Euskadi bonodenda 2022
- Organismo:
- Turismo, Comercio y Consumo
- Estado:
Descripción
Objeto
Esta ayuda tiene como objeto el fomento del consumo de bienes y la prestación de servicios en establecimientos comerciales y de servicios relacionados con la actividad comercial urbana desarrollado por personas autónomas, microempresas y pequeñas empresas de la CAPV.
Se articulará mediante bonos descuento a disposición de la ciudadanía de Euskadi para la compra de bienes en los establecimientos comerciales adheridos a la campaña en todo el ámbito de la CAPV.
La gestión del programa de bono-comercio corresponderá a las Cámaras de Comercio de cada Territorio Histórico.
Dotación presupuestaria
5.000.000Prestación económica
Se subvencionará la compra de bienes en los establecimientos comerciales minoristas adheridos a la campaña a través de un bono descuento disponible en los mismos.
Cada uno de estos "Euskadi bono-comercio" tendrá la consideración de bono descuento por un valor de 10€ por una compra mínima de 30€ .
Cada persona, identificada mediante DNI, podrá sumar un máximo de cinco bonos descuento por un valor de 50€ que podrán ser utilizados por cada persona beneficiaria en varios o en un único establecimiento.
Forma de pago:
La aplicación de los bonos-descuento será efectuada por los propios establecimientos tras la comprobación de la residencia en la CAE y la identificación de las personas beneficiarias en el momento de la adquisición de los bienes.
Se subvencionará la compra de bienes en los establecimientos comerciales minoristas adheridos a la campaña a través de un bono descuento disponible en los mismos.
Cada uno de estos "Euskadi bono-comercio" tendrá la consideración de bono descuento por un valor de 10€ por una compra mínima de 30€ .
Cada persona, identificada mediante DNI, podrá sumar un máximo de cinco bonos descuento por un valor de 50€ que podrán ser utilizados por cada persona beneficiaria en varios o en un único establecimiento.
La aplicación de los bonos-descuento será efectuada por los propios establecimientos tras la comprobación de la residencia en la CAE y la identificación de las personas beneficiarias en el momento de la adquisición de los bienes.
A quién va dirigido
Personas físicas
Las personas consumidoras con derecho a beneficiarse del descuento del bono serán las mayores de 16 años residentes en cualquier municipio de la CAE con el límite de cinco bonos por persona.
Comercio minorista
El ámbito de la actividad subvencionable comprende todo el comercio minorista realizado por autónomos, microempresas y pequeñas empresas en establecimientos comerciales de la CAPV incluido en los siguientes epígrafes de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas:
CODIGO | ACTIVIDAD |
6443 | Comercio al por menor de productos de pastelería, bollería y confitería. |
6444 | Comercio al por menor de helados. |
6445 | Comercio al por menor de bombones y caramelos. |
645 | Comercio al por menor de vinos y bebidas de todas clases. |
651 | Comercio al por menor de productos textiles, confección, calzados, pieles y artículos de cuero. |
6522 | Comercio al por menor de productos de droguería, perfumería y cosmética, limpieza, pinturas, barnices, disolventes, papeles y otros productos para la decoración y de productos químicos. |
6523 | Comercio al por menor de productos de perfumería y cosmética, y de artículos para la higiene y el aseo personal. |
6524 | Comercio al por menor de plantas y hierbas en herbolarios. |
653 | Comercio al por menor de artículos para el equipamiento del hogar y la construcción. |
6542 | Comercio al por menor de accesorios y piezas de recambio para vehículos terrestres. |
6545 | Comercio al por menor de toda clase de maquinaria (excepto aparatos del hogar, de oficina, médicos, ortopédicos, ópticos y fotográficos). |
6546 | Comercio al por menor de cubiertas, bandas o bandejas y cámaras de aire para toda clase de vehículos. |
656 | Comercio al por menor de bienes usados tales como muebles, prendas y enseres ordinarios de uso doméstico |
657 | Comercio al por menor de instrumentos musicales en general, así como de sus accesorios. |
659 | Otro comercio al por menor |
662 | Comercio mixto o integrado al por menor |
971 | Lavanderías, tintorerías y servicios similares |
972 | Salones de peluquería e institutos de belleza |
