Programa de ayudas para la modernización de empresas privadas de transporte de viajeros prestadoras de servicios de transporte por carretera y de empresas privadas que intervienen en el transporte de mercancías por carretera, según lo dispuesto en el Real Decreto 902/2022, de 25 de octubre, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.

[Programa de ayudas para la modernización de empresas privadas de transporte por carretera.]

Descripción


Objeto

El objeto de la convocatoria es conceder ayudas destinadas a la digitalización de las empresas privadas de transporte de viajeros y mercancías, de los operadores de transporte y de las empresas cargadoras, como empresas que intervienen en el transporte de mercancías. El objetivo es incrementar la eficiencia de las empresas y del sistema de transporte mediante la digitalización, la sostenibilidad, la conectividad, la renovación de los sistemas y la introducción de nuevas tecnologías en el sector.

Dotación presupuestaria

5.139.573,00

Prestación económica

Serán actuaciones subvencionables las categorías de Soluciones de Modernización que se listan a continuación y que cumplan los requisitos que se establecen en el anexo I:

a)  Categoría 1: Gestión de documentos de control electrónicos.

b)  Categoría 2: Sistema de tacógrafo inteligente de segunda generación.

c)  Categoría 3: Integración de documentos de control electrónicos en los sistemas de gestión.

d)  Categoría 4: Implantación de sistemas TMS/ERP.

e)  Categoría 5: Implantación de sistemas SAE.

f)  Categoría 6: Actualización de sistemas SAE.

g)  Categoría 7: Ayudas a los servicios de transporte de viajeros.

h)  Categoría 8: Implantación de aplicaciones para reclamaciones por medios electrónicos.

i)   Categoría 9: Mejora de sistemas de ticketing.

Información adicional

Se incluye un documento aclaratorio con preguntas y respuestas frecuentes relativas a la presente convocatoria de ayudas así como de las distintas fase de tramitación que la componen:

A quién va dirigido


Destinatarias últimas de las ayudas

¿Quienes pueden solicitar y ser beneficiarias (destinatarias últimas) de las ayudas?

Serán destinatarias últimas de las ayudas, siempre que tengan su residencia fiscal en la Comunidad Autónoma del País Vasco y cumplan con las restantes condiciones indicadas en esta Orden:

- Las personas jurídicas privadas (que se incluyan en la definición de pyme)

- Las personas físicas.

En ambos casos, deben cumplir alguna de las siguientes condiciones:

a)  Sean titulares de alguna de las siguientes autorizaciones en vigor a la fecha de solicitud de las ayudas:

1.º Una autorización de transporte público de mercancías habilitante para hacer transporte con vehículos o conjuntos de vehículos de más de 3,5 tn de masa máxima, identificada con la clave MDPE.

2.º Una autorización de transporte público discrecional de viajeros en autobús, identificada con la clave VDE.

3.º Una autorización de transporte público de mercancías, habilitante para hacer transporte con vehículos de hasta 3,5 tn de masa máxima, identificada con la clave MDLE.

4.º Una autorización de operador de transporte habilitante para intermediar en la contratación de transportes públicos de mercancías, identificadas registralmente con la clave OT.

b)  A la fecha de solicitud de la ayuda presten servicio público de transporte urbano en autobús y estuvieran exentas de la obtención de alguna de las autorizaciones incluidas en la letra a) del presente apartado.

c) Intervengan en el proceso de transporte de mercancías como cargador/ descargador o expedidor/receptor, tal y como se refleja en la Ley 16/1987, de 30 de julio, en el documento de control y en el ADR.

(Atención) NO podrán ser destinatarias últimas de las ayudas (art. 5.2 de la Orden reguladora):

a) Las empresas que se encuentren en situación de crisis, conforme a la definición que a estos efectos se realiza en el Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.

b) Las personas o entidades en las que concurra alguna de las circunstancias enumeradas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

c) Las empresas que se encuentren sujetas a una orden de recuperación pendiente sobre cualquier ayuda o subvención que les hubiera sido otorgada con anterioridad, bien por haberse declarado ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior, bien por cualquier tipo de incumplimiento de las obligaciones que le vinieran atribuidas en la concesión.

d) Las empresas o entidades de titularidad pública que sean prestadoras del servicio de transporte público urbano.

e) Las empresas que se hallen incursas en prohibición legal que las inhabilite para la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas por razones de discriminación de sexo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50.5 del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco.

Organismos


Organismo que convoca

  • Planificación Territorial, Vivienda y Transportes / Viceconsejería de Infraestructuras y Transportes > Dirección de Planificación del Transporte

Organismo que resuelve

  • Planificación Territorial, Vivienda y Transportes / Viceconsejería de Infraestructuras y Transportes > Dirección de Planificación del Transporte

Organismo financiador/cofinanciador

  • Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)

Información de contacto


GOBIERNO VASCO

Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes.

Dirección de Planificación del Transporte

C/ Donostia-San Sebastián, 1

01010

Vitoria-Gasteiz

Teléfono: 945019714

e-mail: DT-Trans@euskadi.eus 

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1230501

Solicitud y aportación de documentación


- Están obligadas a comunicarse usando únicamente medios electrónicos aquellas destinatarias últimas que sean titulares de alguna de estas autorizaciones: MDPE, MDL, VDE Y OT, y que estén en vigor a la fecha de solicitud.  También están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, según se recoge en el artículo 14.2.d de la Ley 39/2015. (Art. 5.1.a) de la Orden reguladora.

- No obstante, no estarán obligadas a comunicarse mediante medios electrónicos, siempre y cuando no sean personas jurídicas quienes intervengan en el proceso de transporte de mercancías como cargador/ descargador o expedidor/receptor, y quienes presten servicio público de transporte urbano en autobús y estuvieran exentas de la obtención de alguna de las autorizaciones incluidas en la letra del presente apartado.

(Más información en el documento de Preguntas y Respuestas)

  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital (ayuda para digitalizar documentos).
  3. Acceda al siguiente formulario online.
  • Anexo VII (pdf , 50.77 KB)
    Anexo VIII (pdf , 47.02 KB)
    Anexo IX (pdf , 51.3 KB)
    Anexo V -v2- (pdf , 192.73 KB)
    Anexo VI -v2- (pdf , 83.94 KB)

  1. Acceda al siguiente formulario online y rellene los datos (no es necesario disponer de un medio de identificación electrónica).
  2. Imprima la solicitud que ha cumplimentado y fírmela de forma manuscrita. ¿No tiene impresora?
  3. Entregue la solicitud y la documentación requerida en el plazo y en los lugares de presentación establecidos en el procedimiento.
  • Formulario Solicitud (pdf , 437.75 KB)
    Anexo V (pdf , 61.78 KB)
    Anexo VI (pdf , 52.31 KB)
    Anexo VII (pdf , 50.77 KB)
    Anexo VIII (pdf , 47.02 KB)
    Anexo IX (pdf , 51.3 KB)

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Seis meses contados desde la fecha de presentación de la solicitud.

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Acuerdo de Prestación de Soluciones de Modernización.


Tras la concesión de la ayuda, para ejercer el derecho de cobro de la subvención concedida («cheque moderniza»), la destinataria última deberá firmar Acuerdos de Prestación de Soluciones de Modernización con los Proveedores de Soluciones de Modernización Adheridos  con los que haya formalizado contrato previo:

  • Solo se podrán contratar soluciones de modernización con los Proveedores de Soluciones de Modernización Adheridos que figuran en el Registro habilitado para ello en la siguiente web: https://www.mitma.gob.es/ministerio/proyectos-singulares/prtr/listado-proveedores-prtr
  • Los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Modernización se habrán de cumplimentar de conformidad con el formulario establecido en este mismo apartado.
  • El plazo máximo para presentar dicha documentación será de 3 meses desde la notificación de Resolución de concesión de la ayuda.
  • La destinataria última podrá formalizar Acuerdos de Prestación de Soluciones de Modernización con Proveedores de Soluciones de Modernización Adheridos diferentes, uno por cada actuación subvencionable. No obstante, si la destinataria última acuerda la realización de las actuaciones subvencionables correspondientes a las dos soluciones de modernización seleccionadas con un único Proveedor de Soluciones de Modernización Adherido, se podrán incluir y presentar ambas en un mismo acuerdo.
  • La destinataria última, o su representante legal, y el Proveedor de Soluciones de Modernización Adherido deberán firmar electrónicamente la propuesta de Acuerdo de Prestación de Soluciones de Modernización, asegurando una copia en castellano, aceptando las condiciones que se establezcan en el mismo.

(Más información en el documento de Preguntas y Respuestas)

Actualización febrero de 2024: Se sustituye el formulario por uno que incluye el logo del actual Ministerio de Transporte y Movilidad Sostenible.

  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital.
  3. Acceda a Mi carpeta.
  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Formulario de Acuerdo de Prestación de Soluciones de Modernización

Justificación de las actuaciones (soluciones de modernización) realizadas


Tras la prestación de la solución de modernización, el Proveedor de Soluciones de Modernización Adherido, en nombre de la destinataria última, deberá presentar la justificación de las acciones realizadas:

  • En un plazo máximo de doce meses desde la fecha de la resolución de concesión de la subvención a la destinataria última.
  • Deberá presentarse la documentación establecida en este apartado (Anexo IV de la Orden). La documentación justificativa debe ser coherente con la información aportada previamente.
  • En un plazo máximo de seis meses contados desde la presentación de la justificación por parte del Proveedor de Soluciones de Modernización Adherido para verificar el cumplimiento de la ejecución de la actuación objeto de subvención se procederá, en su caso, al pago del «cheque moderniza» a los Proveedores de Soluciones de Modernización Adheridos.
  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital.
  3. Acceda a Mi carpeta.
  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Cuenta justificativa (memoria).

Otros trámites