Ayudas a proyectos de educación para el desarrollo (K3) - 2024
- Organismo:
- Justicia y Derechos Humanos
- Estado:
Descripción
Objeto
Dotación presupuestaria
6.700.000 euros.A quién va dirigido
Entidades sin ánimo de lucro
Requisitos:
-
Estar legalmente constituida
Estar legalmente constituida e inscrita formalmente en el registro que corresponda (en función de su naturaleza jurídica), con al menos dos años de antelación a la fecha de finalización del plazo para la presentación de solicitudes (art. 5.1 a).
Completar la información en la solicitud (eLankidetza verificará los datos de oficio).
-
Finalidad (Estatutos)
La realización de acciones orientadas al desarrollo de los países empobrecidos del Sur o acreditación de llevar actuando en el ámbito de forma continuada durante un mínimo de dos años (art. 5.1 b).
Completar la información en la solicitud.
-
Carecer de ánimo de lucro (art. 5.1.c)
eLankidetza verificará los datos de oficio.
-
Disponer de sede central o delegación permanente en la CAE (art.5.1.d) y estructura organizativa suficiente para la gestión de las actuaciones financiadas con fondos públicos.
Completar la información en la solicitud.
-
No hallarse la entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente (art.5.1.e)
Completar la información en la solicitud.
-
Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de las obligaciones con la Seguridad Social (art. 5.1.f).
Completar la información en la solicitud.
-
En caso de Consorcio
Todas las entidades han de cumplir con los requisitos anteriores, con las siguientes salvedades: (i) al menos la cabeza de consorcio deberá tener su sede social o delegación permanente en la CAE, no siendo necesario para el resto de entidades; (ii) al menos la cabeza de consorcio deberá ser una entidad sin ánimo de lucro, no siendo necesario para el resto de entidades (compromiso y garantía de interés no lucrativo en el proyecto) (art. 5.2). Deberán presentar convenio.
Completar la información en la solicitud y adjuntar declaraciones responsables de las solicitantes consorciadas (una por entidad consorciada, salvo la cabeza de consorcio).
-
Tener suficiente poder de representación
En caso de solicitud electrónica firmada por persona física (si no está inscrita en el registro de representantes o no se ha entregado previamente a eLankidetza), deberá entregarse copia simple de representación legal según el siguiente modelo:
Requisitos
-
Requisitos de los proyectos
Ayudas a proyectos de educación para el desarrollo (K3)
- Iniciarse dentro del año 2024 (art. 17.1 a). Completar la información en la solicitud.
- Estar cofinanciados al menos en un 20% (art. 19). Completar la información en la solicitud.
- Tener una duración entre 3 y 24 meses (art. 17.1d). Completar la información en la solicitud.
- Subvención máxima 600.000 € (art. 3 de la Orden de 12 de marzo de 2024 de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales). Completar la información en la solicitud.
- Tener repercusión práctica y evaluable en los colectivos destinatarios (art. 17.1b).
- Dirigirse a cualquier colectivo como población sujeto pero varios priorizados por su capacidad multiplicadora (art. 17.1 c).
- Estar enmarcados en temáticas priorizadas (art. 17.1 f).
- Ser viables (art. 17.1 g).
- Realizarse a través de procedimientos priorizados (art. 17.2).
- Alcanzar una puntuación mínima de 50 puntos (art. 6.2 m).
- Completar la información en la propuesta técnica según modelo.
- Completar el presupuesto según modelo.
- Presentar documentos vinculados con los requisitos presupuestarios:
i.Facturas pro-forma y documentos acreditativos de las valorizaciones (art. 22.3 b y art. 18.6)
ii.Acreditación salario del personal contratado (art. 18.4 b)
iii.Acreditación coste del personal voluntario (art. 18.6 c)
iv. Memoria justificativa del uso de recibos (art. 22.3 d)
Adjuntar la información en sus anexos correspondientes (Anexo de facturas proforma, valorizaciones; Anexo Memoria de idoneidad personal voluntario; Anexo memoria de uso de recibos).
Normativa
Organismos
Organismo que convoca
- Justicia y Derechos Humanos > Consejero/a de Justicia y Derechos Humanos
Organismo que resuelve
- eLankidetza-Agencia Vasca de Cooperación y Solidaridad > Dirección de eLankidetza
Información de contacto
- Consultas generales: Marta Martínez Antón pro-deialdia@elankidetza.eus 945 01 81 77
- Consultas/incidencias informáticas: Alicia Méndez a-mendezarroita@elankidetza.eus 945 01 55 11
- Consultas identificación electrónica: IZENPE: 900 840 123
Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía
Código
1014518Solicitud y aportación de documentación
Documentos oficiales
- Formulario de otorgamiento de representación
- Declaraciones responsables entidades solicitantes consorciadas
- Convenio consorcio entidades solicitantes
- Memoria uso de recibos
- Propuesta técnica K3
- Presupuesto K3
- Criterios de baremación (Anexo II)
Documentos de ayuda
- Explicación formulario
- Orientaciones presupuestarias K3
- Listado anexos
- Otros documentos comunes a todas las convocatorias
Documentos de presentación de la convocatoria
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
-
Propuesta técnica
Modelo de presupuesto (Sólo es válido el formato de hoja de Excel de este año)
Memoria Uso de recibos
Modelo de convenio de consorcio de entidades solicitantes
Y cualquier otro documento necesario para justificar los requisitos de los proyectos.
-
Requisitos de los proyectos
Ayudas a proyectos de educación para el desarrollo (K3)
- Iniciarse dentro del año 2024 (art. 17.1 a). Completar la información en la solicitud.
- Estar cofinanciados al menos en un 20% (art. 19). Completar la información en la solicitud.
- Tener una duración entre 3 y 24 meses (art. 17.1d). Completar la información en la solicitud.
- Subvención máxima 600.000 € (art. 3 de la Orden de 12 de marzo de 2024 de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales). Completar la información en la solicitud.
- Tener repercusión práctica y evaluable en los colectivos destinatarios (art. 17.1b).
- Dirigirse a cualquier colectivo como población sujeto pero varios priorizados por su capacidad multiplicadora (art. 17.1 c).
- Estar enmarcados en temáticas priorizadas (art. 17.1 f).
- Ser viables (art. 17.1 g).
- Realizarse a través de procedimientos priorizados (art. 17.2).
- Alcanzar una puntuación mínima de 50 puntos (art. 6.2 m).
- Completar la información en la propuesta técnica según modelo.
- Completar el presupuesto según modelo.
- Presentar documentos vinculados con los requisitos presupuestarios:
i.Facturas pro-forma y documentos acreditativos de las valorizaciones (art. 22.3 b y art. 18.6)
ii.Acreditación salario del personal contratado (art. 18.4 b)
iii.Acreditación coste del personal voluntario (art. 18.6 c)
iv. Memoria justificativa del uso de recibos (art. 22.3 d)
Adjuntar la información en sus anexos correspondientes (Anexo de facturas proforma, valorizaciones; Anexo Memoria de idoneidad personal voluntario; Anexo memoria de uso de recibos).
-
Estar legalmente constituida
Estar legalmente constituida e inscrita formalmente en el registro que corresponda (en función de su naturaleza jurídica), con al menos dos años de antelación a la fecha de finalización del plazo para la presentación de solicitudes (art. 5.1 a).
Completar la información en la solicitud (eLankidetza verificará los datos de oficio).
-
Finalidad (Estatutos)
La realización de acciones orientadas al desarrollo de los países empobrecidos del Sur o acreditación de llevar actuando en el ámbito de forma continuada durante un mínimo de dos años (art. 5.1 b).
Completar la información en la solicitud.
-
Carecer de ánimo de lucro (art. 5.1.c)
eLankidetza verificará los datos de oficio.
