Subvenciones dirigidas a asociaciones y demás entidades sin ánimo de lucro, entre cuyos fines figure el promover el emprendimiento de las mujeres y/o la incorporación de talento femenino en los órganos de dirección de las empresas y organizaciones 2024

Descripción


Objeto

Es objeto de la presente Orden establecer, para el ejercicio 2024, en régimen de concurrencia competitiva, las bases reguladoras y la convocatoria de la concesión de subvenciones dirigidas a asociaciones y demás entidades sin ánimo de lucro, con la finalidad de promover el emprendimiento de las mujeres y/o la incorporación de talento femenino en los órganos de dirección de las empresas y organizaciones.

Dotación presupuestaria

175.000 euros

Prestación económica

El importe de las ayudas se determinará en función de lo descrito en la Base 8 de la Orden.

Forma de pago:

El pago será fraccionado, abonándose de la siguiente manera:

  • Un primer pago por el importe equivalente al 50% de la subvención, que se abonará tras la notificación de la Resolución de concesión de la subvención.
  • El segundo pago, correspondiente al importe resultante de la liquidación efectuada tras la justificación del gasto total de la subvención, que deberá efectuarse antes del 7 de enero del 2025.

A quién va dirigido


Asociaciones y demás entidades sin ánimo de lucro

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en la presente Orden las asociaciones y demás entidades sin ánimo de lucro, cuya actividad económica principal se desarrolle en la Comunidad Autónoma Vasca, entre cuyos fines se encuentre el de promover el emprendimiento de las mujeres y la incorporación de talento femenino en los órganos de dirección de las empresas y organizaciones, que no tengan fines lucrativos y sean independientes de la Administración Pública, que a la fecha de publicación de la misma, se hallen legalmente constituidas e inscritas y que se hubieran constituido e incluído los fines descritos en el objeto de la entidad o en sus estatutos, al menos con dos años de anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria.

Requisitos:

  • Acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y las obligaciones con la Seguridad Social

  • Acreditar estar legalmente constituida o inscrita en el registro correspondiente

  • Acreditar suficiente poder de representación

Normativa


Organismos


Organismo que convoca

  • Economía, Trabajo y Empleo / Viceconsejería de Empleo e Inclusión > Dirección de Empleo e Inclusión

Organismo que resuelve

  • Economía, Trabajo y Empleo > Viceconsejería de Empleo e Inclusión

Solicitud y aportación de documentación


Anexos a cumplimentar:

La Orden editada publicada en el apartado "Normativa", consta de 10 anexos. 

Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.

Observaciones:

  • No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.
  • La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

La convocatoria deberá dictarse y ser notificada a las entidades interesadas en el plazo máximo de cuatro meses, contado desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado resolución expresa, podrá entenderse desestimada la solicitud, a los efectos previstos en el artículo 25 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Justificación


La justificación de la subvención deberá presentarse antes del 7 de enero del 2025 y deberá incluir junto con la memoria justificativa, los siguientes datos y la siguiente documentación:

Justificar ante la Dirección de Empleo e Inclusión, con anterioridad al 7 de enero del 2025, el cumplimiento de la finalidad para la que se concedieron las subvenciones mediante la presentación de una Memoria explicativa de las actividades realizadas. Además, deberá adjuntarse una cuenta justificativa (ANEXO X) con los gastos realizados en el año 2024, en la que figure la relación de gastos económicos realizados del 1 de enero del 2024 al 31 de diciembre del 2024.

Además, se requerirá la cumplimentación del Anexo VIII en relación al Cuadro de Indicadores del Seguimiento del 2024, como valoración de los resultados alcanzados.

  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital.
  3. Acceda a Mi carpeta.

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