EVE - Programa de ayudas a inversiones en renovación de instalaciones eléctricas antiguas en comunidades de propietarios residenciales 2025

Descripción


Objeto

El Programa de ayudas tiene el objetivo apoyar la renovación de instalaciones eléctricas en edificios de comunidades de propietarios residenciales localizados en el territorio de la CAE, cuya antigüedad sea igual o superior a 25 años.

Dotación presupuestaria

1.000.000€

Prestación económica

La dotación económica total destinada a este programa asciende a 1.000.000 €, según el correspondiente crédito establecido al efecto en los presupuestos del EVE.

Procedimiento de adjudicación de las ayudas.

Las resoluciones de las solicitudes de ayuda se realizarán mediante un procedimiento de concurrencia sucesiva, una vez realizadas las comprobaciones de concurrencia, de la situación o actuación subvencionable, y el cumplimiento del resto de requisitos exigidos, hasta el agotamiento del crédito presupuestario asignado en la convocatoria. De este modo, las solicitudes se examinarán y tramitarán conforme a su estricto orden de presentación.

A quién va dirigido


Comunidades de propietarios residenciales

A comunidades de propietarios/as residenciales en las que los edificios deben ser existentes y construidos con anterioridad al año 1999.

Requisitos

  • Actuaciones subvencionables

Información de contacto


Ente Vasco de la Energía

Teléfono: 946 620 600

E-mail: gestionayudas@eve.eus

Código

1241202

Solicitud y aportación de documentación.


Plazo de presentación de solicitudes

Plazo de presentación de solicitudes:El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda al presente Programa de Ayudas comenzará a las 08:00h del día siguiente a la publicación de la convocatoria de este Programa en el Boletín Oficial del País Vasco y finalizará en el momento de producirse el agotamiento del presupuesto. En todo caso el plazo para la presentación de las solicitudes de ayuda finalizará el miércoles 15 de octubre de 2025, aun cuando existirá presupuesto disponible en la convocatoria.


Las actuaciones subvencionables deberán estar ejecutadas, y facturadas no más tarde del 31 de diciembre de 2025.


La justificación de la realización, facturación y pago de la actuación objeto de ayuda por parte de los beneficiarios de la ayuda deberá realizarse ante EVE, y no más tarde del jueves 15 de enero de 2026, de manera electrónica.

Otorganiento de representación para el procedimiento (PDF, 128 KB)

Declaración actuacción presentada (PDF, 135 KB)


Requisitos de documentación en la fase de solicitud de ayuda:

Ver ANEXO II de las Bases del Programa, apartado A


Requisitos de documentación en la fase de justificación de las actuaciones:

Ver ANEXO II de las Bases del Programa, apartado B

  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital.
  3. Acceda al formulario online mediante el siguiente botón y rellene los datos de la solicitud.

Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá estar dado de alta en el Registro de terceros de la Oficina de Control Económico del Departamento de Economía y Hacienda del Gobierno Vasco.