-
Disponer de sede central o delegación permanente en la CAE (art.5.1.d) y estructura organizativa suficiente para la gestión de las actuaciones financiadas con fondos públicos.
Completar la información en la solicitud.
-
No hallarse la entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente (art.5.1.e)
Completar la información en la solicitud.
-
Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de las obligaciones con la Seguridad Social (art. 5.1.f).
Completar la información en la solicitud.
-
En caso de Consorcio
Todas las entidades han de cumplir con los requisitos anteriores, con las siguientes salvedades: (i) al menos la cabeza de consorcio deberá tener su sede social o delegación permanente en la CAE, no siendo necesario para el resto de entidades; (ii) al menos la cabeza de consorcio deberá ser una entidad sin ánimo de lucro, no siendo necesario para el resto de entidades (compromiso y garantía de interés no lucrativo en el proyecto) (art. 5.2). Deberán presentar convenio.
Completar la información en la solicitud y adjuntar declaraciones responsables de las solicitantes consorciadas (una por entidad consorciada, salvo la cabeza de consorcio).
-
Tener suficiente poder de representación
En caso de solicitud electrónica firmada por persona física (si no está inscrita en el registro de representantes o no se ha entregado previamente a eLankidetza), deberá entregarse copia simple de representación legal según el siguiente modelo:
Para solicitar la ayuda, deberá:
- disponer de un medio de identificación electrónica
- preparar toda la documentación necesaria, escanearla en formato PDF (o en uno de los formatos admitidos -PDF-) y guardarla en el ordenador
- rellenar los formularios, si los hubiera, y guardarlos en el ordenador
- acceder al servicio electrónico, dónde se mostrarán cuatro pasos:
- cumplimentar la Solicitud
- adjuntar los documentos y formularios preparados
- firmar la solicitud
- enviar la solicitud y la documentación aportada
Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo.
Nota: Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). Para poder ejercer este derecho, en el apartado Documentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
Aviso: La continuación de la tramitación y el seguimiento del estado del expediente se realizará a través de Mi carpeta.
NOTA: no es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas. La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa. |
Resolución y recursos
Plazo de resolución
Aproximadamente 4 meses
Tipo de concesión de la ayuda
Concursal
Efectos del silencio
Desestimatorios
Dictada resolución
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital (cómo digitalizar documentos).
- Acceda a Mi carpeta.
El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente.
¿Contra qué actos se interpone?
- Actos que no pongan fin a la vía administrativa.
- Actos de trámite que deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto o impiden la continuación del procedimiento.
¿Ante qué órgano se interpone?
- Ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido o su superior jerárquico.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes, si el acto recurrido es expreso.
- 3 meses, si el acto recurrido es presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
- 3 meses.
Si en ese plazo la Administración no le notifica la resolución:
- El recurso se entenderá estimado, si el acto recurrido es presunto.
- El recurso se entenderá desestimado, si el acto recurrido es expreso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
- Recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
- Recurso extraordinario de revisión, excepcionalmente.
Aceptación de la ayuda
Si está conforme con la ayuda concedida, puede aceptarla rellenando el formulario. La Administración proseguirá con los trámites necesarios para el pago.
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Para aceptar la ayuda utilizando el canal electrónico, rellene el formulario que encontrará en Mi carpeta.
Para realizar este trámite es necesario identificarse mediante un certificado electrónico.
Justificación
Para justificar que cumple las condiciones impuestas y que consigue los objetivos previstos, deberá presentar la documentación necesaria en los lugares señalados.
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
-
Para justificar la ayuda concedida, rellene el formulario y entréguelo junto con la documentación necesaria en Mi carpeta entrando directamente en el expediente y adjuntándola a través del botón "Adjuntar documentos".
La documentación solicitada es la siguiente:
- Memoria técnica
- Memoria económica
- Documentación técnica
- Documentación económica
- Justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención.
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
- Comunicar en su caso la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).
-
Para justificar la ayuda concedida, rellene el formulario y entréguelo junto con la documentación necesaria en Mi carpeta entrando directamente en el expediente y adjuntándola a través del botón "Adjuntar documentos".
La documentación solicitada es la siguiente:
- Memoria técnica
- Memoria económica
- Documentación técnica
- Documentación económica
Para justificar la ayuda concedida, rellene el formulario y entréguelo junto con la documentación necesaria en Mi carpeta entrando directamente en el expediente y adjuntándola a través del botón "Adjuntar documentos".
La documentación solicitada es la siguiente:
- Memoria técnica
- Memoria económica
- Documentación técnica
- Documentación económica
Para justificar la ayuda concedida, rellene el formulario y entréguelo junto con la documentación necesaria en Mi carpeta entrando directamente en el expediente y adjuntándola a través del botón "Adjuntar documentos".
La documentación solicitada es la siguiente:
- Memoria técnica
- Memoria económica
- Documentación técnica
- Documentación económica
Para realizar este trámite es necesario identificarse mediante un certificado electrónico.
Comunicación de modificación
Usted tiene la obligación de comunicar a la entidad concedente la modificación de cualquier circunstancia, tanto objetiva como subjetiva que hubiese sido tenida en cuenta para la concesión de la subvención.
Nota: En el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, apartado 2.e del artículo 50, se establecen las obligaciones de los beneficiarios de subvenciones y ayudas públicas.
Formulario para la comunicación de modificaciones en circunstancias que hayan sido tenidas en cuenta para la concesión de la subvención.
- Haberse producido modificaciones en las circunstancias que hayan sido tenidas en cuenta para la concesión de la subvención
Para comunicar las modificaciones de las circunstancias tenidas en cuenta en la concesión de la subvención, rellene el formulario y aportelo, junto con la documentación necesaria a través de la opción "aportación de documentación", que encontrará en Mi carpeta.
Para realizar este trámite es necesario identificarse mediante un certificado electrónico.
Otros trámites
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital (cómo digitalizar documentos).
- Acceda a Mi carpeta.
¿Cuándo puedo renunciar a la continuación de un procedimiento?
En cualquier momento una vez que se haya dictado la resolución.
¿Qué sucede con mis derechos?
Si renuncia, pierde los derechos que le amparan en este procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Acceda a Mi carpeta y en el apartado Mi perfil podrá modificar sus datos de contacto.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital (cómo digitalizar documentos).
- Acceda a Mi carpeta.
Para solicitar la ampliación del plazo en el trámite que tiene que realizar, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Puede solicitar la ampliación del plazo para subsanar o aportar la documentación requerida, siempre y cuando no se trate de un procedimiento de concurrencia competitiva.
Más información: Artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital (cómo digitalizar documentos).
- Acceda a Mi carpeta.
Para aportar la documentación, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Si la solicitud o comunicación necesita ampliar información, el órgano competente le requerirá que aporte nueva documentación en el plazo de 15 días. De no hacerlo, la Administración continuará con la tramitación de su solicitud o comunicación.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado una ampliación de documentación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital (cómo digitalizar documentos).
- Acceda a Mi carpeta.
Para aportar documentación, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Si la solicitud o comunicación necesita ampliar información, el órgano competente le requerirá que la aporte nueva documentación en el plazo de 10 días. De no hacerlo, laAdministración continuará con la tramitación de su solicitud o comunicación.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de aportación de documentación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital (cómo digitalizar documentos).
- Acceda a Mi carpeta.
Usted tiene derecho a desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.
Aunque desista, seguirá conservando los derechos que le amparan y podrá hacerlos valer en otro procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital (cómo digitalizar documentos).
- Acceda a Mi carpeta.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, el órgano competente le requerirá que la subsane en el plazo de 10 días. De no hacerlo, la Administración supondrá que ha desistido de su solicitud.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de subsanación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
Más información: Artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital (cómo digitalizar documentos).
- Acceda a Mi carpeta.
Para aportar documentación, acceda a Mi carpeta (es necesario un medio de identificación electrónica):
Usted puede aportar los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.