Euskera en sector privado: Proyectos estratégicos 2022-2023 (LanHitz)

Descripción


Objeto

Regular y convocar la concesión de subvenciones para fomentar el uso y la presencia del euskera durante el año 2022, en los centros de trabajo del sector privado ubicados en la CAV (LANHITZ).

Cuarto grupo: desarrollo de proyectos lingüísticos estratégicos más allá del plan de euskera, en entidades con una larga trayectoria en el mismo o con un nivel avanzado en la gestión del euskera. Quienes hayan recibido subvención en este grupo durante tres años, deberán haber realizado la evaluación Bikain en los tres años anteriores para poder volver a solicitar la ayuda. Quienes hayan recibido subvención de Lanhitz durante 18 años deberán realizar la solicitud en este grupo.

Dotación presupuestaria

550.000

Prestación económica

Para el cálculo de la cuantía de la subvención que corresponde a cada proyecto se realizará una depuración de la cantidad solicitada aplicando los límites establecidos en el artículo 16. La puntuación obtenida por cada proyecto se convertirá en porcentaje (p.e. 50 puntos = 50%) y se aplicará dicho porcentaje a la cantidad resultante tras la depuración de la solicitud.

El importe máximo de las subvenciones a conceder será el 60% sobre el presupuesto depurado. Asimismo, no se podrá adjudicar a los solicitantes más de lo solicitado.

La subvención del Departamento de Política Lingüística para la gestión de los planes de euskera no podrá exceder de 25.000 euros por persona o entidad beneficiaria a partir de los 12 años, y de 35.000 euros para el resto.

En el caso de que la suma de las ayudas supere el límite de recursos económicos, la cantidad a asignar en cada caso se determinará mediante un sistema de reparto proporcional. En el momento de elaborar la propuesta de resolución, la Comisión de Valoración, teniendo en cuenta los recursos económicos disponibles en cada uno de los grupos, propondrá la redistribución de los excedentes en el caso de que existan excedentes de un determinado.

El tercer grupo tendrá preferencia a la hora de realizar esta redistribución; una vez cubiertas las necesidades de este grupo, el resto de los grupos seguirán el siguiente orden de redistribución: cuarto grupo, segundo grupo y, por último, el primer grupo. La redistribución tendrá en cuenta las necesidades de los bloques. Así se recogerá en la propuesta que la comisión de valoración elevará al Viceconsejero de Política Lingüística para que adopte la decisión que proceda.grupo y en el resto de recursos.

Forma de pago:

El abono de las subvenciones concedidas se realizará en dos pagos:

a) Un primer pago del sesenta y cinco por ciento (65%) del total de la subvención.

b) Un segundo pago, si procede, por el treinta y cinco por ciento (35%) restante, en el plazo de un mes a partir de la fecha en la que se entienda aceptada la subvención. El segundo pago se realizará con cargo a los presupuestos de 2023.

A quién va dirigido


Personas físicas

Requisitos:

  • Acreditar la identidad de la persona física

  • Acreditar el alta en el régimen de autónomos o mutualidad profesional correspondiente

  • Acreditar el alta en el Impuesto de Actividades Económicas

Personas Jurídicas Privadas

La persona jurídica privada:

  • Realiza alguna actividad económica
  • Se halla en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar
  • Está constituida legalmente conforme a la legislación vigente

Requisitos:

Requisitos

  • Proyecto aprobado por el órgano de máximo poder ejecutivo de la entidad solicitante.

  • Contar con un/a coordinador/a de euskera y/o comisión de euskera.

  • El nivel de autofinanciación del proyecto será al menos del 20 %

  • Cumplir los requisitos establecidos en la normativa.

Organismos


Organismo que convoca

  • Cultura y Política Lingüística / Viceconsejería de Política Lingüística > Dirección de Investigación Lingüística y Coordinación

Organismo que resuelve

  • Cultura y Política Lingüística > Viceconsejería de Política Lingüística

Información de contacto


Dirección de correo electrónico: lanhitz@euskadi.eus

Por teléfono:

  • Edurne Pérez de San Román (945 018109)
  • Ainhoa Delgado (945 018105)
  • Leire Zuazo (945 019487)
  • Jon Mikel Hurtado de Saratxo (945 018115)

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0096113

Solicitud y aportación de documentación.


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

La Resolución será notificada a las personas y entidades interesadas en el plazo de seis meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Alta o modificación de datos de tercero en el Registro del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, deberá usted constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco.

Aceptación de la ayuda


En esta convocatoria no es obligatoria la aceptación expresa de la subvención.

Si en el plazo de diez (10) días a partir del siguiente a la recepción de la comunicación por la que se notifica la concesión de la subvención a las personas o entidades beneficiarias, estas no renuncian expresamente por escrito a la misma, se entenderá que la subvención queda aceptada.

En caso de querer renunciar a la subvención, debe utilizarse el formulario correspondiente a renuncia que encontrará en el trámite del mismo nombre.

Justificación


Toda persona beneficiaria de la subvención está obligada a justificar la ejecución del proyecto subvencionado ante la Dirección de Investigación Lingüística y Coordinación.

La justificación de la subvención se realizará entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2022, y los justificantes de pago correspondientes a dichos gastos deberán estar comprendidos entre el 1 de enero de 2022 y antes de la finalización del plazo de justificación.

Los documentos justificativos de la ayuda concedida podrán presentarse hasta el 31 de marzo de 2023.

 

 

Otros trámites