Subvenciones dirigidas a la producción de materiales didácticos digitales en euskera para niveles no universitarios. Propiedad de Productoras (EIMA Digitala PP-2024)

[Eima Digitala - Propiedad de productoras]

Descripción


Objeto

La regulación de las ayudas económicas destinadas a la creación y edición de materiales didácticos ‑en euskera y de calidad‑ para niveles no universitarios. En esta modalidad se subvencionarán: materiales didácticos digitales en euskera.

 

Dotación presupuestaria

160.000 (euro)

Prestación económica

La cuantía de la subvención no podrá exceder del 80% del importe de los gastos subvencionables, con un máximo de 20.000 € por material didáctico.

Forma de pago:

Una vez adjudicada la ayuda y comprobada su aceptación, se abonará el 20 % de la subvención adjudicada a cada solicitante.
Una vez que el material didáctico consiga el reconocimiento de idoneidad y se acepte la versión definitiva, se le abonará la 2ª parte, hasta un máximo de del 80 % de la ayuda adjudicada, a partir del 1 de enero de 2025.

A quién va dirigido


Personas físicas

Requisitos:

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

Personas Jurídicas Privadas

Requisitos:

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social

  • Tener suficiente poder de representación.

  • Estar legalmente constituida e inscrita en el registro de la Administración General de la Comunidad Autónoma del Vasca o en el registro que corresponda

Fundaciones

Requisitos:

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social

  • Tener suficiente poder de representación

  • Estar legalmente constituida e inscrita en el registro de la Administración General de la Comunidad Autónoma del Vasca o en el registro que corresponda

Sociedad cooperativa

Requisitos:

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social

  • Tener suficiente poder de representación
  • Estar legalmente constituida e inscrita en el registro de la Administración General de la Comunidad Autónoma del Vasca o en el registro que corresponda

Asociaciones

Requisitos:

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social

  • Tener suficiente poder de representación

  • Estar legalmente constituida e inscrita en el registro de la Administración General de la Comunidad Autónoma del Vasca o en el registro que corresponda

Requisitos

  • Realizar la descripción técnica del proyecto.
  • Las personas o entidades sancionadas penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, o incursas en prohibición legal que las inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud del Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, podrán concurrir a la convocatoria de ayudas, pero no podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en la presente Orden, durante el periodo que establezca la correspondiente sanción.

  • Que no está sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión de la Unión Europea, que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.

  • Que no es una empresa en crisis, de acuerdo con la definición de las Directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (DO, C 249, 31-07-2014).

  • Cumplir las condiciones y los requisitos establecidos en los artículos 11 y 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Que están en posesión de los derechos de autor o autorización precisa para llevar a cabo el proyecto.

  • Que el material es inédito y se creará y producirá en euskera.

  • Comunicar en el informe la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes tanto públicos como privados, y también cuando, posteriormente, se detecten nuevos recursos.

  • No incurrir en sobrefinanciación.
  • Asimismo, se tendrá en cuenta el apartado 4 del artículo 11 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones, que expresa explícitamente lo siguiente:

  • Además de los requisitos señalados, la persona solicitante deberá cumplir el resto de las obligaciones establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones para ser beneficiaria de subvenciones públicas, así como el resto de la legislación.

Normativa


Organismos


Organismo que convoca

  • Educación > Consejero/a de Educación

Organismo que resuelve

  • Educación > Viceconsejería de Educación

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1203515

Solicitud y aportación de documentación


Por cada solicitante se subvencionarán, como máximo, 2 proyectos.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

La convocatoria se resolverá en un plazo máximo de seis meses a partir de su publicación en el BOPV. La resolución se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno Vasco, y tendrá efectos de notificación a partir del día siguiente.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Solicitud de idoneidad


El material didáctico ha de ser realizado y presentado al Departamento de Educación, para su análisis de idoneidad, antes del 8 de septiembre de 2025

Más información: http://www.euskadi.eus/eima-calidad-materiales-didacticos-euskera/web01-a2heusk/es/

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Justificación


Para justificar que cumple las condiciones impuestas y que consigue los objetivos previstos, deberá presentar la documentación necesaria en los lugares señalados.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Alta o modificación de datos de tercero en el Registro del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, deberá usted constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites