Subvenciones a los Centros Vascos-Euskal Etxeak 2022

Descripción


Objeto

La presente Resolución tiene por objeto convocar, para el año 2022, ayudas en forma de subvenciones a los Centros Vascos, Federaciones y Confederaciones de Centros Vascos-Euskal Etxeak, en las condiciones reguladas en el Decreto 50/2008, de 18 de marzo, modificado por el Decreto 175/2014, de 9 de septiembre, y por el Decreto 186/2021, de 27 de julio, de segunda modificación del Decreto por el que se regula el régimen de subvenciones a los Centros Vascos-Euskal Etxeak.

Dotación presupuestaria

947.420 euro(s)

Prestación económica

  • El importe mínimo de las subvenciones concedidas por Capítulo será de 300 euros. En el caso de que de la aplicación de la fórmula dispuesta para la determinación de importe resulte una cantidad inferior, no se concederá ayuda.
  • El importe máximo de las subvenciones concedidas por Capítulo IV (funcionamiento y actividades) será de 30.000 euros en el caso de centros vascos, y de 50.000 euros en el caso de federaciones de centros vascos.
  • El importe máximo de las subvenciones concedidas por Capítulo VII (infraestructura y equipamiento) será de 10.000 euros.

 

Forma de pago:

El pago de la subvención se realizará fraccionadamente, de la forma siguiente:

a)  El 25% de la subvención concedida se hará efectiva una vez aceptada la subvención.

b) El 75% restante, tras la recepción y verificación de la justificación total de la actividad subvencionada, que cubra el 100% del presupuesto presentado.

Organismos


Organismo que convoca

  • Presidencia del Gobierno - Lehendakaritza > Secretaría General de Acción Exterior

Organismo que resuelve

  • Presidencia del Gobierno - Lehendakaritza / Secretaría General de Acción Exterior > Dirección para la Comunidad Vasca en el Exterior

Información de contacto


Dirección para la Comunidad Vasca en el Exterior:

euskaletxeak@euskadi.eus

Código

0034307

Solicitud y aportación de documentación


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

6 meses

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Otros trámites