Renovación de ayudas para el Programa Predoctoral de Formación de Personal Investigador No Doctor de las ayudas concedidas en la convocatoria 2024-2025. RENOVACIONES. INVESTIGACIÓN GENERAL

[PREDOC RENOVACIONES GENERAL]

Descripción


Objeto

El objeto de esta Orden es establecer las bases de la convocatoria para el curso 2024–2025 de las ayudas del Programa Predoctoral de Formación de Personal Investigador no Doctor destinadas a la financiación de la investigación dirigida a la realización de una tesis doctoral.

Este Programa tiene como objetivo promover la formación de investigadores e investigadoras para la obtención del título de Doctor o Doctora y la adquisición de las competencias y habilidades relacionadas con la investigación científica de calidad dentro de un Programa de doctorado.

Dotación presupuestaria

8.374.328 (euro)

Prestación económica

Forma de pago:

El pago de la ayuda será fraccionado y se hará a las entidades contratantes abonándose la retribución correspondiente de dos mensualidades (primer pago) tras la aceptación de la ayuda concedida mediante resolución o, en su caso, una vez transcurrido el plazo establecido en el artículo 12.1 de la Orden sin mediar renuncia expresa. El resto se abonará en tres pagos, uno en marzo de 2025 (cuatro mensualidades) otro en mayo de 2025 (tres mensualidades) y un tercero en octubre de 2025 (tres mensualidades).

A quién va dirigido


Personas físicas

Requisitos:

  • Personas físicas que realizarán un proyecto de tesis doctoral
  • Estar disfrutando de una ayuda predoctoral concedida en el curso 2023-2024, según resolución del Viceconsejero de Universidades e Investigación, a la fecha en la que surta efectos esta Orden.
  • Acreditar la continuidad en el Programa de Doctorado y el aprovechamiento de las actividades previstas en el plan de trabajo del proyecto de investigación.

Requisitos

  • El cumplimiento de los requisitos por parte de las personas beneficiarias deberá acreditarse en la fecha de la presentación de la solicitud de la ayuda, salvo las excepciones expresamente señaladas.
  • Quienes no cumplan o no demuestren cumplir, en tiempo y forma, los requisitos exigidos, quedarán excluidos del proceso de selección.
  • No podrá ser beneficiario de las subvenciones objeto de convocatoria, ni la entidad contratante podrá ser entidad colaboradora, cuando se encuentren en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones, entre las que se incluye:

Organismos


Organismo que convoca

  • Educación > Consejero/a de Educación

Organismo que resuelve

  • Educación > Viceconsejería de Universidades e Investigación

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0101715

Solicitud y aportación de documentación


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

La Resolución deberá ser dictada y notificada en el plazo máximo de seis meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden de convocatoria.

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Otros trámites