9731 | Servicios fotográficos |
975
| Servicios de enmarcación |
Normativa
Organismos
Organismo que convoca
- Turismo, Comercio y Consumo > Consejero/a de Turismo, Comercio y Consumo
Organismo que resuelve
- Turismo, Comercio y Consumo / Viceconsejería de Turismo y Comercio > Dirección de Comercio
Información de contacto
CÁMARAS DE COMERCIO POR TERRITORIO:
- CÁMARA DE COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS DE ÁLAVA: 945141800
- CÁMARA DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y NAVEGACIÓN DE BILBAO: 944706500
- CÁMARA DE COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS DE GIPUZKOA: 943000308
Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía
Código
1107903Solicitud
Ver trámite de adhesión
Resolución y recursos
Tipo de concesión de la ayuda
No concursal
Efectos del silencio
Desestimatorios
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente.
¿Contra qué actos se interpone?
- Actos que no pongan fin a la vía administrativa.
- Actos de trámite que deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto o impiden la continuación del procedimiento.
¿Ante qué órgano se interpone?
- Ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido o su superior jerárquico.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes, si el acto recurrido es expreso.
- 3 meses, si el acto recurrido es presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
- 3 meses.
Si en ese plazo la Administración no le notifica la resolución:
- El recurso se entenderá estimado, si el acto recurrido es presunto.
- El recurso se entenderá desestimado, si el acto recurrido es expreso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
- Recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
- Recurso extraordinario de revisión, excepcionalmente.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
Para interponer un recurso potestativo de reposición utilizando el canal electrónico, rellene el formulario que encontrará en Mi carpeta.
Es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por él mismo.
Tiene carácter potestativo, lo cual quiere decir que las personas interesadas tienen la alternativa de interponer el recurso de reposición o bien, si lo prefieren, interponer el recurso contencioso-administrativo directamente.
¿Contra qué actos se interpone?
- Aquellos que pongan fin a la vía administrativa.
¿Ante qué órgano se interpone?
- El mismo que dictó el acto recurrido.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes si el acto recurrido es expreso.
- En cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
- 1 mes: si en este plazo no se le notifica la resolución, se entiende desestimado el recurso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
En caso de interponer recurso potestativo de reposición, posteriormente cabe interponer recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
No obstante, comoquiera que el recurso de reposición tiene carácter potestativo, las personas interesadas pueden interponer el recurso contencioso-administrativo directamente.
Proceso de Adhesión y Gestión del Programa "Euskadi Bono-Denda"
Los comercios que cumplan los requisitos y deseen adherirse a este programa deberán formalizar la solicitud de adhesión a través del siguiente link:
El plazo de adhesión comienza el 17 de mayo y finaliza el 26 de mayo.
Las Cámaras, tras la verificación de la información y documentación aportada, comunicarán a los comercios solicitantes su admisión al mismo o el rechazo de la solicitud, así como el número de bonos-descuento asignado en su caso. En todo caso se garantizará un reparto equilibrado por criterios demográficos.
A los establecimientos adheridos se les facilitará la documentación necesaria y el material promocional del programa.
AVISO: Los comercios no podrán reservar ni retener bonos para su clientela habitual y habrán de exponer en lugar bien visible su participación en el programa.
La gestión del programa se realizará a través de una aplicación específica.
Los comercios adheridos dispondrán de un usuario y contraseña para acceder a la aplicación donde tendrán disponibles los bonos descuento que les hayan sido asignados.
El comercio formalizará en la aplicación cada uno de los bonos utilizados adjuntando número de DNI de la persona compradora y el ticket de compra.