Departamento de Cultura y Política Lingüística

Subvenciones para la realización de trabajos orientados al ámbito de la salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial vasco (2024-2025)

Descripción


Objeto

Las ayudas convocadas tienen por objeto la realización de proyectos en el ámbito territorial de la CAPV que contribuyan a la puesta en valor y difusión del patrimonio cultural inmaterial vasco, incluyéndose además el patrimonio material que le es inherente.

Dotación presupuestaria

200.000

Prestación económica

Los recursos económicos destinados a la finalidad prevista en el artículo anterior, ascienden a la cantidad de 200.000 (doscientos mil) euros, de los cuales 100.000 (cien mil) euros corresponden al presupuesto del ejercicio 2024, y 100.000 (cien mil) euros a créditos de compromiso para el año 2025.

Las ayudas podrán alcanzar hasta el cien por cien (100%) de los gastos subvencionables incluidos en el presupuesto aprobado, sin superar los 30.000 euros (treinta mil euros) por proyecto, y siempre dentro de las consignaciones presupuestarias del Departamento de Cultura y Política Lingüística.

Se admite la subcontratación parcial de la actividad subvencionada, entendiéndose que hay subcontratación cuando la persona o entidad beneficiaria concierta con terceros la actividad que constituye el objeto de la subvención.

Forma de pago:

Las subvenciones concedidas con cargo a la presente Orden serán abonadas fraccionadamente, del siguiente modo:

  • Un primer pago por importe del 50% de la subvención, tras la concesión.
  • El abono del 50% restante del total se efectuará conforme a lo establecido en la Resolución de concesión, previa justificación del gasto y presentación de la documentación requerida.

Tanto si el trámite se realiza por el canal presencial, como si se hace por el canal electrónico, los formularios para el alta y la modificación estarán disponibles en la Sede Electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi: https://www.euskadi.eus/altaterceros.

Del importe de la ayuda o subvención se deducirán, en su caso, las retenciones y pagos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

A quién va dirigido


Personas físicas

Requisitos:

  • Tener capacidad de obrar plena
  • Cumplir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

Personas jurídicas privadas

Requisitos:

  • Tener suficiente poder de representación

  • Estar legalmente constituida y tener en su objeto o fin social el desarrollo de actividades en relación al patrimonio cultural.

  • Cumplir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

Personas jurídicas públicas

Requisitos:

  • Tener suficiente poder de representación

  • Estar legalmente constituida y tener en su objeto o fin social el desarrollo de actividades en relación al patrimonio cultural.

  • No estar incursa en alguno de los supuestos del artículo 13 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones

Requisitos

  • No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

  • La concesión y, en su caso, el pago de la subvención quedará condicionada a la finalización de cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma Vasca y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

  • En el caso de que se le conceda la subvención, la persona o entidad solicitante deberá estar dada de alta en el Registro de Terceros y con los datos necesarios para el ingreso de la subvención debidamente actualizados.

Organismos


Organismo que convoca

  • Cultura y Política Lingüística / Viceconsejería de Cultura > Dirección de Patrimonio Cultural

Organismo que resuelve

  • Cultura y Política Lingüística / Viceconsejería de Cultura > Dirección de Patrimonio Cultural

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1113204

Solicitud y aportación de documentación


Se mostrarán cuatro pasos:

  1. cumplimentar el formulario de la solicitud
  2. adjuntar los documentos y formularios preparados
  3. firmar la solicitud
  4. enviar la solicitud y la documentación aportada.
    Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo
  • No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.
  • La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

En caso de tramitar la solicitud de forma presencial:

  1. Cumplimentar el formulario en el ordenador,
  2. guardar los datos y la documentación en el sistema informático de la Administración,
  3. imprimir el formulario,
  4. firmarlo de forma manuscrita
  5. y entregarlo en los lugares de presentación establecidos en el procedimiento.

 

  • Cuando los documentos adjuntos lleguen a la unidad tramitadora, ésta ya dispondrá de sus datos facilitando así la tramitación del expediente.
  • Tenga en cuenta que la Administración guardará el formulario durante el plazo de un mes, de forma que en ese plazo deberá presentar el formulario firmado en los lugares de presentación establecidos.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

6 meses

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.

  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Alta de datos / Tercero interesado
  • Seleccionar este formulario en el caso de pagos nacionales.

  • Seleccionar este formulario en el caso de pagos internacionales.

Justificación


La fecha límite de presentación de la documentación de justificación es el 4 de octubre de 2024, incluido éste.

  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
  • En el caso de estar percibiendo otras fuentes de financiación, deberá aportar este formulario junto con la documentación de justificación de la ayuda.

Otros trámites