Ayudas a la promoción de los productos agrarios, alimentarios, pesqueros y forestales en mercados exteriores a la CAPV. Lehiatu Promoción 2015
Promocionar en mercados exteriores a Euskadi, los productos alimentarios, pesqueros y forestales, transformados y comercializados por la industria agraria y alimentaria con sede social la CAPV.
Manual para la gestión y justificación de gastos de la ayuda a la promoción de los productos agrarios, alimentarios, pesqueros y forestales en mercados exteriores a la CAPV
La dotación es de 650.000 euros. El importe máximo de ayuda por beneficiario será de 5.000 € para las acciones individuales y de 20.000 € para los programas de promoción conjuntos.
- Orden de 29 de julio de 2015 (BOPV N 162/2015)
de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se procede a convocar, para el ejercicio 2015, las ayudas reguladas en el Decreto 179/2014, de 23 de septiembre, de ayudas a la promoción de los productos agrarios, alimentarios, pesqueros y forestales en mercados exteriores a la Comunidad Autónoma del País Vasco, “Programa Lehiatu Promoción”.
- Decreto 179/2014 (BOPV N 188/2014)
de ayudas a la promoción de los productos agrarios, alimentarios, pesqueros y forestales en mercados exteriores a la Comunidad Autónoma del País Vasco (Programa Lehiatu Promoción).
Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias
Donostia-San Sebastián, 1
01010 - Vitoria-Gasteiz
Oficinas de atención al público:
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público:
- De lunes a viernes de 8:00 a 19:30 horas (excepto agosto, hasta las 14:30).
Miguel Angel Osua
Teléfono: 945 01 97 10
Fax: 945 01 97 01
E-mail: ma-osua@euskadi.eus
La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.
- Horario de atención telefónica:
El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 19:30 horas (excepto agosto, hasta las 14:30).
- Número de Teléfono:
Desde el País Vasco: 012
Desde fuera del País Vasco: 945 018000
Desde el extranjero: 00 34 945 018000
Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias
Donostia-San Sebastián, 1
01010 - Vitoria-Gasteiz
Zuzenean - Atención Ciudadana
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias
Donostia-San Sebastián, 1
01010 - Vitoria-Gasteiz
Zuzenean - Atención Ciudadana
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Promocionar en mercados exteriores a Euskadi, los productos alimentarios, pesqueros y forestales, transformados y comercializados por la industria agraria y alimentaria con sede social la CAPV.
Las personas beneficiarias deben llevar a cabo acciones individuales como:
1. La participación como expositor en ferias o certámenes comerciales de carácter profesional e internacional, con el fin de desarrollar las actividades comerciales mediante la presentación de sus productos a través de la instalación de stands individuales o compartidos.
2. La asistencia a ferias, consistentes en visitas realizadas por el solicitante a ferias de carácter profesional e internacional.
3. Las misiones directas y la presentación de productos en mercados exteriores al Estado, con¬siste en una acción de presentación y/o degustación de los productos de la empresa solicitante, con el objetivo de incrementar las relaciones comerciales y la exportación de sus productos a ese mercado exterior.
4. Misiones inversas, la invitación a compradores o prescriptores extranjeros para que visiten a las empresas en sus establecimientos productivos, realizadas exclusivamente en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
5. Acciones puntuales y específicas de promoción en punto de venta exclusivamente en mer-cados exteriores al Estado, que consiste en publicitar y degustar el producto para obtener el reconocimiento del consumidor.
6. Catálogos y materiales audiovisuales, consistentes en realizar materiales divulgativos sobre la imagen y los productos de la empresa, realizadas al menos en un idioma extranjero.
O participar en Programas de Promoción que, como mínimo, contemplen un total de seis actividades en tres países, de entre las acciones individuales citadas anteriormente. Dentro de los programas de promoción se podrán incluir el asesoramiento para el desarrollo del programa promoción de los productos de la persona solicitante mediante la contratación de servicios profesionales externos a la empresa.
* Queda excluida de ser subvencionada la participación en ferias donde exista un stand del Departamento competente en materia de promoción de productos agrarios, pesqueros y ali-mentarios o Cámaras de Comercio Industria y Navegación, u organismos similares que apoyen financieramente a las empresas en el comercio exterior, y donde se haya ofertado espacio ferial a las empresas vascas. Dicha exclusión no afectará a las empresas que habiendo solicitado dicho espacio a las entidades anteriormente citadas no hayan podido ser atendidas en sus peticiones.
1. Que los gastos subvencionables correspondan a establecimientos con sede social en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
2. Que la acción a realizar tenga una previsible repercusión positiva a corto o medio plazo en la actividad comercializadora de la empresa.
3. Que exista realmente mercado para sus productos en el destino donde se quiera hacer la promoción.
4. En el caso de actuaciones realizadas mediante contratación de servicios profesionales externos a la empresa, acreditación de la relación contractual.
5. Para las personas beneficiarias previstas en el artículo 4, párrafo 3, apartado A clasificadas como empresas, haber presentado la declaración responsable de inicio de actividad o estar inscrito en el Registro de Industrias Agrarias y Alimentarias de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
6. Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con las correspondientes Haciendas Forales y hallarse al corriente de los pagos con la Seguridad Social.
7. Que las empresas tengan viabilidad económica y salidas normales al mercado para sus productos.
8. No tener la consideración de empresa en crisis, de acuerdo con la definición establecida en las Directrices Comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y reestructuración de empresas en crisis C 244/2004, de 1 de octubre de 2004.
9. Comunicar, si ha solicitado o no y si ha obtenido o no, subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos económicos para el mismo gasto subvencionable, procedentes de cualesquier administración pública o entes, tanto públicos como privados.
10. Comunicar si se encuentra incurso o no, en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que se haya podido iniciar en el marco de las ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos.
11. Haber terminado con la obligación de pago de cualquier procedimiento de reintegro.
12. No encontrarse sancionada penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni se halle incursa en prohibición legal alguna que la inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final Sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
La dotación es de 650.000 euros. El importe máximo de ayuda por beneficiario será de 5.000 € para las acciones individuales y de 20.000 € para los programas de promoción conjuntos.
Para una tramitación más rápida del expediente se recomienda enviar la solicitud vía telemática (mediante el botón “enviar” en la propia solicitud). Para ello se aconseja tener instalado Adobe Reader. Esto no excluye de enviar la hoja de solicitud firmada y sellada, junto a la documentación requerida, a la Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad del Gobierno Vasco.
- Alta de tercero (1)
Modelo normalizado de "Alta de tercero" con cuenta bancaria en entidades adheridas a la pasarela de validación de datos bancarios: Kutxabank, Bankoa, Banco Santander, Laboral Kutxa, Caixa Bank y BBVA.
- Alta de tercero (2)
Modelo normalizado de "Alta de tercero" con cuenta bancaria en el resto de entidades.
- Inscripción en el Registro de Industrias Agrarias y Alimentarias
Solicitud de inscripción en el Registro de Industrias Agrarias y Alimentarias.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de Mis Gestiones previa identificación con un certificado electrónico
Hasta el 28 de septiembre de 2015.
Seis meses desde el día que se abre el plazo de esta convocatoria.
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria.
- Plazo de interposición: 1 mes.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria.
- Plazo de interposición: 3 meses.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto estimatorio.