Fomento al alquiler. Actuaciones protegidas (Actuaciones que se hayan acogido en un momento dado a las ayudas de fomento al alquiler mediante promoción o adquisición para su puesta en arrendamiento protegido)

Descripción


Objeto

Todas aquellas actuaciones que se hayan acogido en un momento dado a las ayudas previstas de fomento del arrendamiento protegido mediante la promoción de viviendas para su destino a arrendamiento protegido, una vez finalizado el plazo previsto de destino obligatorio de las viviendas a arrendamiento protegido y, que quieran seguir destinando las viviendas a arrendamiento protegido, podrán solicitar estas ayudas.

  1. Ayuda directa de 12.000 euros por vivienda para su destino a arrendamiento protegido con rentas de viviendas de protección oficial de régimen general en alquiler durante un plazo mínimo de 10 años. En el supuesto de alquiler con un plazo mínimo de 20 años, la ayuda directa será de 24.000 euros por vivienda. N.º 252 lunes 20 de diciembre de 2021 BOLETÍN OFICIAL DEL PAÍS VASCO 2021/6319 (9/28)

  2. En caso de viviendas para su destino a arrendamiento protegido con rentas de viviendas de protección oficial en régimen especial o que no superen el 75 % de las previstas para viviendas de protección oficial en régimen general, se concederá una ayuda directa de 15.000 euros por vivienda en alquileres con un plazo mínimo de 10 años y de 30.000 euros por vivienda en el caso de alquileres con un plazo mínimo de 20 años, como mínimo.

A quién va dirigido


Personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que accedan a la propiedad de 5 o más viviendas.

Requisitos

  • Requisitos generales de las personas y entidades solicitantes

  • Acreditar suficiente poder de representación

Organismos


Organismo que convoca

  • Vivienda y Agenda Urbana > Consejero/a de Vivienda y Agenda Urbana

Organismo que resuelve

  • Vivienda y Agenda Urbana / Viceconsejería de Vivienda > Dirección de Planificación y Procesos Operativos de Vivienda

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1071704

Solicitud y aportación de documentación


Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.

Observaciones:

  • No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.
  • La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

3 meses

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Justificación


Para justificar que cumple las condiciones impuestas y que consigue los objetivos previstos, deberá presentar la documentación necesaria en los lugares señalados.

  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital.
  3. Acceda a Mi carpeta.

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