Ayudas a la participación por primera vez de las personas agricultoras en regímenes de calidad 2022

[Regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios]

Descripción


Objeto

a) Favorecer la entrada de nuevos productores en programas de calidad.

b) Reducir los sobrecostes para las explotaciones derivados de su integración en los programas de calidad.

c) Favorecer programas de calidad con mayor incidencia en la preservación y restauración de la biodiversidad, así como del suelo agrario, ecosistemas y paisajes dependientes de él.

Lucha contra el fraude

El Organismo Pagador de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en su plan de lucha contra el fraude, pone a disposición de la ciudadanía un canal de denuncia a través del cual, se podrá comunicar cualquier sospecha referente al uso fraudulento de los fondos procedentes de la PAC, Fondo Europeo de Garantía Agrícola (FEAGA) y Fondo Europeo Agrario de Desarrollo Rural (FEADER).

La comunicación de cualquier tipo de información será tratada de manera confidencial, garantizando la protección de los datos personales del remitente, y se realizará por correo electrónico: accionantifraudepac@euskadi.eus

Dotación presupuestaria

251.295,13 €

Prestación económica

El crédito presupuestario, destinado a la financiación de las ayudas a la participación de los agricultores en regímenes de calidad por primera vez, será cofinanciado entre la Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias y del FEADER por una cuantía de 32.632,32 euros, de los cuales 15.337,19 euros se financian con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi (47%) y 17.295,13 euros con cargo al Fondo Comunitario FEADER (53%), al amparo del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma del País Vasco 2015-2020.

Y una parte no cofinanciada, prevista como financiación suplementaria nacional, de 218.662,81 euros con cargo a los presupuestos de la Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias.

Todos ellos corresponden a crédito de pago del ejercicio 2022.

A quién va dirigido


Personas beneficiarias de las ayudas a los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios

Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas las personas agricultoras titulares de explotaciones registradas en la Comunidad Autónoma del País Vasco en situación activa que participen por vez primera en uno de los regímenes de calidad elegibles y/o incorporen por primera vez nuevas orientaciones productivas a dicho régimen de calidad de Producción Ecológica Certificada en el periodo comprendido desde el 18 de junio de 2020, incluido, hasta la finalización del plazo fijado para la presente convocatoria. No podrán ser beneficiarias, por tanto, las personas agricultoras o grupos de personas agricultoras ya inscritas o que hayan participado en los regímenes de calidad elegibles, salvo en el caso de Producción Ecológica Certificada.

Las personas beneficiarias deberán estar incluidas en alguno de los regímenes reconocidos por la Unión Europea y con implantación en Euskadi, Denominaciones de Origen Protegidas (DOP), Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP), Producción Ecológica:

1) DO Ca Rioja, DOP «Arabako Txakolina/Txakoli de Álava/Chacolí de Álava», DOP «Bizkaiko Txakolina/Txakoli de Bizkaia/Chacolí de Bizkaia», DOP «Getariako Txakolina/Txakoli de Getaria/ Chacolí de Getaria» y DOP Idiazabal. DOP “Euskal sagardoa/Sidra Natural del País Vasco.

2) IGP Euskal Okela, IGP Pimiento de Gernika.

3) Producción Ecológica Certificada.

Requisitos

  • Someterse a los reglamentos y normas técnicas que fijen los regímenes de calidad subvencionables a los que se inscriban, así como, en su caso, en los registros de productores asociados a dichos regímenes.
  • Estar al corriente del pago de las tasas de control y certificación en vigor dentro de cada distintivo de calidad subvencionable.
  • Los establecimientos a los que estén ligados los gastos subvencionables deben estar en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma Vasca.
  • Estar al corriente del pago de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y de las obligaciones de pago por reintegro de subvenciones.
  • No encontrarse sancionadas penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni hallarse incursa en prohibición legal alguna que la inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final Sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
  • En el caso de estar incursas en procedimiento de reintegro o sancionador en vía administrativa, las ayudas estarán condicionadas a la resolución del mismo, siendo denegadas en caso de que las sanciones se vean confirmadas.

Organismos


Organismo que convoca

  • Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente / Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria > Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias

Organismo que resuelve

  • Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente / Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria > Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias

Organismo financiador/cofinanciador

  • Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER)

Información de contacto


Marcos Barroso

Teléfono: 945 01 97 06

E-mail: m-barrosovinagre@euskadi.eus

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1028812

Solicitud y aportación de documentación


NOTA: Según el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas jurídicas están obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo. De acuerdo con ese mismo artículo, las personas físicas podrán elegir entre la tramitación presencial o electrónica.

Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

  • Acceda al siguiente formulario online y rellene los datos (no es necesario disponer de un medio de identificación electrónica).
  • Imprima la solicitud que ha cumplimentado y fírmela de forma manuscrita. ¿No tiene impresora?
  • Entregue la solicitud y la documentación requerida en el plazo y en los lugares de presentación establecidos en el procedimiento.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Seis meses a partir de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.

  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Alta de datos / Tercero interesado
  • Seleccionar este formulario en el caso de pagos nacionales.

  • Seleccionar este formulario en el caso de pagos internacionales.

Otros trámites