Programa ONEKIN 2024 - Ayudas destinadas a apoyar procesos de maduración de ideas y de definición de proyectos de digitalización, innovación y emprendimiento en las cadenas de valor de la alimentación y de la madera

[Programa ONEKIN]

Descripción


Objeto

Apoyar la contratación de servicios de consultoría y/o asesoramiento ligados a la puesta en marcha del negocio o su desarrollo, la realización de estudios de viabilidad de proyectos de I+D, de obtención, validación y defensa de patentes y otros activos inmateriales, obtención de estándares de certificación en materia de seguridad alimentaria, así como de trabajos de consultoría en materia de innovación y digitalización.

El programa ONEKIN tienen una doble finalidad: impulsar, por un lado, el emprendimiento y la creación de nuevas actividades empresariales en el ámbito de la cadena de valor de la alimentación y la madera; y, por otro lado, promover mejoras productivas en el modelo de negocio, los procesos y la organización de las entidades de la cadena de valor de la alimentación y la madera, que supongan una orientación hacía la bioeconomía, la sostenibilidad energética, la alimentación segura y saludable y el uso sostenible de recursos, mediante la innovación y la digitalización.

Dotación presupuestaria

500.000 euros

Prestación económica

Los recursos económicos destinados a financiar las ayudas contempladas en esta orden ascienden a 500.000 euros de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco para el ejercicio 2024, con la siguiente distribución:

Línea 1 - Trabajos de consultoría o asesoramiento ligados a la puesta en marcha del negocio: 75.000 €

Línea 2 - Estudios de viabilidad de proyectos de I+D: 75.000 €

Línea 3 - Estudios de obtención, validación y defensa de patentes, sellos ambientales, y otros activos inmateriales: 50.000 €

Línea 4 - Estudios de diagnóstico sobre la implementación de la cultura de seguridad alimentaria en las empresas, así como para la obtención, por vez primera, de acreditaciones en materia de seguridad alimentaria; y Planes de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario: 50.000 €

Línea 5 - Trabajos de consultoría en materia de innovación y digitalización: 250.000 €

El volumen total de las subvenciones a conceder podrá superar la citada consignación o la que resulte de su actualización en un máximo del 30%, conforme al régimen de vinculación crediticia o de modificación presupuestaria previsto en la legislación vigente y con carácter previo a la resolución de las mismas. De darse esta circunstancia la misma se haría pública, mediante resolución de la persona titular de la Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria del Gobierno Vasco, en el Boletín Oficial del País Vasco.

A quién va dirigido


Sujetos beneficiarios del programa ONEKIN

- Personas físicas o jurídicas privadas cuya actividad económica forma parte de la cadena de valor de la alimentación y de la madera: agricultores/as, operadores/as del sector pesquero extractivo, industrias alimentarias o forestales, hostelería y comercio de productos agroalimentarios, que desarrollen su actividad o vayan a desarrollarla en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

- Agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas sin personalidad jurídica y las comunidades de bienes. Todas y cada una de las empresas que participan en ellas tendrán la consideración de personas beneficiarias, debiendo cumplir todas ellas los requisitos y condiciones establecidos en la presente Orden. Estas agrupaciones deberán hacer constar expresamente en la solicitud los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios. En cualquier caso, deberán nombrar un representante o apoderado único de la agrupación con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación, así como designar a un miembro como destinatario de los fondos que será quien los distribuya entre el resto de los miembros de la agrupación. La agrupación no podrá disolverse hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en el artículo 44 en relación con el artículo 32.m) del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco.

- Personas emprendedoras, no constituidas legalmente en el momento de presentar la solicitud, pero que cuenten con un proyecto empresarial.

Requisitos

Organismos


Organismo que convoca

  • Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente / Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria > Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias

Organismo que resuelve

  • Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente / Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria > Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias

Información de contacto


Iñaki Rekalde

Teléfono: 945 01 81 02

E-mail: i-rekaldelarizgoitia@euskadi.eus

Código

1232702

Solicitud y aportación de documentación


  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital (ayuda para digitalizar documentos).
  3. Acceda al siguiente formulario online.
  1. Acceda al siguiente formulario online y rellene los datos (no es necesario disponer de un medio de identificación electrónica).
  2. Imprima la solicitud que ha cumplimentado y fírmela de forma manuscrita. ¿No tiene impresora?
  3. Entregue la solicitud y la documentación requerida en el plazo y en los lugares de presentación establecidos en el procedimiento.

Resolución y recursos


Otros trámites