Ayudas a la contratación de personas mayores de 30 años, en situación de desempleo de larga duración, en centros de trabajo de la CAPV. Convocatoria 2022
[DLDUR]
- Organismo:
- Lanbide - Servicio Vasco de Empleo
- Estado:
Descripción
Objeto
Promover la inserción laboral de personas desempleadas de larga duración, de edad igual o superior a 30 años, a través de un programa de ayudas que subvenciona su contratación en centros de trabajo en la CAPV.
Se considera persona desempleada de larga duración a aquella que consta como desempleada e inscrita como demandante de empleo en Lanbide-Servicio Vasco de Empleo en la fecha de inicio del contrato y que ha mantenido dicha situación durante, al menos, 360 días en el período de los últimos 540 días previos a tal fecha.
Las ayudas serán de aplicación a los contratos de trabajo suscritos e iniciados a partir del día 1 de enero de 2022, siempre que se ajusten a las condiciones y requisitos establecidos en la convocatoria.
Dotación presupuestaria
1.410.000 €Prestación económica
Los recursos económicos destinados a esta convocatoria ascienden a 1.410.000 euros, de los cuales 705.000 euros corresponden al presupuesto ordinario de 2022 y 705.000 euros al presupuesto de compromiso para 2023, del presupuesto de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo.
Podrán ser objeto de subvención al amparo de esta convocatoria los contratos indefinidos, así como los contratos de trabajo temporales de duración no inferior a 6 meses, cuyo objeto sea el desempeño de puestos de trabajo en centros de trabajo en la Comunidad Autónoma del País Vasco, celebrados con personas desempleadas de larga duración mayores de 30 años.
No serán objeto de subvención los contratos para la formación y el aprendizaje y de formación en alternancia, los contratos fijo-discontinuos y los contratos celebrados por ETTs para su cesión a la empresa usuaria.
El periodo máximo subvencionable será de 6 meses para los contratos temporales y 12 meses para contratos cuya duración sea indefinida, y finalizará, en todo caso, el 31 de octubre de 2023.
El importe subvencionado por cada contrato se determinará en función de la duración del contrato y de la titulación académica o estudios realizados por la persona contratada, de acuerdo a la siguiente tabla:
IMPORTE SUBVENCIÓN Titulación Académica o Estudios realizados Contrato ≥ 6 meses Contrato indefinido Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o Máster-Plan Bolonia Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o Grado Universitario- Plan Bolonia 4.250 € 14.150 € Ciclos Formativos de Grado Superior (FPII) 3.670 € 12.150 € Ciclos Formativos de Grado Medio (FPI), Bachillerato, Formación Profesional básica y Certificados de Profesionalidad 2.800 € 9.350 € Educación Secundaria Obligatoria o Sin Estudios 2.100 € 7.000 €
Todas las cuantías de subvención señaladas se incrementarán un 15% cuando la persona contratada cumpla, al menos, una de las siguientes características: tener una edad igual o superior a 45 años o ser mujer:
IMPORTE SUBVENCIÓN (Incremento del 15% si la persona contratada cumple, al menos, una de las siguientes características: ser mujer o tener una edad igual o superior a 45 años; artículo 7.2) Titulación Académica o Estudios realizados Contrato ≥ meses Contrato indefinido Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o Máster-Plan Bolonia Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o Grado Universitario- Plan Bolonia 4.885 € 16.270 € Ciclos Formativos de Grado Superior (FPII) 4.220 € 13.975 € Ciclos Formativos de Grado Medio (FPI), Bachillerato, Formación Profesional básica y Certificados de Profesionalidad 3.220 € 10.755 € Educación Secundaria Obligatoria o Sin Estudios 2.415 € 8.050 €
Asimismo, las cuantías de subvención previstas se incrementarán en un 10% cuando la persona contratada haya finalizado en el año 2021 o en el 2022 una acción formativa con compromiso de contratación, subvencionada por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, en el marco del Decreto 82/2016, de 31 de mayo, por el que se ordena la formación profesional para el empleo de Euskadi y el contrato que se formalice sea indefinido y con una jornada laboral de, al menos, el 70% de la jornada laboral establecida.
IMPORTE SUBVENCIÓN (Incremento del 10% si la persona contratada ha finalizado en 2021 ó 2022 un curso con compromiso de contratación y el contrato cumple las condiciones del artículo 7.3.) Titulación Académica o Estudios realizados Contrato indefinido Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o Máster-Plan Bolonia Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o Grado Universitario- Plan Bolonia 15.565 € Ciclos Formativos de Grado Superior (FPII) 13.365 € Ciclos Formativos de Grado Medio (FPI), Bachillerato, Formación Profesional básica y Certificados de Profesionalidad 10.285 € Educación Secundaria Obligatoria o Sin Estudios 7.700 €
Si la persona contratada cumple las condiciones establecidas en los 2 apartados anteriores, el incremento del importe de la subvención será del 20%.
IMPORTE SUBVENCIÓN (Incremento del 20% si la persona contratada cumple las condiciones establecidas en los apartados 7.2 y 7.3 de la convocatoria.) Titulación Académica o Estudios realizados Contrato indefinido Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o Máster-Plan Bolonia Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o Grado Universitario- Plan Bolonia 16.980 € Ciclos Formativos de Grado Superior (FPII) 14.580 € Ciclos Formativos de Grado Medio (FPI), Bachillerato, Formación Profesional básica y Certificados de Profesionalidad 11.220 € Educación Secundaria Obligatoria o Sin Estudios 8.400 €
Las cuantías de subvención establecidas se refieren a contratos a jornada completa. En el supuesto de contratos a tiempo parcial se ajustarán los importes en proporción a la jornada.
En todo caso, la retribución bruta anual de la persona que se contrate no podrá ser inferior a las cantidades que figuran en la tabla siguiente:
Titulación Académica o Estudios realizados Remuneración salarial bruta anual mínima (incluidas pagas extras) Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o Máster-Plan Bolonia Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o Grado Universitario- Plan Bolonia 28.300 € Ciclos Formativos de Grado Superior (FPII) 24.300 € Ciclos Formativos de Grado Medio (FPI), Bachillerato, Formación Profesional básica y Certificados de Profesionalidad 18.700 € Educación Secundaria Obligatoria o Sin Estudios 14.000 €
Las contrataciones deberán suponer creación de empleo sobre la plantilla total existente en el o en los centros de trabajo de la empresa en la Comunidad Autónoma de Euskadi, durante el periodo de los 6 meses inmediatamente anteriores a la incorporación de las personas cuyos contratos se subvencionen. Así, a fecha de contratación, el nuevo contrato ha de suponer un incremento sobre dicha media.
Para verificar el cumplimiento de este requisito no se tendrán en consideración los contratos que se hayan extinguido por causas objetivas o despido que no hayan sido declarados como improcedentes, por jubilación, dimisión, muerte, incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, de las personas trabajadoras, así como aquéllos en los que se haya producido una reducción voluntaria, por parte de la persona trabajadora, del tiempo de trabajo inicialmente pacta
No serán objeto de subvención:
- La contratación del cónyuge, pareja de hecho o persona conviviente, descendientes y demás parientes que tengan relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, con la persona empresaria o con quienes tengan el control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las empresas, independientemente de la forma jurídica que ostenten, ni las contrataciones de éstos últimos.
- Los contratos que pudieran formalizarse vinculados a actividades acogidas a subvención en cualesquiera otras de las convocatorias realizadas por Lanbide- Servicio Vasco de Empleo o subvencionados en el marco de las mismas.
- Los contratos realizados dentro del régimen del hogar familiar.
- La contratación de personas que hayan finalizado una relación laboral de carácter indefinido con la misma empresa.
- La contratación de personas que hayan mantenido una relación laboral previa de duración determinada o temporal con la misma empresa en los 3 meses anteriores a la contratación para la que se solicita la subvención.
