Convocatoria para el año 2024-2025 de subvenciones para la realización de actuaciones formativas para el desarrollo del programa Mentsad-Zainlab en el ámbito de los cuidados, dirigidas prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas.
[MENTSAD 2024]
- Organismo:
- Lanbide - Servicio Vasco de Empleo
- Estado:
Descripción
Objeto
Es objeto de la presente convocatoria la regulación de las ayudas a conceder en el ejercicio 2024 destinadas a financiar la realización de actuaciones formativas para el desarrollo del programa Mentsad-Zainlab en el ámbito de los cuidados, dirigidas prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas.
Dotación presupuestaria
900.000 eurosPrestación económica
Los recursos económicos destinados a la financiación de la presente convocatoria ascienden a 900.000 euros, de los cuales:
- 450.000 euros corresponden al crédito de pago de 2024 y
- 450.000 euros al crédito de compromiso de 2025
Forma de pago:
La subvención concedida se abonará en dos pagos, previa solicitud de los mismos, del siguiente modo:
a) Un primer pago, con cargo al crédito de pago 2024, del 50% del total de la subvención correspondiente a la especialidad o itinerario formativo programado, una vez comunicado el inicio de la acción formativa.
b) Un segundo pago, con cargo al crédito de compromiso de 2025, por el resto de la subvención, una vez justificadas la actuación subvencionada.
Los recursos económicos destinados a la financiación de la presente convocatoria ascienden a 900.000 euros, de los cuales:
- 450.000 euros corresponden al crédito de pago de 2024 y
- 450.000 euros al crédito de compromiso de 2025
La subvención concedida se abonará en dos pagos, previa solicitud de los mismos, del siguiente modo:
a) Un primer pago, con cargo al crédito de pago 2024, del 50% del total de la subvención correspondiente a la especialidad o itinerario formativo programado, una vez comunicado el inicio de la acción formativa.
b) Un segundo pago, con cargo al crédito de compromiso de 2025, por el resto de la subvención, una vez justificadas la actuación subvencionada.
A quién va dirigido
Entidades de formación privadas o públicas
Entidades de formación privadas o públicas inscritas, con anterioridad a la fecha de publicación de esta convocatoria, en el Registro de entidades de formación de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, en cualquier otro Registro de entidades de formación para el empleo de carácter autonómico o en el Registro Estatal de Entidades de Formación.
La entidad deberá estar inscrita en la especialidad formativa en el momento de presentar la solicitud y tener experiencia en la impartición de Certificados de Profesionalidad en Atención Sociosanitaria y/o en contenidos relacionados con el sector de cuidados.
No está permitida la subcontratación de la ejecución de la actividad formativa. A esos efectos, no se considera subcontratación la contratación del personal docente (personas físicas) para la impartición de la formación.
Requisitos
-
Ser entidad de formación privadas o públicas
Se verificará por el órgano gestor.
-
No tener residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.
Declaración responsable del representante legal de la entidad.
-
Hallarse inscrita a la fecha de presentación de la solicitud en el Registro de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, en cualquier otro Registro de Entidades de Formación para el empleo de carácter autonómico o en el Registro Estatal de Entidades de Formación.
Declaración responsable del representante legal de la entidad.
-
Tener experiencia en la impartición de Certificados de Profesionalidad en Atención Sociosanitaria y/o en contenidos relacionados con el sector de cuidados.
Se verificará por el órgano gestor en el caso de tratarse de experiencia vinculada a Lanbide-Servicio Público de Empleo. En caso de tratarse de experiencia vinculada a otros Servicios Públicos de Empleo, se entregará documentación acreditativa de dicha circunstancia.
-
Disponer de los medios personales y materiales necesarios para llevar a cabo los Planes de Formación por los que solicitan la ayuda o comprometerse a disponer de los mismos tras la adjudicación de la subvención, en el momento de inicio de la actividad formativa.
Declaración responsable del representante legal de la entidad.
-
Hallarse al corriente de pago de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Verificación autómatica por Lanbide o presentación de certificados.
-
Hallarse al corriente en el pago de obligaciones de reintegro en materia de subvenciones.
Verificación autómatica por Lanbide o presentación de certificados.
-
No estar sancionada ni penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, con inclusión de las que se hayan producido:
- por incurrir en discriminación por razón de sexo o en discriminación múltiple contemplada en el artículo 3.1 del Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres.
- por imposición de sanción accesoria prevista en los artículos 46.1.b) y 46 bis.1.b) del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000 de 4 de agosto, mediante resolución firme.
Declaración responsable del representante legal de la entidad.
-
No estar incursa en causa legalmente establecida que le impida el acceso a ayudas o subvenciones, incluidas las previstas en la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres y vidas libres de violencia machista contra las mujeres:
- No tener un plan de igualdad vigente, siendo una empresa obligada a ello según la normativa del Estado.
- No haber establecido medidas para prevenir y combatir el acoso sexual o acoso por razón de sexo, en los términos establecidos por la legislación del Estado en materia de igualdad de mujeres y hombres, en el caso de empresas de más de 50 trabajadores.
- Cometer, incitar o promocionar LGTBIfobia, incluyendo la promoción o realización de terapias de conversión.
Declaración responsable del representante legal de la entidad
-
Para subvenciones por importe superior a 30.000 euros y cuando el solicitante sea persona física o jurídica con ánimo de lucro, distinta de una entidad de derecho público, cumplir, en los términos previstos en el apartado 3 bis del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los plazos de pago establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, sobre medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
Presentación de cuenta de pérdidas y ganancias abreviada. En el supuesto de que no se pueda, presentación de certificación emitida por auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas o, mediante Informe de Procedimientos Acordados. -
No estar sancionada por infracción grave o muy grave prevista en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, o en la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi, mediante resolución firme en vía administrativa o, en caso de haber sido sancionada, que ha ejecutado las medidas correctoras pertinentes y ha satisfecho la sanción.
Declaración responsable del representante legal de la entidad
-
Cumplir con la cuota establecida legalmente de reserva de puestos de trabajo en favor de personas con discapacidad o, en su defecto, ha adoptado las medidas alternativas correspondientes.
Declaración responsable del representante legal de la entidad
-
No encontrarse en alguna de las restantes circunstancias a que hacen referencia los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Declaración responsable del representante legal de la entidad
-
No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una Decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
Declaración responsable del representante legal de la entidad
Normativa
Organismos
Organismo que convoca
- Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director/a General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo
Organismo que resuelve
- Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director/a General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo
Organismo financiador/cofinanciador
- Fondo Social Europeo (FSE)
Información de contacto
Servicio de Atención a Entidades y Empresas: 945 160 601
Código
1245201Solicitud y aportación de documentación
Junto a la solicitud de subvención se aportará la siguiente documentación:
Con la solicitud de subvención se aportará la siguiente documentación:
- Lugar de celebración, calendario y horario de las sesiones presenciales.
- Dirección url en la que está ubicado todo el material teórico, facilitando un acceso a nivel administrador y su contraseña, con un acceso a tiempo real a todo el material a disposición de las personas participantes desde el momento de la solicitud y para todo el desarrollo del proceso formativo.
- Material que conformará el dispositivo de uso personal (tablet con conexión a Internet 24 horas) que posibilite el seguimiento de los contenidos de la plataforma de teleformación por parte de las personas participantes, y el proceso de aprendizaje y autoevaluación (fichas de cumplimentación tipo test), de un modo rápido y sencillo, debiendo necesariamente ser complementada con asistencia tutorial.
- Identificación del equipo formador y de asistencia tutorial durante la celebración de la acción formativa.
Aquellas entidades que no tengan acceso a esta aplicación podrán solicitarlo a través de la página web de Lanbide
-
Ser entidad de formación privadas o públicas
Se verificará por el órgano gestor.
-
No tener residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.
Declaración responsable del representante legal de la entidad.
-
Hallarse inscrita a la fecha de presentación de la solicitud en el Registro de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, en cualquier otro Registro de Entidades de Formación para el empleo de carácter autonómico o en el Registro Estatal de Entidades de Formación.
Declaración responsable del representante legal de la entidad.
-
Tener experiencia en la impartición de Certificados de Profesionalidad en Atención Sociosanitaria y/o en contenidos relacionados con el sector de cuidados.
Se verificará por el órgano gestor en el caso de tratarse de experiencia vinculada a Lanbide-Servicio Público de Empleo. En caso de tratarse de experiencia vinculada a otros Servicios Públicos de Empleo, se entregará documentación acreditativa de dicha circunstancia.
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Disponer de los medios personales y materiales necesarios para llevar a cabo los Planes de Formación por los que solicitan la ayuda o comprometerse a disponer de los mismos tras la adjudicación de la subvención, en el momento de inicio de la actividad formativa.
Declaración responsable del representante legal de la entidad.
-
Hallarse al corriente de pago de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Verificación autómatica por Lanbide o presentación de certificados.
-
Hallarse al corriente en el pago de obligaciones de reintegro en materia de subvenciones.
Verificación autómatica por Lanbide o presentación de certificados.
-
No estar sancionada ni penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, con inclusión de las que se hayan producido:
- por incurrir en discriminación por razón de sexo o en discriminación múltiple contemplada en el artículo 3.1 del Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres.
- por imposición de sanción accesoria prevista en los artículos 46.1.b) y 46 bis.1.b) del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000 de 4 de agosto, mediante resolución firme.
Declaración responsable del representante legal de la entidad.
-
No estar incursa en causa legalmente establecida que le impida el acceso a ayudas o subvenciones, incluidas las previstas en la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres y vidas libres de violencia machista contra las mujeres:
- No tener un plan de igualdad vigente, siendo una empresa obligada a ello según la normativa del Estado.
- No haber establecido medidas para prevenir y combatir el acoso sexual o acoso por razón de sexo, en los términos establecidos por la legislación del Estado en materia de igualdad de mujeres y hombres, en el caso de empresas de más de 50 trabajadores.
- Cometer, incitar o promocionar LGTBIfobia, incluyendo la promoción o realización de terapias de conversión.
Declaración responsable del representante legal de la entidad
-
Para subvenciones por importe superior a 30.000 euros y cuando el solicitante sea persona física o jurídica con ánimo de lucro, distinta de una entidad de derecho público, cumplir, en los términos previstos en el apartado 3 bis del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los plazos de pago establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, sobre medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
Presentación de cuenta de pérdidas y ganancias abreviada. En el supuesto de que no se pueda, presentación de certificación emitida por auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas o, mediante Informe de Procedimientos Acordados. -
No estar sancionada por infracción grave o muy grave prevista en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, o en la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi, mediante resolución firme en vía administrativa o, en caso de haber sido sancionada, que ha ejecutado las medidas correctoras pertinentes y ha satisfecho la sanción.
Declaración responsable del representante legal de la entidad
-
Cumplir con la cuota establecida legalmente de reserva de puestos de trabajo en favor de personas con discapacidad o, en su defecto, ha adoptado las medidas alternativas correspondientes.
Declaración responsable del representante legal de la entidad
-
No encontrarse en alguna de las restantes circunstancias a que hacen referencia los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Declaración responsable del representante legal de la entidad
-
No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una Decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
Declaración responsable del representante legal de la entidad
Resolución y recursos
Plazo de resolución
3 meses desde la presentación de la solicitud
Tipo de concesión de la ayuda
Concursal
Efectos del silencio
Desestimatorios
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital (cómo digitalizar documentos).
- Acceda a Mi carpeta.
Para interponer un recurso potestativo de reposición utilizando el canal electrónico, rellene el formulario que encontrará en Mi carpeta.
Es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por él mismo.
Tiene carácter potestativo, lo cual quiere decir que las personas interesadas tienen la alternativa de interponer el recurso de reposición o bien, si lo prefieren, interponer el recurso contencioso-administrativo directamente.
¿Contra qué actos se interpone?
- Aquellos que pongan fin a la vía administrativa.
¿Ante qué órgano se interpone?
- El mismo que dictó el acto recurrido.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes si el acto recurrido es expreso.
- En cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
- 1 mes: si en este plazo no se le notifica la resolución, se entiende desestimado el recurso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
En caso de interponer recurso potestativo de reposición, posteriormente cabe interponer recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
No obstante, comoquiera que el recurso de reposición tiene carácter potestativo, las personas interesadas pueden interponer el recurso contencioso-administrativo directamente.
Alta o modificación de datos de tercero en el Registro del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco
Para recibir el pago de las ayudas, la entidad deberá constar en el Registro de Terceros de la Oficina de Control Económico del Departamento de Economía y Hacienda del Gobierno Vasco.
En caso de que no lo esté o quiera modificar los datos bancarios existentes en el Registro deberá cumplimentar formulario según modelo establecido en https://www.euskadi.eus/altaterceros/ En caso de que la entidad no esté registrada o quiera modificar los datos bancarios existentes en el Registro de Terceros del Departamento de Economía y Hacienda, deberá cumplimentar el formulario según el modelo establecido, al cual se accederá a través de la siguiente dirección: https://www.euskadi.eus/altaterceros. Dicho formulario está disponible, asimismo, en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Otros trámites
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital (cómo digitalizar documentos).
- Acceda a Mi carpeta.
Para aportar documentación, acceda a Mi carpeta (es necesario un medio de identificación electrónica):
Usted puede aportar los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Acceda a Mi carpeta y en el apartado Mi perfil podrá modificar sus datos de contacto.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital (cómo digitalizar documentos).
- Acceda a Mi carpeta.
Si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos se requerirá a la entidad interesada para que, en un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su notificación, subsane la falta o defecto o acompañe los documentos preceptivos. De no hacerlo, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución dictada al efecto.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital (cómo digitalizar documentos).
- Acceda a Mi carpeta.
Para solicitar la ampliación del plazo en el trámite que tiene que realizar, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Puede solicitar la ampliación del plazo para subsanar o aportar la documentación requerida, siempre y cuando no se trate de un procedimiento de concurrencia competitiva.
Más información: Artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital (cómo digitalizar documentos).
- Acceda a Mi carpeta.
Usted tiene derecho a desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.
Aunque desista, seguirá conservando los derechos que le amparan y podrá hacerlos valer en otro procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital (cómo digitalizar documentos).
- Acceda a Mi carpeta.
¿Cuándo puedo renunciar a la continuación de un procedimiento?
En cualquier momento una vez que se haya dictado la resolución.
¿Qué sucede con mis derechos?
Si renuncia, pierde los derechos que le amparan en este procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital (cómo digitalizar documentos).
- Acceda a Mi carpeta.
Para aportar la documentación, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Si la solicitud o comunicación necesita ampliar información, el órgano competente le requerirá que aporte nueva documentación en el plazo de 15 días. De no hacerlo, la Administración continuará con la tramitación de su solicitud o comunicación.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado una ampliación de documentación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital (cómo digitalizar documentos).
- Acceda a Mi carpeta.
Para aportar documentación, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Si la solicitud o comunicación necesita ampliar información, el órgano competente le requerirá que la aporte nueva documentación en el plazo de 10 días. De no hacerlo, laAdministración continuará con la tramitación de su solicitud o comunicación.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de aportación de documentación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación.