, estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Se verificará automáticamente por el órgano gestor
-
No estar sancionada administrativa, ni penalmente, con la pérdida de posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas, ni se halla incursa en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, o de la Ley Orgánica efectiva de mujeres y hombres.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador iniciado como consecuencia de subvención o ayuda de la misma naturaleza otorgadas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi o de sus organismos autónomos.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Dirulaguntzen arloan ordaindu gabeko itzultze-obligaziorik ez izatea.
Markatu eskabidean dagokion erantzukizunpeko adierazpena
-
No estar incursa en ninguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable
-
No estár percibiendo, haber recibido o estar pendiente de resolución, de ninguna subvención, ayuda o ingreso con este mismo objeto y finalidad concedida por cualquier Administración o entidades públicas o privadas. .
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
Normativa
Organismos
Organismo que convoca
- Organismos Autónomos > Lanbide - Servicio Vasco de Empleo
Organismo que resuelve
- Lanbide - Servicio Vasco de Empleo / Director/a General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Dirección de Formación para el Empleo
Información de contacto
Servicio de Atención a Entidades y Empresas 945 160 601 (Información general)
Código
1038109Solicitud y aportación de documentación
Con carácter general, la solicitud deberá realizarse antes del inicio de la actividad formativa y siempre que resten horas suficientes de formación para poder formalizar un contrato de Formación y Aprendizaje vinculado a Programa Hezibi, a la fecha prevista del inicio de la relación laboral.
Procedimiento de registro de la Empresa en el sistema
El usuario o la usuaria accede al sistema activando el botón del "Aplicativo de Formación LAN-F".
Se solicita el registro que conllevará cumplimentar todos los datos en pantalla. Además, se deben adjuntar tres ficheros:
- Fotocopia NIF del usuario
- Copia de la tarjeta de identificación fiscal de la empresa
- Poder de representación o autorización para representar a la empresa
Una vez se haya dado de alta el usuario o usuaria recibirá un correo electrónico con una clave de acceso, que se genera automáticamente, a la dirección de correo indicada anteriormente en el formulario.
Entrada al sistema
El usuario accede al sistema activando el botón del "Aplicativo de Formación LAN-F".
Deberá acceder mediante la introducción del NIF de la Empresa, de un tipo y nº de documento, contraseña.
Una vez en la aplicación, se podrán realizar las solicitudes y actuaciones correspondientes a la gestión del Programa HEZIBI.
-
Centros de formación públicos o privados que impartan formación acreditados por Lanbide-SVE o del Servicio Público de Empleo Estatal.
Acreditación correspondiente
-
Disponer de un Proyecto Formativo aprobado por Lanbide para impartir un certificado de profesionalidad en alternancia con el empleo modalidad Hezibi
Resolución correspondiente
-
Solicitud de Transformación de la impartición del Certificado de profesionalidad a impartición en alternancia con la actividad
Anexo I de la ORDEN de 10 de diciembre de 2014
-
Para los centros no dependientes del Departamente de Educación, estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Se verificará automáticamente por el órgano gestor
-
No estar sancionada administrativa, ni penalmente, con la pérdida de posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas, ni se halla incursa en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, o de la Ley Orgánica efectiva de mujeres y hombres.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador iniciado como consecuencia de subvención o ayuda de la misma naturaleza otorgadas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi o de sus organismos autónomos.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
Dirulaguntzen arloan ordaindu gabeko itzultze-obligaziorik ez izatea.
Markatu eskabidean dagokion erantzukizunpeko adierazpena
-
No estar incursa en ninguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable
-
No estár percibiendo, haber recibido o estar pendiente de resolución, de ninguna subvención, ayuda o ingreso con este mismo objeto y finalidad concedida por cualquier Administración o entidades públicas o privadas. .
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
Resolución y recursos
Plazo de resolución
6 meses desde la fecha de presentación de la solicitud.
Tipo de concesión de la ayuda
No concursal
Efectos del silencio
Desestimatorios
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente.
¿Contra qué actos se interpone?
- Actos que no pongan fin a la vía administrativa.
- Actos de trámite que deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto o impiden la continuación del procedimiento.
¿Ante qué órgano se interpone?
- Ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido o su superior jerárquico.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes, si el acto recurrido es expreso.
- 3 meses, si el acto recurrido es presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
- 3 meses.
Si en ese plazo la Administración no le notifica la resolución:
- El recurso se entenderá estimado, si el acto recurrido es presunto.
- El recurso se entenderá desestimado, si el acto recurrido es expreso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
- Recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
- Recurso extraordinario de revisión, excepcionalmente.
Otros trámites
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
Para solicitar la ampliación del plazo en el trámite que tiene que realizar, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Puede solicitar la ampliación del plazo para subsanar o aportar la documentación requerida, siempre y cuando no se trate de un procedimiento de concurrencia competitiva.
Más información: Artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
¿Cuándo puedo renunciar a la continuación de un procedimiento?
En cualquier momento una vez que se haya dictado la resolución.
¿Qué sucede con mis derechos?
Si renuncia, pierde los derechos que le amparan en este procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Acceda a Mi carpeta.
Se pueden modificar los datos de notificación y comunicación, el idioma y el canal de tramitación siempre y cuando el expediente esté abierto.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, el órgano competente le requerirá que la subsane en el plazo de 10 días. De no hacerlo, la Administración supondrá que ha desistido de su solicitud.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de subsanación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
Más información: Artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Acceda a Mi carpeta.
Usted tiene derecho a desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.
Aunque desista, seguirá conservando los derechos que le amparan y podrá hacerlos valer en otro procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta
Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación.