Subvenciones para desarrollar programas de Formación Profesional Dual en Régimen Intensivo en centros privados concertados de la CAPV que imparten ciclos formativos de Formación Profesional (2024-2025)

[FP_ALTERNANCIA]

Descripción


Objeto

La concesión de subvenciones, destinadas al desarrollo, por centros docentes privados concertados de la Comunidad Autónoma del País Vasco que impartan ciclos formativos de Formación Profesional, de proyectos del programa de formación profesional dual en régimen intensivo durante el curso 2024-2025 autorizados por resolución del Viceconsejero de Formación Profesional, con anterioridad a la presentación de la solicitud de subvención en la presente convocatoria.

Dotación presupuestaria

750.000 (euro)

Prestación económica

Forma de pago:

El abono de las subvenciones correspondientes a estos programas de Formación Profesional Dual en Régimen Intensivo se efectuará fraccionadamente mediante dos libramientos, que se materializarán de la siguiente forma:

a) El primer libramiento será por el 70,698% de la cantidad concedida a cada una de los centros docentes beneficiarios, una vez transcurrido el plazo indicado en el artículo 17.1, sin haber mediado renuncia.

b) El segundo, por la cantidad restante, se realizará en 2025, una vez presentada por la entidad beneficiaria la documentación acreditativa de la efectiva realización de las actuaciones subvencionadas y de su coste, conforme a lo establecido en el artículo 11.

A quién va dirigido


Centros concertados de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco

Requisitos:

  • Tener concertado algún ciclo formativo de formación profesional de grado básico, de grado medio o superior durante el curso 2024-2025.
  • Tener aprobado y autorizado el programa de formación profesional dual en régimen intensivo de alternancia, elaborado conjuntamente entre el centro de formación profesional y la empresa participante, para el curso 2024-2025.
  • Estar legalmente constituido y autorizado
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social

  • Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

Requisitos

  • Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes tanto públicos como privados.

  • No hallarse sancionado administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas o no estar incursos en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en el Decreto legislativo 1/2023, de 16 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres.

  • No podrán obtener la condición de beneficiario aquellos en quienes concurra alguna de las circunstancias descritas en el artículo 13, de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, reguladora del régimen de subvenciones.

Organismos


Organismo que convoca

  • Gobierno Vasco > Educación

Organismo que resuelve

  • Educación > Viceconsejería de Formación Profesional

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0120513

Solicitud y aportación de documentación.


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

En el plazo de seis meses, a partir del día siguiente de la publicación de la orden en BOPV.

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Justificación


El plazo de presentación de estos documentos justificativos finaliza el 18 de julio de 2025.

Estas justificaciones deberán presentarse por canal electrónico a través de “Mi carpeta” de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi

https://www.euskadi.eus/micarpeta

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites