Becas destinadas a impulsar la formación de jóvenes en el área de Transición Social y Agenda 2030, para 2023-2024
[Becas destinadas a impulsar la formación de jóvenes en el área de Transición Social y Agenda 2030]
- Organismo:
- Lehendakaritza
- Estado:
Descripción
Objeto
La presente convocatoria tiene por objeto la provisión de dos becas destinadas a impulsar la formación de personas tituladas universitarias en el área de Transición Social y Agenda 2030, para 2023-2024.
Relación Provisional de personas admitidas y excluidas en el proceso de selección
Dotación presupuestaria
36.417,86Prestación económica
Dotación económica.
1.– El crédito total del programa de becas que se convoca se establece en 36.417,86 euros, de los cuales 11.005,76 euros se corresponden con créditos de pago de 2023, y 25.412,10 euros con crédito de compromiso para 2024.
2.– La dotación económica de las becas será de 17.500 euros brutos cada una. Del importe de la beca se detraerán en su caso las retenciones y pagos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que pudieran corresponder em aplicación de la normativa del Impuesto.
Forma de pago:
La forma de pago de las becas será fraccionada, del siguiente modo:
a) El primer pago se efectuará tras la adjudicación de la beca, por un importe equivalente al 30% de la ayuda adjudicada, previa aceptación e inicio de la persona becaria en el destino de la beca.
b) El segundo pago, por el 40%, se efectuará transcurridos 5 meses desde el inicio de labeca, tras la presentación del informe parcial.
c) El tercer y último pago, por el 30% restante, se efectuará una vez finalizada la beca,tras la presentación del informe final.
Dotación económica.
1.– El crédito total del programa de becas que se convoca se establece en 36.417,86 euros, de los cuales 11.005,76 euros se corresponden con créditos de pago de 2023, y 25.412,10 euros con crédito de compromiso para 2024.
2.– La dotación económica de las becas será de 17.500 euros brutos cada una. Del importe de la beca se detraerán en su caso las retenciones y pagos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que pudieran corresponder em aplicación de la normativa del Impuesto.
La forma de pago de las becas será fraccionada, del siguiente modo:
a) El primer pago se efectuará tras la adjudicación de la beca, por un importe equivalente al 30% de la ayuda adjudicada, previa aceptación e inicio de la persona becaria en el destino de la beca.
b) El segundo pago, por el 40%, se efectuará transcurridos 5 meses desde el inicio de labeca, tras la presentación del informe parcial.
c) El tercer y último pago, por el 30% restante, se efectuará una vez finalizada la beca,tras la presentación del informe final.
A quién va dirigido
Personas con titulación universitaria superior o de grado
Requisitos
- Tener la vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma del País Vasco con anterioridad al 1 de enero del año en que se convoquen las becas.
- Poseer titulación universitaria superior o de grado. En el caso de titulaciones extranjeras deberá presentarse copia digitalizada del reconocimiento de dicho título de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen las condiciones y los procedimientos de homologación, de declaración de equivalencia y de convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y por el que se regula el procedimiento para establecer la correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas anteriores.
- Haber obtenido la titulación o grado requerido dentro de los 5 años anteriores al año de publicación de la resolución de convocatoria.
- No haber sido beneficiaria con anterioridad de becas de formación dirigidas a personas con titulación universitaria, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- No podrán ser beneficiarias de estas becas las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS), con inclusión de las que se hayan producido por discriminación por razón de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final Sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la igualdad de mujeres y hombres y vidas libres de violencia machista contra las mujeres. Este requisito será aplicable en el período de duración de la sanción.
Normativa
Organismos
Organismo que convoca
- Lehendakaritza > Secretaría General de Transición Social y Agenda 2030
Organismo que resuelve
- Lehendakaritza > Secretaría General de Transición Social y Agenda 2030
Solicitud y aportación de documentación
Para solicitar la ayuda, deberá:
- preparar toda la documentación necesaria
- cumplimentar la solicitud y los anexos
- presentar la solicitud y toda la documentación en los lugares de presentación señalados
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Tener la vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma del País Vasco con anterioridad al 1 de enero del año en que se convoquen las becas.
- Poseer titulación universitaria superior o de grado. En el caso de titulaciones extranjeras deberá presentarse copia digitalizada del reconocimiento de dicho título de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen las condiciones y los procedimientos de homologación, de declaración de equivalencia y de convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y por el que se regula el procedimiento para establecer la correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas anteriores.
- Haber obtenido la titulación o grado requerido dentro de los 5 años anteriores al año de publicación de la resolución de convocatoria.
- No haber sido beneficiaria con anterioridad de becas de formación dirigidas a personas con titulación universitaria, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- No podrán ser beneficiarias de estas becas las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS), con inclusión de las que se hayan producido por discriminación por razón de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final Sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la igualdad de mujeres y hombres y vidas libres de violencia machista contra las mujeres. Este requisito será aplicable en el período de duración de la sanción.
Para solicitar la ayuda, deberá:
- disponer de un medio de identificación electrónica
- preparar toda la documentación necesaria, escanearla en formato PDF (o en uno de los formatos admitidos) y guardarla en el ordenador
- rellenar los formularios, si los hubiera, y guardarlos en el ordenador
- acceder al servicio electrónico, dónde se mostrarán cuatro pasos:
- cumplimentar la Solicitud
- adjuntar los documentos y formularios preparados
- firmar la solicitud
- enviar la solicitud y la documentación aportada
Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo.
Nota: Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante. Para poder ejercer este derecho, en el apartado Documentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
Aviso: La continuación de la tramitación y el seguimiento del estado del expediente se realizará a través de Mi carpeta.
NOTA: no es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas. La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la convocatoria de la ayuda. |
Resolución y recursos
Plazo de resolución
El plazo máximo para resolver el procedimiento y notificar lo resuelto será de seis meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución de convocatoria en el BOPV.
Tipo de concesión de la ayuda
Concursal
Efectos del silencio
Desestimatorios
Dictada resolución
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
Es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por él mismo.
Tiene carácter potestativo, lo cual quiere decir que las personas interesadas tienen la alternativa de interponer el recurso de reposición o bien, si lo prefieren, interponer el recurso contencioso-administrativo directamente.
¿Contra qué actos se interpone?
- Aquellos que pongan fin a la vía administrativa.
¿Ante qué órgano se interpone?
- El mismo que dictó el acto recurrido.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes si el acto recurrido es expreso.
- En cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
- 1 mes: si en este plazo no se le notifica la resolución, se entiende desestimado el recurso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
En caso de interponer recurso potestativo de reposición, posteriormente cabe interponer recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
No obstante, comoquiera que el recurso de reposición tiene carácter potestativo, las personas interesadas pueden interponer el recurso contencioso-administrativo directamente.
Justificación
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
- Comunicar en su caso la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).
Para justificar la ayuda concedida, rellene el formulario y entréguelo junto con la documentación necesaria en Mi carpeta.
Para realizar este trámite es necesario identificarse mediante un certificado electrónico.
Otros trámites
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital (cómo digitalizar documentos).
- Acceda a Mi carpeta.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, el órgano competente le requerirá que la subsane en el plazo de 10 días. De no hacerlo, la Administración supondrá que ha desistido de su solicitud.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de subsanación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
Más información: Artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital (cómo digitalizar documentos).
- Acceda a Mi carpeta.
¿Cuándo puedo renunciar a la continuación de un procedimiento?
En cualquier momento una vez que se haya dictado la resolución.
¿Qué sucede con mis derechos?
Si renuncia, pierde los derechos que le amparan en este procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Acceda a Mi carpeta y en el apartado Mi perfil podrá modificar sus datos de contacto.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital (cómo digitalizar documentos).
- Acceda a Mi carpeta.
Para aportar documentación, acceda a Mi carpeta (es necesario un medio de identificación electrónica):
Usted puede aportar los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital (cómo digitalizar documentos).
- Acceda a Mi carpeta.
Usted tiene derecho a desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.
Aunque desista, seguirá conservando los derechos que le amparan y podrá hacerlos valer en otro procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas