Ayudas nuevas para el Programa Predoctoral de Formación de Personal Investigador No Doctor correspondiente al curso 2024-2025. AYUDAS NUEVAS-INVESTIGACION GENERAL.

[PREDOC BERRI]

Descripción


Objeto

Establecer las bases de la convocatoria para el curso 2024-2025 de las ayudas del Programa Predoctoral de Formación de Personal Investigador No Doctor destinadas a la financiación de la investigación dirigida a la realización de una tesis doctoral.

El Programa pretende promover la formación de investigadores e investigadoras para la obtención del título de Doctor o Doctora y la adquisición de las competencias y habilidades relacionadas con la investigación científica de calidad dentro de un Programa de doctorado. 

Asimismo, a través de este programa de formación se financiará un periodo de orientación postdoctoral una vez obtenido el título de doctor/a, por un período máximo de doce meses, destinado al perfeccionamiento y especialización profesional del personal investigador, siempre que la obtención del título se produzca durante el periodo de ejecución de la ayuda. En cualquier caso, la duración del contrato no podrá exceder del máximo de cuatro años.

Dotación presupuestaria

2.556.063 (euro)

Prestación económica

Forma de pago:

El pago correspondiente a la retribución será fraccionado y se hará a las entidades contratantes, abonándose la retribución correspondiente de dos mensualidades (primer pago) tras la aceptación de la ayuda concedida mediante resolución o, en su caso, una vez transcurrido el plazo establecido en el artículo 12.1 de la Orden sin mediar renuncia expresa. El resto se abonará en tres pagos, uno en marzo de 2025 (cuatro mensualidades) otro en mayo de 2025 (tres mensualidades) y un tercero en octubre de 2025 (tres mensualidades).

 

A quién va dirigido


Personas físicas

Requisitos:

  • Personas físicas que realizarán un proyecto de tesis doctoral
  • Para acreditar los datos de residencia de la persona solicitante | Estar empadronada en un municipio de la CAPV en el momento de la solicitud y, al menos, desde el 1 de enero de 2024 si se concurre a la modalidad A o desde el 1 de enero de 2022 si se concurre a las modalidades B o I.

  • Estar en posesión del permiso de residencia cuando se trate de personas extracomunitarias.
  • Acreditar la matrícula en un Programa de doctorado oficial o la admisión en el mismo

  • Para acreditar estar en posesión del título universitario requerido | Acreditar estar en posesión de una de las siguientes titulaciones:

  • La fecha de finalización de los estudios de Grado, Licenciatura, Arquitectura, Ingeniería, Arquitectura técnica, Ingeniería técnica o Diplomatura deberá ser junio de 2019 o posterior con las siguientes excepciones:

  • Poseer una nota media igual o superior a:

  • El disfrute de una ayuda de esta Orden es incompatible con haber firmado un contrato predoctoral celebrado al amparo de lo dispuesto en el artículo 21 de la LCTI, con anterioridad a la resolución de la presente Orden.

Requisitos

  • El cumplimiento de los requisitos deberá acreditarse en la fecha de presentación de la solicitud, salvo las excepciones indicadas.
  • Las personas que no cumplan o no demuestren cumplir, en tiempo y forma, los requisitos exigidos en la presente convocatoria quedarán excluidas del proceso de selección.
  • No podrá ser beneficiario de las subvenciones objeto de convocatoria, ni la entidad contratante podrá ser entidad colaboradora, cuando se encuentren en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones, entre las que se incluye:

Organismos


Organismo que convoca

  • Educación > Consejero/a de Educación

Organismo que resuelve

  • Educación > Viceconsejería de Universidades e Investigación

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0101714

Solicitud y aportación de documentación.


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

La Resolución deberá ser dictada y notificada en el plazo máximo de seis meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la Orden de convocatoria.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Otros trámites