Las ayudas previstas en esta convocatoria por la contratación de personas mayores de 30 años en situación de desempleo de larga duración están sujetas a la regla de «mínimis», establecida en el Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 (DOUE L352 de 24 de diciembre de 2013), relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de «mínimis». A consecuencia de esta calificación, el importe total de las ayudas de «mínimis» concedidas a una única empresa no excederá de 200.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.
Este límite se aplicará en consonancia con la definición de «única empresa» prevista en el artículo 2.2 del citado reglamento.
El solicitante de la ayuda deberá declarar sobre estas ayudas de minimis recibidas en el ejercicio fiscal correspondiente y durante los dos ejercicios fiscales anteriores, con objeto de probar que la nueva ayuda de minimis no supera el límite máximo establecido en el citado Reglamento.
Las solicitudes para esta ayuda serán analizadas por orden de presentación, y las subvenciones se concederán, en el mismo orden, a todas aquellas que cumplan los requisitos y condiciones previstos en esta convocatoria, hasta el agotamiento de los fondos destinados a su financiación.
Forma de pago:
Un primer pago del 50% de la subvención concedida, en el momento de la concesión de la subvención y un segundo pago, por el 50% restante o la cantidad que resulte de la justificación, tras la finalización del período subvencionado y una vez justificadas por la empresa o entidad beneficiaria las actuaciones objeto de subvención, con cargo al crédito de compromiso del ejercicio 2023.
Los recursos económicos destinados a esta convocatoria ascienden a 1.410.000 euros, de los cuales 705.000 euros corresponden al presupuesto ordinario de 2022 y 705.000 euros al presupuesto de compromiso para 2023, del presupuesto de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo.
Podrán ser objeto de subvención al amparo de esta convocatoria los contratos indefinidos, así como los contratos de trabajo temporales de duración no inferior a 6 meses, cuyo objeto sea el desempeño de puestos de trabajo en centros de trabajo en la Comunidad Autónoma del País Vasco, celebrados con personas desempleadas de larga duración mayores de 30 años.
No serán objeto de subvención los contratos para la formación y el aprendizaje y de formación en alternancia, los contratos fijo-discontinuos y los contratos celebrados por ETTs para su cesión a la empresa usuaria.
El periodo máximo subvencionable será de 6 meses para los contratos temporales y 12 meses para contratos cuya duración sea indefinida, y finalizará, en todo caso, el 31 de octubre de 2023.
El importe subvencionado por cada contrato se determinará en función de la duración del contrato y de la titulación académica o estudios realizados por la persona contratada, de acuerdo a la siguiente tabla:
Titulación Académica o Estudios realizados | Contrato ≥ 6 meses | Contrato indefinido |
---|---|---|
Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o Máster-Plan Bolonia Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o Grado Universitario- Plan Bolonia | 4.250 € | 14.150 € |
Ciclos Formativos de Grado Superior (FPII) | 3.670 € | 12.150 € |
Ciclos Formativos de Grado Medio (FPI), Bachillerato, Formación Profesional básica y Certificados de Profesionalidad | 2.800 € | 9.350 € |
Educación Secundaria Obligatoria o Sin Estudios | 2.100 € | 7.000 € |
Todas las cuantías de subvención señaladas se incrementarán un 15% cuando la persona contratada cumpla, al menos, una de las siguientes características: tener una edad igual o superior a 45 años o ser mujer:
Titulación Académica o Estudios realizados | Contrato ≥ meses | Contrato indefinido |
---|---|---|
Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o Máster-Plan Bolonia Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o Grado Universitario- Plan Bolonia | 4.885 € | 16.270 € |
Ciclos Formativos de Grado Superior (FPII) | 4.220 € | 13.975 € |
Ciclos Formativos de Grado Medio (FPI), Bachillerato, Formación Profesional básica y Certificados de Profesionalidad | 3.220 € | 10.755 € |
Educación Secundaria Obligatoria o Sin Estudios | 2.415 € | 8.050 € |
Asimismo, las cuantías de subvención previstas se incrementarán en un 10% cuando la persona contratada haya finalizado en el año 2021 o en el 2022 una acción formativa con compromiso de contratación, subvencionada por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, en el marco del Decreto 82/2016, de 31 de mayo, por el que se ordena la formación profesional para el empleo de Euskadi y el contrato que se formalice sea indefinido y con una jornada laboral de, al menos, el 70% de la jornada laboral establecida.
Titulación Académica o Estudios realizados | Contrato indefinido |
---|---|
Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o Máster-Plan Bolonia Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o Grado Universitario- Plan Bolonia | 15.565 € |
Ciclos Formativos de Grado Superior (FPII) | 13.365 € |
Ciclos Formativos de Grado Medio (FPI), Bachillerato, Formación Profesional básica y Certificados de Profesionalidad | 10.285 € |
Educación Secundaria Obligatoria o Sin Estudios | 7.700 € |
Si la persona contratada cumple las condiciones establecidas en los 2 apartados anteriores, el incremento del importe de la subvención será del 20%.
Titulación Académica o Estudios realizados | Contrato indefinido |
---|---|
Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o Máster-Plan Bolonia Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o Grado Universitario- Plan Bolonia | 16.980 € |
Ciclos Formativos de Grado Superior (FPII) | 14.580 € |
Ciclos Formativos de Grado Medio (FPI), Bachillerato, Formación Profesional básica y Certificados de Profesionalidad | 11.220 € |
Educación Secundaria Obligatoria o Sin Estudios | 8.400 € |
Las cuantías de subvención establecidas se refieren a contratos a jornada completa. En el supuesto de contratos a tiempo parcial se ajustarán los importes en proporción a la jornada.
En todo caso, la retribución bruta anual de la persona que se contrate no podrá ser inferior a las cantidades que figuran en la tabla siguiente:
Titulación Académica o Estudios realizados | Remuneración salarial bruta anual mínima (incluidas pagas extras) |
---|---|
Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o Máster-Plan Bolonia Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o Grado Universitario- Plan Bolonia | 28.300 € |
Ciclos Formativos de Grado Superior (FPII) | 24.300 € |
Ciclos Formativos de Grado Medio (FPI), Bachillerato, Formación Profesional básica y Certificados de Profesionalidad | 18.700 € |
Educación Secundaria Obligatoria o Sin Estudios | 14.000 € |
Las contrataciones deberán suponer creación de empleo sobre la plantilla total existente en el o en los centros de trabajo de la empresa en la Comunidad Autónoma de Euskadi, durante el periodo de los 6 meses inmediatamente anteriores a la incorporación de las personas cuyos contratos se subvencionen. Así, a fecha de contratación, el nuevo contrato ha de suponer un incremento sobre dicha media.
Para verificar el cumplimiento de este requisito no se tendrán en consideración los contratos que se hayan extinguido por causas objetivas o despido que no hayan sido declarados como improcedentes, por jubilación, dimisión, muerte, incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, de las personas trabajadoras, así como aquéllos en los que se haya producido una reducción voluntaria, por parte de la persona trabajadora, del tiempo de trabajo inicialmente pacta
No serán objeto de subvención:
- La contratación del cónyuge, pareja de hecho o persona conviviente, descendientes y demás parientes que tengan relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, con la persona empresaria o con quienes tengan el control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las empresas, independientemente de la forma jurídica que ostenten, ni las contrataciones de éstos últimos.
- Los contratos que pudieran formalizarse vinculados a actividades acogidas a subvención en cualesquiera otras de las convocatorias realizadas por Lanbide- Servicio Vasco de Empleo o subvencionados en el marco de las mismas.
- Los contratos realizados dentro del régimen del hogar familiar.
- La contratación de personas que hayan finalizado una relación laboral de carácter indefinido con la misma empresa.
- La contratación de personas que hayan mantenido una relación laboral previa de duración determinada o temporal con la misma empresa en los 3 meses anteriores a la contratación para la que se solicita la subvención.
Las ayudas previstas en esta convocatoria por la contratación de personas mayores de 30 años en situación de desempleo de larga duración están sujetas a la regla de «mínimis», establecida en el Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 (DOUE L352 de 24 de diciembre de 2013), relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de «mínimis». A consecuencia de esta calificación, el importe total de las ayudas de «mínimis» concedidas a una única empresa no excederá de 200.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.
Este límite se aplicará en consonancia con la definición de «única empresa» prevista en el artículo 2.2 del citado reglamento.
El solicitante de la ayuda deberá declarar sobre estas ayudas de minimis recibidas en el ejercicio fiscal correspondiente y durante los dos ejercicios fiscales anteriores, con objeto de probar que la nueva ayuda de minimis no supera el límite máximo establecido en el citado Reglamento.
Las solicitudes para esta ayuda serán analizadas por orden de presentación, y las subvenciones se concederán, en el mismo orden, a todas aquellas que cumplan los requisitos y condiciones previstos en esta convocatoria, hasta el agotamiento de los fondos destinados a su financiación.
Un primer pago del 50% de la subvención concedida, en el momento de la concesión de la subvención y un segundo pago, por el 50% restante o la cantidad que resulte de la justificación, tras la finalización del período subvencionado y una vez justificadas por la empresa o entidad beneficiaria las actuaciones objeto de subvención, con cargo al crédito de compromiso del ejercicio 2023.
A quién va dirigido
Empresas
Las empresas o entidades, independientemente de su forma jurídica, que celebren contratos de trabajo en los términos establecidos en la convocatoria, a excepción de las Administraciones Públicas, los Organismos Autónomos, los Entes Públicos de Derecho Privado y demás entidades que integran el sector público.
Requisitos
-
Domicilio social y fiscal en la CAPV o centro de trabajo radicado en la CAPV.
- Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
- Verificación automática por Lanbide. En caso de denegar el consentimiento para esta verificación automática, deberá presentar fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal de la empresa.
-
Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social
Verificación automática por Lanbide. En caso de denegar el consentimiento para esta verificación automática, las empresas presentarán certificados actualizados que acrediten esta condición.
-
Hallarse al corriente en el pago de obligaciones de reintegro en materia de subvenciones
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
-
No hallarse la empresa sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo, en virtud de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, o la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
-
Acreditar que la contratación subvencionable supone un incremento neto del número de personas empleadas en el o los centros de trabajo de la empresa de la CAPV, en comparación con la media de los 6 meses previos
Para verificar el cumplimiento de este requisito no se tendrán en consideración los contratos que se hayan extinguido por causas objetivas o despido que no hayan sido declarados como improcedentes, por jubilación, dimisión, muerte, incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, de las personas trabajadoras, así como aquéllos en los que se haya producido una reducción voluntaria, por parte de la persona trabajadora, del tiempo de trabajo inicialmente pactado.
-
Comunicar a la Representación Legal de los trabajadores (RLT) de la empresa la intención de contratar al amparo de esta convocatoria, indicando el tipo de contrato, periodo de contratación y puesto a ocupar
Declaración responsable de la persona representante legal.
-
No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la CAPV y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
-
No se halla incursa en ninguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del art.13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
-
Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado)
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
-
Comunicar si en los 3 últimos ejercicios fiscales se han obtenido ayudas sujetas al régimen de mínimis
En la solicitud se marcará la Declaración responsable que corresponda. En caso de haber recibido otras ayudas en régimen de mínimis, además, se deberá cumplimentar la información correspondiente en la solicitud.
Normativa
Organismos
Organismo que convoca
- Lanbide - Servicio Vasco de Empleo / Director/a General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Dirección de Activación Laboral
Organismo que resuelve
- Lanbide - Servicio Vasco de Empleo / Director/a General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Dirección de Activación Laboral
Organismo financiador/cofinanciador
- Fondo Social Europeo (FSE) - financiado 100%
Información de contacto
Servicio de Atención a Entidades y Empresas: 945 160 601 (Información general)
Código
1092804Solicitud y aportación de documentación
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
-
Ejemplo: para un contrato celebrado el 2 de febrero de 2022, el de los 6 meses iría del 2 de agosto de 2021 al 1 de febrero de 2022 y, el del día de la contratación, del 2 de febrero de 2022 al 2 de febrero de 2022
-
Esta documentación acreditativa será la “resolución sobre reconocimiento de baja”, emitida por la Tesorería General de la Seguridad Social, de aquellas personas trabajadoras que durante los 6 meses anteriores hayan causado baja por alguno de los supuestos referidos.
-
Domicilio social y fiscal en la CAPV o centro de trabajo radicado en la CAPV.
- Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
- Verificación automática por Lanbide. En caso de denegar el consentimiento para esta verificación automática, deberá presentar fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal de la empresa.
-
Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social
Verificación automática por Lanbide. En caso de denegar el consentimiento para esta verificación automática, las empresas presentarán certificados actualizados que acrediten esta condición.
-
Hallarse al corriente en el pago de obligaciones de reintegro en materia de subvenciones
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
-
No hallarse la empresa sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo, en virtud de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, o la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
-
Acreditar que la contratación subvencionable supone un incremento neto del número de personas empleadas en el o los centros de trabajo de la empresa de la CAPV, en comparación con la media de los 6 meses previos
Para verificar el cumplimiento de este requisito no se tendrán en consideración los contratos que se hayan extinguido por causas objetivas o despido que no hayan sido declarados como improcedentes, por jubilación, dimisión, muerte, incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, de las personas trabajadoras, así como aquéllos en los que se haya producido una reducción voluntaria, por parte de la persona trabajadora, del tiempo de trabajo inicialmente pactado.
-
Comunicar a la Representación Legal de los trabajadores (RLT) de la empresa la intención de contratar al amparo de esta convocatoria, indicando el tipo de contrato, periodo de contratación y puesto a ocupar
Declaración responsable de la persona representante legal.
-
No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la CAPV y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
-
No se halla incursa en ninguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del art.13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
-
Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado)
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
-
Comunicar si en los 3 últimos ejercicios fiscales se han obtenido ayudas sujetas al régimen de mínimis
En la solicitud se marcará la Declaración responsable que corresponda. En caso de haber recibido otras ayudas en régimen de mínimis, además, se deberá cumplimentar la información correspondiente en la solicitud.
Nota: Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).).
Para poder ejercer este derecho, en el apartado "Documentación aportada anteriormente" de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
Aviso: Los trámites posteriores a la solicitud, incluidas las notificaciones, se realizarán a través del apartado «Mi carpeta» de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi, a la que se accederá a través de la siguiente dirección: https://www.euskadi.eus/micarpeta.
Resolución y recursos
Plazo de resolución
6 meses
Tipo de concesión de la ayuda
No concursal
Efectos del silencio
Desestimatorios
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente.
¿Contra qué actos se interpone?
- Actos que no pongan fin a la vía administrativa.
- Actos de trámite que deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto o impiden la continuación del procedimiento.
¿Ante qué órgano se interpone?
- Ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido o su superior jerárquico.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes, si el acto recurrido es expreso.
- 3 meses, si el acto recurrido es presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
- 3 meses.
Si en ese plazo la Administración no le notifica la resolución:
- El recurso se entenderá estimado, si el acto recurrido es presunto.
- El recurso se entenderá desestimado, si el acto recurrido es expreso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
- Recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
- Recurso extraordinario de revisión, excepcionalmente.
Requisitos de las personas a contratar
-
Personas de edad igual o superior a 30 años residentes en la CAE
Validación Lanbide
-
Estar en desempleo de larga duración (constar como desempleada e inscrita como demandante de empleo en Lanbide - Servicio Vasco de Empleo en la fecha de inicio del contrato y haber mantenido dicha situación durante, al menos, 360 días en el período de los últimos 540 días previos a tal fecha)
- Si la empresa realiza la selección sin que medie solicitud de gestión de oferta de empleo a Lanbide, la persona, antes de su contratación habrá de solicitar a Lanbide un informe que acredite que se encuentra en situación de desempleo de larga duración y facilitar a la empresa contratante dicho informe para que lo presente junto a la solicitud de subvención y al resto de la documentación requerida.
- Cuando la selección de las personas contratadas se realice a través de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, dicho requisito se verificará automáticamente durante la gestión de la correspondiente oferta de empleo.
-
Disponer de un perfil profesional adecuado para el desempeño del puesto a contratar
- Validación Lanbide.
- En el supuesto de que tras la validación efectuada no conste que la persona contratada posee la titulación o estudios adecuados para el puesto de trabajo para el que se solicita la ayuda, que deben figurar expresamente en el contrato, se requerirá remisión de copia de la titulación o estudios realizados.
- En el caso de personas con titulación obtenida en el extranjero, dicha titulación debe tener reconocida su validez académica y/o laboral en España a la fecha de inicio de la relación laboral.
-
Pertenecer a alguno de los siguientes grupos, en función de la titulación o de los estudios realizados:
- Titulación Universitaria:
- Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o Máster-Plan Bolonia.
- Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o Grado Universitario-Plan Bolonia.
- Titulación No Universitaria:
- Ciclos Formativos de Grado Superior (FPII)
- Ciclos Formativos de Grado Medio (FPI) o Formación Profesional básica.
- Certificado de profesionalidad.
- Educación Secundaria Obligatoria.
- Sin Estudios.
- Titulación Universitaria:
-
No tener relación de parentesco, ser pareja de hecho o persona conviviente, ni con la persona empresaria ni con miembros de los órganos de administración, ni ostentar cargos de dirección o ser miembro de los órganos de administración de la empresa
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
-
No haber mantenido con la persona contratada una relación laboral previa de carácter indefinido.
Declaración responsable de la persona representante legal en la solicitud.
-
No haber mantenido con la persona contratada una relación laboral previa de duración determinada o temporal en los 3 meses anteriores a la contratación para la que se solicita la subvención
Validación Lanbide.
Requisitos de los contratos
- Los contratos subvencionables al amparo de esta convocatoria podrán formalizarse en base a cualquier modalidad contractual acorde a la legislación laboral, siempre que sean contratos temporales o indefinidos que tengan la duración mínima establecida en la convocatoria
- Quedan excluídos los contratos para la formación y el aprendizaje y de formación en alternancia, los fijo-discontinuos y los celebrados por empresas de trabajo temporal con personas trabajadoras para su cesión a una empresa usuaria
- La contratación deberá referirse a puestos de trabajo adecuados al nivel de estudios o de formación cursados por la persona contratada
- Los contratos deberán formalizarse por escrito, en modelo oficial, haciendo constar expresamente la formación y/o cualificación profesional de la persona trabajadora, la fecha de inicio y, en su caso, de fin de contrato, y la duración del mismo, la jornada laboral, así como el puesto de trabajo a desempeñar
- Los contratos deberán ser a jornada completa o jornada parcial; en este último caso, nunca inferior al 70% de la jornada laboral establecida
- En el contrato se hará constar la cuantía de retribución bruta anual cuantificada en euros en el caso de los indefinidos y de duración igual o superior a un año, o la retribución mensual en en el caso de contratos de duración de, al menos, 6 meses
- En el contrato se hara constar, en su caso, el numero identificativo de oferta de empleo que haya sido proporcionado por Lanbide
Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"
Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.
Para mas información, consulte:
La aplicación web para la gestión del Registro de Terceros, gestiona los pagos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos Autónomos.
Permite el acceso a dar de alta, modificar y consultar sus datos bancarios, siempre que la entidad financiera esté adherida al sistema.
El sistema de pagos únicamente permite una cuenta bancaria por cada persona física o jurídica.
Otros trámites
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Acceda a Mi carpeta.
Usted tiene derecho a desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.
Aunque desista, seguirá conservando los derechos que le amparan y podrá hacerlos valer en otro procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
¿Cuándo puedo renunciar a la continuación de un procedimiento?
En cualquier momento una vez que se haya dictado la resolución.
¿Qué sucede con mis derechos?
Si renuncia, pierde los derechos que le amparan en este procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, el órgano competente le requerirá que la subsane en el plazo de 10 días. De no hacerlo, la Administración supondrá que ha desistido de su solicitud.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de subsanación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
Más información: Artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Acceda a Mi carpeta y en el apartado Mi perfil podrá modificar sus datos de contacto.