Medios de comunicación 2024 (IAGen)- Local Comarcal (CIES>=4.000)

Descripción


Objeto

El objeto es establecer las bases y convocar la concesión de subvenciones  para minimizar el impacto negativo de la inteligencia artificial generativa en la creación, elaboración y publicación de información diaria.

El importe global de la subvención, 7.000.000 €se distribuirá de la siguiente manera:

  • Línea 1: Ayudas a medios de comunicación diarios generalistas del ámbito de la CAE. Dotación: 6.000.000 €

  •  Línea 2: Ayudas a medios de comunicación diarios generalistas con contenidos de ámbito local o comarcal. Dotación: 1.000.000 €. A su vez, esta línea subvencional se divide en dos sublíneas:

    • Sublínea 2.1: Ayudas a medios de comunicación que cuenten con una audiencia mínima de 4.000, de acuerdo con el Estudio de Audiencia de Medios correspondiente al acumulado de 2023 realizado por CIES. Dotación: 700.000 €

    • Sublínea 2.2: Ayudas a medios de comunicación que cuenten con una audiencia inferior a 4.000 según el Estudio de Audiencia de Medios correspondiente al acumulado de 2023 realizado por CIES o aquellos medios de comunicación locales o comarcales que puedan aportar el informe resumen de audiencia de Google Analytics correspondiente al año 2023. Dotación: 300.000 €

Dotación presupuestaria

2.1.azpilerroa: 700.000 €

A quién va dirigido


Personas jurídicas privadas

Medios de comunicación

Requisitos:

  • Medios de comunicación privados diarios generalistas

  • Tener sede o una delegación territorial en la CAE.
  • Ofrecer contenidos informativos y de interés general referidos a hechos de actualidad diaria para el conjunto de la población de la CAE o contenidos locales o comarcales de interés general para la población correspondiente a su ámbito.

  • Disponer, al menos, de 5 personas trabajadoras en plantilla a 31 de diciembre de 2023 y que mantengan, al menos, dicho nivel de plantilla durante los meses de duración del proyecto o actividad subvencionable.

Organismos


Organismo que convoca

  • Cultura y Política Lingüística > Consejero/a de Cultura y Política Lingüística

Organismo que resuelve

  • Cultura y Política Lingüística > Consejero/a de Cultura y Política Lingüística

Información de contacto


Código

1250502

Solicitud y aportación de documentación


  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital (ayuda para digitalizar documentos).
  3. Acceda al siguiente formulario online.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

6 meses

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá estar dado de alta en el Registro de terceros de la Oficina de Control Económico del Departamento de Economía y Hacienda del Gobierno Vasco.

Justificación


Las entidades beneficiarias deberán justificar la ejecución íntegra del proyecto subvencionado.

Los documentos justificativos del proyecto ejecutado entre el 1 de enero de 2024 y 15 de diciembre de 2024 se podrán presentar hasta el 16 de diciembre de 2024.

Si la subvención otorgada ≥ 60.000 €, se deberá presentar la siguiente documentación:

  • Acreditación de haber mantenido, al menos, 5 personas trabajadoras en plantilla (Presentar el Recibo de Liquidación de Cotizaciones (antiguo TC1) correspondiente al mes de noviembre de 2024).
  • Memoria de actuación justificativa con indicación de las actividades realizadas y los resultados obtenidos.
  • Memoria económica justificativa
  • Relación clasificada de gastos (utilizar plantilla de Excel publicada)
  • Presupuesto liquidado (utilizar plantilla de Excel publicada)
  • Facturas y documentación acreditativa de pago
  • Indicación, en su caso, de los criterios de reparto de los costes generales y/o indirectos incorporados en la relación clasificada de gastos
  • Los 3 presupuestos que deba de haber solicitado la entidad beneficiaria.
  • En el supuesto de remanentes no aplicados, carta de pago de reintegro (teniendo en cuenta los intereses generados)
  • Justificación de haber incluido la marca del Gobierno Vasco siguiendo los criterios del artículo 13.f) de las bases (desde que se da por aceptada la subvención hasta el 15 de diciembre de 2024).

Si la entidad beneficiaria cuenta con más de 50 personas trabajadoras deberá acreditar en este momento, salvo si ya lo hizo en la solicitud:

  • Acreditación de haber establecido medidas para prevenir y combatir el acoso sexual o acoso por razón de sexo en los términos establecidos por la legislación del Estado en materia de igualdad de mujeres y hombres.
  • Acreditación de que han cumplido con la cuota establecida legalmente de reserva de puestos de trabajo en favor de personas con discapacidad o que han puesto en marcha medidas alternativas para su cumplimiento.

Si la subvención otorgada < 60.000 €, la justificación se realizará a través de la cuenta justificativa simplificada. En ese caso, la documentación a presentar será la siguiente:

  • Acreditación de haber mantenido, al menos, 5 personas trabajadoras en plantilla (Presentar el Recibo de Liquidación de Cotizaciones (antiguo TC1) correspondiente al mes de noviembre de 2024).
  • Memoria de actuación justificativa con indicación de las actividades realizadas y los resultados obtenidos.
  • Relación clasificada de gastos (utilizar plantilla de Excel publicada)
  • Presupuesto liquidado (utilizar plantilla de Excel publicada)
  • En el supuesto de remanentes no aplicados, carta de pago de reintegro (teniendo en cuenta los intereses generados)
  • Justificación de haber incluido la marca del Gobierno Vasco siguiendo los criterios del artículo 13.f) de las bases (desde que se da por aceptada la subvención hasta el 15 de diciembre de 2024).

En este caso el órgano concedente comprobará los justificantes que estime oportunos y podrá requerir a la entidad beneficiaria la remisión de los justificantes de gasto seleccionados.

  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital.
  3. Acceda a Mi carpeta.

Otros trámites