Ayudas, acogidas al régimen de mínimis, para la realización de eventos sociales que dinamicen el medio rural y litoral de la CAPV 2024

[Eventos Sociales]

Descripción


Objeto

Promocionar eventos sociales para la dinamización del medio rural y litoral en la Comunidad Autónoma de Euskadi, que contribuyan a alguna de las siguientes finalidades:

a) Estimular la participación del sector privado y público en la financiación de eventos sociales en el medio rural y litoral, que lo dinamicen.

b) Fomentar nuevos eventos sociales así como consolidar aquellos que tengan un relevante impacto positivo en el medio rural y litoral.

c) Generar impacto económico en su ámbito de actuación.

* La persona beneficiaria de esta ayuda tiene la obligación de hacer constar expresamente el patrocinio del Gobierno Vasco en todos aquellos soportes, cartelería, señalética, premios, trofeos y actuaciones subvencionadas que conlleven la divulgación, difusión o, en su caso, publicidad de las mismas. A continuación se ponen a disposición el logotipo del Gobierno Vasco a insertar en los soportes:

Dotación presupuestaria

200.000 €

Prestación económica

El importe de estas ayudas no podrá ser de tal cuantía que supere el 60% del coste total de la actividad, ni superar un importe máximo de 20.000 euros.

A quién va dirigido


Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas o jurídicas privadas o públicas que actúen como promotoras de eventos sociales en el medio rural o litoral de la CAE.

Requisitos

  • Desarrollar la actividad subvencionada en una zona rural o litoral de la CAE, conforme a las zonas con grado de vulnerabilidad/litoralidad ZEA a GV4 y L1 a L7.
  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones lo cual se acreditará de conformidad con la Orden de 13 de febrero de 2023, del Consejero de Economía y Hacienda, sobre acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como de las relativas al reintegro de subvenciones, en el marco de las ayudas y subvenciones que se otorguen con cargo a los Presupuestos Generales de Euskadi.
  • Comunicar si ha solicitado o no, y si se ha obtenido o no, subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos económicos para el mismo gasto subvencionable, procedentes de cualquier administración pública o entes tanto públicos como privados. En caso afirmativo, se deberá comunicar la identidad de la entidad concedente de la ayuda y de su importe. Asimismo, dicha comunicación deberá incorporar una declaración expresa referente a las demás ayudas de minimis recibidas durante los tres ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio en curso a efectos de comprobar que en los tres años previos a la concesión de esta ayuda no se supera el límite de 300.000 euros por persona beneficiaria establecido en el Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.
  • En el caso de las personas jurídicas, estar legalmente constituidas y encontrarse inscritas en el Registro correspondiente.
  • En el caso de asociaciones u organizaciones profesionales o empresariales o de otra índole, que operen en el ámbito agrario, tener presencia de mujeres en sus órganos de dirección como mínimo equilibrada.
  • Formular.

Organismos


Organismo que convoca

  • Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca / Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria > Dirección de Desarrollo Rural y Litoral y Políticas Europeas

Organismo que resuelve

  • Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca / Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria > Dirección de Desarrollo Rural y Litoral y Políticas Europeas

Información de contacto


Jone Loiola

Teléfono: 945 01 63 05

E-mail: j-loiola@euskadi.eus

David Gozalo

Teléfono: 945 01 63 04

E-mail: d-gozalo@euskadi.eus

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1017306

Solicitud y aportación de documentación


Resolución y recursos


Plazo de resolución

Cuatro meses a contar desde la fecha de presentación de la solicitud de ayuda.

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.

  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Alta de datos / Tercero interesado
  • Seleccionar este formulario en el caso de pagos nacionales.

  • Seleccionar este formulario en el caso de pagos internacionales.

Justificación y aportación de documentación


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón
    No será necesario disponer de un medio de identificación electrónica.
  4. Una vez dentro, podrá rellenar el formulario principal del trámite y adjuntar toda la documentación preparada previamente.
  5. Imprima el formulario y preséntelo en alguno de los lugares indicados.

Otros trámites