Elkartek 2022 - Convocatoria Fase II. Programa de apoyo a la investigación colaborativa en áreas estratégicas.

[Elkartek 2022 - Convocatoria Fase II]

Descripción


Objeto

Régimen de ayudas consistente en subvenciones no reintegrables para el apoyo a la realización de Investigación Colaborativa, llevada a cabo por las Entidades de Investigación, Desarrollo e Innovación integradas en la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación de Euskadi, en los ámbitos de especialización enmarcados en el Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación Euskadi 2030.

Dotación presupuestaria

42.000.000,00 €

Prestación económica

20.000.000 € para la anualidad 2022 y 22.000.000 € para la anualidad 2023.

Proyectos subvencionables.

1.- Proyectos de Investigación Fundamental Colaborativa:

Proyectos de investigación fundamental de carácter estratégico, realizados en colaboración por los agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación y orientados a ampliar los conocimientos en las áreas enmarcadas dentro de las prioridades establecidas prioridades establecidas en el Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación Euskadi 2030 (industria inteligente, energías + limpias y salud personalizada) o de las Iniciativas Tractoras Transversales definidas en el mismo (envejecimiento saludable, movilidad eléctrica y economía circular), con el fin de lograr una mayor integración entre los retos sociales y la estrategia RIS3, y una mayor colaboración entre los ámbitos de especialización.

Los proyectos de investigación colaborativa:

  • Podrán tener carácter plurianual y
  • Deberán estar realizados en cooperación entre diferentes agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación que pertenezcan, al menos, a tres tipologías de agentes de la misma
  • Con carácter general, el número máximo de entidades participantes en la agrupación no podrá ser superior a 8, salvo que se autorice expresamente por la Viceconsejería de Tecnología, Innovación y Transformación Digital.

2.- Proyectos de Investigación con alto Potencial Industrial

Proyectos de investigación fundamental orientada o de investigación industrial liderados por las unidades de I+D empresariales pertenecientes a la Red Vasca de Ciencia Tecnología e Innovación con alto poder de tracción y llegada al mercado y alineados con los ámbitos de especialización enmarcados en el Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación Euskadi 2030.

Los proyectos de investigación con alto potencial industrial:

  • Podrán tener carácter plurianual
  • Deberán ser desarrollados por las unidades de I+D empresariales de forma individual o liderados por una unidad de I+D empresarial en colaboración con otros agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación.
  • Con carácter general, el número máximo de entidades participantes no podrá ser superior a 8, salvo que se autorice expresamente por la Viceconsejería de Tecnología, Innovación y Transformación Digital.

3.– Acciones complementarias de especial interés:

Proyectos de intermediación entre la oferta y la demanda tecnológica desarrollados exclusivamente por los organismos de intermediación oferta-demanda y los organismos de difusión, como son:

  • Elaboración de estudios de prospectiva y demanda temprana, así como de vigilancia tecnológica vinculados a proyectos de investigación fundamental o industrial.
  • Actuaciones encaminadas a favorecer la cooperación tecnológica y el asesoramiento en la preparación de proyectos de I+D+i de investigación fundamental o industrial.
  • Actividades de gestión de la I+D+i de transferencia y valoración del conocimiento vinculadas a proyectos de investigación fundamental o industrial.
  • Fomento de la participación en actividades de internacionalización de la I+D+i vinculadas a proyectos de investigación fundamental o industrial.

Las acciones complementarias deberán estar alineadas con los ámbitos de especialización enmarcados en el Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación Euskadi 2030.

Las acciones podrán realizarse de manera individual o en cooperación entre diferentes organismos y podrán tener carácter plurianual.

A quién va dirigido


Agentes científico-tecnológicos integrados en la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación y acreditados a tal efecto, de conformidad con lo establecido en el Decreto 109/2015, de 23 de junio, por el que se regula y actualiza la composición de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación, y sus disposiciones transitorias, o la normativa que lo sustituya.

Requisitos

  • Las entidades beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos:

Organismos


Organismo que convoca

  • Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente > Consejero/a de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente

Organismo que resuelve

  • Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente > Viceconsejería de Tecnología, Innovación y Transformación Digital

Información de contacto


SPRI

Tfno: 94 403 70 30

e-mail: mhernandez@spri.eus

GOBIERNO VASCO

Tfno: 945 01 82 24

e-mail: a-gandarias@euskadi.eus

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

_1027108

Solicitud y aportación de documentación


El plazo de presentación de solicitudes de Fase II de concesión de ayudas será de un mes, iniciándose a partir del día siguiente a la publicación de la Resolución de 21 de septiembre de 2022.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución