Subvención para la formación básica de Delegados y Delegadas de Prevención en el área Normativa 2022.

[Formación Normativa Delegados de Prevención 2022]

Descripción


Objeto

Subvencionar en 2022 la formación de Nivel básico de Delegados y Delegadas de Prevención en el área normativa. De tal modo que la subvención se destina a las entidades públicas o privadas que impartan formación de Nivel Básico en el área Normativa para la capacitación de los Delegados y Delegadas de Prevención de las empresas o centros de trabajo de la CAPV entre el  17 de enero y el 30 de noviembre de 2022 (incluido).

Formación que tiene como objeto proporcionar el nivel básico de capacitación que habrán de requerir los Delegados y las Delegadas de Prevención (representantes de las trabajadoras y los trabajadores, que tienen funciones específicas en materia de prevención de riesgos laborales en el trabajo) para el desempeño de sus funciones.

Formación que consiste, en el área normativa, en un curso  (16 horas , ocupando 12 horas lectivas presenciales  y el resto como ausencia necesaria del puesto de trabajo para acudir a la formación) que estará orientado a proporcionar los conocimientos necesarios del marco normativo en materia de prevención de riesgos laborales y de sus derechos y obligaciones, propiciando una cultura activa y comprometida. El contenido del curso es el establecido por OSALAN y se ajusta a lo establecido en el  Acuerdo Interprofesional en Materia de Salud y Prevención de Riesgos Laboral en la CAPV.

 

 

 

 

Dotación presupuestaria

100.000 (Euro)

Prestación económica

La subvención es de 122,70 euros por hora lectiva.

El número de participantes  máximo subvencionable por acción formativa será de 15 (que obtendrán el 100,00% de la subvención).

Para los cursos realizados en castellano la subvención se gradua desde el 90 % para los grupos de 10 alumnos (número mìnimo para obtener subvención) hasta el  100,00% de la subvención para los que tienen 15 o más. En aquellos casos en los que no se alcanzaran 15 personas asistentes, la financiación de la acción se realizaría según lo establecido en el artículo 14 del Decreto 125/2018, de 30 de julio.

Para los cursos realizados en euskera  la subvención se gradua desde el 90 % para los grupos de 5 alumnos (número mínimo para obtener subvención), al objeto de fomentar su uso, hasta el  100,00% de la subvención para los que tienen 15 o más. En aquellos casos en los que no se alcanzaran 15 personas asistentes, la financiación de la acción se realizaría según lo establecido en el artículo 14 del Decreto 125/2018, de 30 de julio.

La cuantía de la subvención incluirá los gastos derivados de los materiales formativos. OSALAN entregará de manera gratuita a cada alumno los manuales formativos correspondientes.

En aplicación del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, con el fin de prevenir o suprimir discriminaciones, y para compensar desventajas o dificultades en el acceso a la formación de Delegados y Delegadas de Prevención con discapacidad, OSALAN-Instituto Vasco de Seguridad y Salud
Laborales  proveerá, con cargo a la presente convocatoria, las ayudas y servicios auxiliares para la comunicación que sean necesarios.

Forma de pago:


1. El abono de la subvención se realizará en un único pago a la finalización de la acción formativa para la que ha sido solicitada y aprobada, tras la presentación de la justificación documental.

2. Solamente se abonará subvención por las personas (Delegadas o Delegados de Prevención) que hayan completado la formación.

3. Deberá aceptar la resolución de adjudicación que le será notificada.

4. La subvención se hará efectiva mediante un libramiento, tras la notificación de su concesión, una vez transcurrido el plazo señalado y sin haber mediado renuncia expresa.

A quién va dirigido


Centros de formación

Organizaciones sindicales

Servicios de prevención

Requisitos

  • Solicitud

  • Tener su sede en la CAE
  • Estar acreditados por OSALAN , según el Decreto 125/2018, de cumplimiento de requisitos para impartir esta formación de nivel básico para Delegadas y Delegados de Prevención
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
  • No haber recibido ninguna sanción, penal o administrativa en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales en relación con el modelo de organización preventiva, evaluación de riesgos, planificación de la actividad preventiva y auditoría del sistema de prevención, si procede.
  • No haber recibido ninguna sanción, penal o administrativa que le imposibilite obtener subvenciones o ayudas públicas con mención expresa a las que se hayan producido por discriminación de sexo.
  • No haber sido sancionada por infracciones graves y/o muy graves en materia de seguridad y salud laboral en lo últimos cinco años

Organismos


Organismo que convoca

  • OSALAN - Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales > Dirección General de OSALAN

Organismo que resuelve

  • OSALAN - Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales > Dirección General de OSALAN

Información de contacto


OSALAN :  944032190 (de 08:30 a 16:30)

Para problemas en la tramitación electrónica: Centro de Atención a usuarios  945016838

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1207801

Solicitud y aportación de documentación


El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 3 de enero de 2022 y finalizará a las 23:59 del día 17 de noviembre de 2022 (incluido) o en el momento en que se produzca el agotamiento de los recursos económicos destinados a la financiación de las ayudas objeto de esta convocatoria, de lo cual la Directora General de OSALAN- Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales daría la correspondiente publicidad en el BOPV.

Las entidades formativas deberán solicitar la subvención a OSALAN- Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales con un mínimo de 7 días de antelación al inicio de cada acción formativa que  tengan programado realizar.

(Debe tenerse en cuenta que las entidades que impartan el área normativa deben entregar a los asistentes el  Anexo V. para que puedan elegir el centro en el que desean realizar la parte técnica).

Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.

Observaciones:

No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.

 

Resolución y recursos


Plazo de resolución

2 meses

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Justificación


Para justificar que cumple las condiciones impuestas y que consigue los objetivos previstos, debe presentar la siguiente documentación en Mi carpeta:

-“Anexo II. Control de asistencia de Delegados y Delegadas de Prevención".

-“Anexo III. Datos de la acción formativa”, documento final con los datos definitivos.

-“Anexo IV. Datos de elección por el Delegado o Delegada de Prevención de centro formativo del área técnica".

-“Anexo VI. Cuestionario de evaluación del alumnado".

-“Anexo VII. Cuestionario de evaluación para el profesorado".

-"Anexo VIII. Declaración Responsable de la entidad formativa sobre uso de la formación en aula virtual"

-"Anexo IX. Declaración responsable del Delegado o delegada de Prevención para uso de aula virtual"

 

  Plazo de presentación máximo: 15 días hábiles días desde la finalización de la acción formativa.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites