EVE - Programa de ayudas a inversiones en renovación de instalaciones eléctricas antiguas en comunidades de propietarios residenciales.
- Organismo:
- EVE - Ente Vasco de la Energía
- Estado:
Descripción
Objeto
El Programa de ayudas tiene el objetivo prioritario de apoyar la renovación de instalaciones eléctricas en edificios de comunidades de propietarios residenciales localizados en el territorio de la CAE, cuya antigüedad sea igual o superior a 25 años y que, cumpliendo con el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión vigente, tramiten el correspondiente Boletín de Baja Tensión.
Dotación presupuestaria
1.000.000€Prestación económica
La dotación económica total destinada a este programa asciende a 1.000.000 €, según el correspondiente crédito establecido al efecto en los presupuestos del EVE.
Procedimiento de adjudicación de las ayudas.
Las resoluciones de las solicitudes de ayuda se realizarán mediante un procedimiento de concurrencia sucesiva, una vez realizadas las comprobaciones de concurrencia de la situación o actuación subvencionable y el cumplimiento del resto de requisitos exigidos, hasta el agotamiento del crédito presupuestario asignado en las convocatorias. De este modo, las solicitudes se examinarán, tramitarán y resolverán conforme a su estricto orden de presentación.
Cuantía de las ayudas
La cuantía de la ayuda a otorgar a los beneficiarios del Programa se establece en un porcentaje del 60% a aplicar sobre los costes subvencionables de la actividad objeto de ayuda.
La cuantía máxima de la ayuda será de 5.000 euros por instalación.
La dotación económica total destinada a este programa asciende a 1.000.000 €, según el correspondiente crédito establecido al efecto en los presupuestos del EVE.
Procedimiento de adjudicación de las ayudas.
Las resoluciones de las solicitudes de ayuda se realizarán mediante un procedimiento de concurrencia sucesiva, una vez realizadas las comprobaciones de concurrencia de la situación o actuación subvencionable y el cumplimiento del resto de requisitos exigidos, hasta el agotamiento del crédito presupuestario asignado en las convocatorias. De este modo, las solicitudes se examinarán, tramitarán y resolverán conforme a su estricto orden de presentación.
Cuantía de las ayudas
La cuantía de la ayuda a otorgar a los beneficiarios del Programa se establece en un porcentaje del 60% a aplicar sobre los costes subvencionables de la actividad objeto de ayuda.
La cuantía máxima de la ayuda será de 5.000 euros por instalación.
A quién va dirigido
Comunidades de propietarios residenciales
Aquellas comunidades de propietarios residenciales reguladas por la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal y cuya antigüedad sea igual o superior a 25 años.
A este respecto, para poder ostentar la condición de beneficiarios del Programa, las comunidades de propietarios habrán de cumplir con lo previsto tanto en los artículos 11.3 y 13.2 de la LGS como en el artículo 11.4 de la Ley 20/2023.
Requisitos
-
Requisitos
Actuaciones subvencionables
A los efectos de este Programa de Ayudas, tendrán la consideración de actuación subvencionable las inversiones en renovación de instalaciones eléctricas antiguas en comunidades de propietarios residenciales ubicados en la CAE. El edificio debe ser existente y construido con anterioridad al año 1999.
Los requisitos mínimos que deben incorporar las renovaciones de las instalaciones eléctricas son los siguientes:
- 1. Cambio de tensión de B1 a B2 (con instalación de interruptor diferencial donde no lo haya).
- 2. Sustitución de instalaciones interiores con línea general de alimentación (LGA)/derivación individual (DI) de cable tipo “bajo plomo” o sin aislamiento de 0,6/1KV.
- 3. Sustitución de cajas generales de protección (CGP) metálicas o aislantes que impidan la posibilidad de ampliaciones de potencia.
- 4. Sacar las cajas generales de protección (CGP) ubicadas en patios interiores/de manzana a fachada (empotradas).
- 5. Adecuación de centralización de contadores en las comunidades que dispongan de garaje en el mismo edificio, con el fin de adecuarlas para una futura instalación de vehículos eléctricos.
Normativa
Organismos
Organismo que convoca
- Entes públicos de derecho privado > EVE - Ente Vasco de la Energía
Organismo que resuelve
- Entes públicos de derecho privado > EVE - Ente Vasco de la Energía
Información de contacto
Código
1241201Solicitud y aportación de documentación.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda al presente Programa de Ayudas comenzará a las 08:00h del día siguiente a la publicación de la convocatoria de este Programa en el Boletín Oficial del País Vasco (en adelante “BOPV”) y finalizará en el momento de producirse el agotamiento del presupuesto. En todo caso el plazo para la presentación de las solicitudes de ayuda finalizará el 31 de octubre de 2024, aun cuando existirá presupuesto disponible en la convocatoria.
Las actuaciones subvencionables deberán estar ejecutadas, y facturadas no más tarde del 31 de diciembre de 2024.
La justificación de la realización, facturación y pago de la actuación objeto de ayuda por parte de los beneficiarios de la ayuda deberá realizarse ante EVE, y no más tarde del 15 de enero de 2025, de manera electrónica.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda al formulario online mediante el siguiente botón y rellene los datos de la solicitud.
-
Requisitos de documentación en la fase de solicitud de ayuda:
- Ver ANEXO I de las Bases del Programa, apartado A.
Requisitos de documentación en la fase de justificación de las actuaciones:
- Ver ANEXO I de las Bases del Programa, apartado B.
-
Requisitos
Actuaciones subvencionables
A los efectos de este Programa de Ayudas, tendrán la consideración de actuación subvencionable las inversiones en renovación de instalaciones eléctricas antiguas en comunidades de propietarios residenciales ubicados en la CAE. El edificio debe ser existente y construido con anterioridad al año 1999.
Los requisitos mínimos que deben incorporar las renovaciones de las instalaciones eléctricas son los siguientes:
- 1. Cambio de tensión de B1 a B2 (con instalación de interruptor diferencial donde no lo haya).
- 2. Sustitución de instalaciones interiores con línea general de alimentación (LGA)/derivación individual (DI) de cable tipo “bajo plomo” o sin aislamiento de 0,6/1KV.
- 3. Sustitución de cajas generales de protección (CGP) metálicas o aislantes que impidan la posibilidad de ampliaciones de potencia.
- 4. Sacar las cajas generales de protección (CGP) ubicadas en patios interiores/de manzana a fachada (empotradas).
- 5. Adecuación de centralización de contadores en las comunidades que dispongan de garaje en el mismo edificio, con el fin de adecuarlas para una futura instalación de vehículos eléctricos.
Antes de comenzar:
- Tenga en cuenta que debe disponer de un medio de identificación electrónica.
- Prepare los documentos necesarios en formato digital.
Después, acceda al servicio electrónico, mediante el siguiente botón, y siga los 4 pasos que le indicamos:
- Rellene el formulario de la solicitud.
- Adjunte los documentos que ha preparado anteriormente.
- Firme la solicitud.
- Envíe la solicitud y los documentos.
* No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas. - A continuación, verá una pantalla que le indica que el envío ya ha sido realizado (acuse de recibo).
Posteriormente, podrá continuar con la tramitación y realizar el seguimiento de su expediente a través de Mi carpeta.